Política

Sala IV pide a Natalia Díaz explicar tardanza en firma de ley

Magistrados acogieron para estudio recurso de amparo presentado por Luz Mary Alpízar, del PPSD, por ley que lleva siete meses en espera

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26/02/2024, San Jose, Asamblea Legislativa, comparecencia de Natalia Díaz en la comisión que investiga los contratos del SINART.
Natalia Díaz, ministra de la Presidencia, deberá contestar la audiencia concedida por la Sala IV. Foto: (Jose Cordero)

La Sala Constitucional otorgó un plazo de tres días a la ministra de la Presidencia, Natalia Díaz, para explicar por qué el presidente de la República, Rodrigo Chaves, lleva siete meses sin firmar una ley que impulsó la diputada Luz Mary Alpízar, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD).

Se trata del expediente 23.305, denominado Ley Hijos e Hijas de la Patria, cuyo objetivo es garantizar que el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) subsidie a los jóvenes que, al salir de un albergue del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) por cumplir la mayoría de edad, carecen de recursos para subsistir.

El expediente lo aprobaron 45 diputados en segundo debate el 12 de octubre del 2023; pasó a la Presidencia de la República bajo el número de decreto legislativo 10.403. Sin embargo, siete meses después, aún no ha recibido la debida sanción presidencial.

Precisamente por eso, Alpízar presentó el miércoles pasado un recurso de amparo contra Rodrigo Chaves. La recurrente resaltó que el mandatario ha sancionado más de 55 leyes aprobadas con posterioridad a la suya.

La Sala Constitucional acogió, el jueves, el amparo presentado por la congresista.

La diputada de Progreso Social Democrático se manifestó complacida por la decisión de la Sala Constitucional. Adujo que la firma de la ley podría significar un amplio beneficio para menores de edad cuyos padre y madre han sido, por años, el Estado.

Si bien la Constitución Política no establece un plazo para que el Poder Ejecutivo sancione y publique una ley, sí define que, si en un plazo de diez días hábiles el mandatario no veta un proyecto aprobado por el Congreso, no podrá dejar de sancionarlo y publicarlo.

La iniciativa impulsada por Alpízar reforma el inciso k del artículo 3 de la ley 5662, para fijar responsabilidades en el IMAS en torno a la ejecución de los subsidios, además de que obliga al PANI a enviar la lista de jóvenes beneficiarios al Instituto.

La jurisprudencia constitucional presenta dos antecedentes de este tipo de hechos. El más reciente es de febrero del 2024. La diputada Andrea Álvarez Marín, del Partido Liberación Nacional (PLN), presentó un recurso de amparo porque el Poder Ejecutivo no sancionaba ni publicaba la Ley Nacional de Salud Mental.

En este caso, se declaró sin lugar el recurso porque, durante el periodo en que se estudiaba el recurso, finalmente el gobierno envió la ley a publicación.

El otro antecedente es del 2013. El entonces ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides, argumentó que la recolección de la firma de un ministro había atrasado la publicación de la ley 9115, Modificación a la Ley de la Asociación Nacional de Educadores. En ese caso, también se rechazó el amparo porque, finalmente, se publicó la norma.

Aarón Sequeira

Aarón Sequeira

Periodista encargado de la cobertura legislativa en la sección de Política. Bachiller en Filología Clásica de la Universidad de Costa Rica.

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