Política

Sala IV: La posesión de armas no es un derecho de rango constitucional

Aprobado en segundo debate proyecto que reduce de tres a dos la cantidad máxima de armas por persona. Criterio de los magistrados afirma que el Estado puede limitar la libertad de las personas, con el fin de proteger a los terceros que pueden sufrir daños como consecuencia de la tenencia y portación de armas.

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Criterio de los magistrados constitucionales destaca que, en las sociedades con mayor presencia de armas de fuego, se cometen más delitos violentos contra la vida e integridad física de las personas. En la imagen, un acto de destrucción de armas de fuego que realizó la Fuerza Pública en la Asamblea Legislativa el 6 de marzo. Foto: Lilliam Arce. (Lilliam Arce)







Sofía Chinchilla Cerdas

Sofía Chinchilla Cerdas

Periodista en la sección de Política. Graduada de la carrera de Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Periodismo, en la Universidad de Costa Rica.

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