Política

Sala IV ordena a Hacienda pagar más de ¢56.000 millones adeudados a pensiones del IVM

Magistrados declaran inconstitucional omisión del gobierno de esos fondos en presupuesto estatal del 2018; pide a Gobierno y CCSS buscar mecanismos para asegurar la cancelación en un plazo de cinco años.

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Fachada del edificio del Ministerio de Hacienda en el centro de San José. Fotografía José Cordero (Jose Cordero)

Un fallo de la Sala IV ordena al Ministerio de Hacienda el pago de más de ¢56.000 millones al régimen de pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), que administra la Caja Costarricense de Seguro Social.

Así lo señala al declarar inconstitucional la omisión de esos recursos en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República del 2018.

Los magistrados ordenaron al Ministerio de Hacienda y a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) buscar la vía para que se retribuya ese dinero en un plazo de cinco años.

Elian Villegas, ministro de Hacienda, manifestó que ahora corresponderá un acercamiento con la Caja para determinar la programación de pagos.

“Si la Sala dice que hay que pagar, la única opción es pagar y buscaremos los recursos para ese pago, el cual es otro tema que debe sumarse a la deuda del Estado”, expresó.

No obstante, advirtió, hay una realidad que a veces supera, por mucho, lo que puede ser un mandato jurídico.

La sentencia N°2020-10608 fue emitida este miércoles y en ella de forma unánime, los magistradas argumentan que la decisión “resguarda el Estado Social de Derecho, el cual se funda en los principios de solidaridad social y de la dignidad humana”.

“En este caso concreto, la Sala Constitucional defendió esos principios para las personas trabajadoras a quienes les correspondería un monto de pensión que no llega al mínimo otorgado por la CCSS”, señala el fallo.

El IVM es el principal fondo de pensiones de Costa Rica, al cual cotizan 1,5 millones de trabajadores y más de 83.000 patronos. El sistema cuenta con más de 226.000 jubilados.

La partida que se excluyó del presupuesto corresponde al incremento de la contribución del Estado, aprobada por la Junta Directiva de la CCSS, en el artículo 9, de la Sesión N° 8856, del 28 de julio de 2016. El monto en ese entonces era de ¢56.000 millones.

El ajuste excluido consistía en un adicional de 0,66% en la cuota estatal. Antes de ese incremento porcentual, el Estado venía pagando 0,58% de aporte por cada trabajador. Con el aumento, la cuota quedó en 1,24%.

Dicho aumento debía hacerse efectivo a partir de setiembre del 2016 pero, desde entonces, Hacienda no giraba un solo colón aduciendo incapacidad financiera para asumir el pago.

Para los magistrados, los recursos destinados a la seguridad social tienen una importancia histórica ―comprobada actualmente en la atención de la crisis sanitaria― y protección especial, por tanto, se trata de recursos atados constitucionalmente.

Según señalan en el fallo, si bien no existe un porcentaje específico asignado a favor de la CCSS, el artículo 177 de la Carta Magna sí le exige al Estado garantizar las cuotas para la sostenibilidad del régimen fijadas por la propia Caja en ejercicio de su autonomía y sustentado por estudios actuariales.

El magistrado Paul Rueda Leal, en razones particulares, incluso previno al Poder Ejecutivo y al Legislativo de no volver a incurrir en la omisión que dio mérito para acoger esta acción.

La acción de inconstitucionalidad que originó el caso la presentó la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (Undeca) en octubre del 2017 contra el entonces presidente Luis Guillermo Solís y su ministro de Hacienda, Helio Fallas.

‘No solo es sumar’

“Nos toca acatar la sentencia, pero es importante que la Sala y distintos operadores jurídicos del país lleguen a entender que el ejercicio aritmético no puede ser solo de sumar. Hay otras operaciones aritméticas que se lleven a cabo cuando la realidad no permite sumar y a veces la resta es otra operación de interés nacional que debería considerarse”, declaró Elian Villegas.

El ministro advirtió que la precariedad actual de las finanzas públicas no soportan seguir sumando aportes para diversas partidas porque al final, dijo, el resultado de esa suma es difícil de alcanzar y “es entonces cuando la realidad económica aparece y nos hizo restar de un plumazo seis puntos porcentuales del Producto Interno Bruto”, acotó.

Ante esas circunstancias, agregó, debería revisarse si es posible mantener estos temas de orden jurídico o si requieren ajustes pese a que, reiteró, que dará un acatamiento al fallo.

Esta sentencia se da en momentos en que la CCSS le reclama al gobierno una deuda de 1,9 billones por cuotas obrero patronales, situación que llevó a constituir una mesa de diálogo para buscar mecanismos de pago.

Al momento del conflicto que dio origen a la gestión ante la Sala, el Estado costarricense acumulaba una deuda por cuotas obrero-patronales con la CCSS de más de ¢709.000 millones.

“Con la interposición de este recurso, Undeca espera que se tutele el derecho fundamental a la pensión y se le ordene al Poder Ejecutivo, en primer lugar, cancelar la deuda e incluir en el presupuesto 2018 la partida correspondiente a la totalidad de las cuotas que como Estado y patrono debe pagar al Seguro Social”, manifestó el sindicato en el boletín de prensa el 25 de octubre del 2017.

Tres días antes, el entonces ministro de Hacienda, Helio Fallas, adujo que incluir el incremento de esa partida en el plan de gastos del 2018 “redundaría en un aumento en el endeudamiento del Estado”.

“Para el Ministerio de Hacienda esta decisión, aunada a otras partidas aprobadas por la Asamblea Legislativa desde hace algunos años, redundarán en un aumento significativo de la deuda del gobierno que al cierre del 2017 rondaría el 50% del PIB (producto interno bruto)”, agregó entonces Fallas.

El entonces ministro aseguró en aquel momento que desde el 29 de agosto del 2017, Hacienda le informó a la CCSS sobre la imposibilidad de cumplir con esa obligación y que se sugirió crear una comisión entre ambas instituciones con el objetivo de “definir la viabilidad técnica, financiera y/o fiscal, social y jurídica de dicha reforma”.

“El Ministerio de Hacienda, a pesar del gran esfuerzo que representa el financiamiento a la CCSS y de otros programas sociales, se ha visto en la necesidad de declararse en “estado de necesidad” o “imposibilidad material” para financiar con deuda la totalidad de las obligaciones constitucionales y legales”, adujó también el vicepresidente.

Juan Fernando Lara Salas

Juan Fernando Lara Salas

Periodista graduado en la Universidad de Costa Rica, donde cursó Maestría Académica en Ciencias Políticas. Premio al Redactor del año de La Nación en los años 2012 y 2024. Escribe sobre cambio climático, ambiente, energía, servicios públicos y derechos humanos.

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