La Sala Constitucional rechazó de plano un recurso de amparo presentado en contra del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), por haber realizado un estudio que reviviría la pesca con redes de arrastre en el fondo marino en el Pacífico del país.
Mediante la resolución N° 19-012136-0007-CO, del 27 de agosto anterior, los magistrados desestimaron el reclamo presentado, mes y medio antes, por el director de la fundación ambientalista Marviva, Jorge Arturo Jiménez, quien alega que la investigación realizada por Incopesca carece de rigor científico.
Además, alegó que se debió analizar niveles de existencia de camarón, especies afectadas, interacciones ecosistémicas, contaminación, capacidad regenerativa, y otras variables ambientales y sociales.
Ese estudio, desarrollado en la boca del Golfo de Nicoya a finales del 2018, sobre las especies de camarón Pinky y Fidel, asegura que mediante el uso de una nueva red diseñada en el país se logra que, por cada tonelada de pesca, se capture el 75% de camarón y el 25% de pesca incidental o fauna de acompañamiento (FACA).
Con el método tradicional, hasta el 95% de cada tonelada extraída del fondo es FACA y solo el 5% es camarón, de acuerdo con estudios hechos en el país el 2008 y el 2017 por el Incopesca y Fondo de las Naciones Unidas para la Alimentación (FAO).
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Al rechazar de plano la queja de Jiménez, la Sala ni siquiera entró a conocer el fondo del reclamo. Los magistrados argumentan que no le corresponde evaluar por el fondo la investigación.
"Pues ello implica analizar criterios técnicos, incompatibles con la finalidad y el carácter sumario del amparo, los cuales corresponde ser discutidos en la sede común.
“De otra parte, actualmente no existe una ley o acto que permita analizar la evaluación alegada. En consecuencia, la parte accionante cuenta con la posibilidad de plantear sus disconformidades o reclamos ante la propia autoridad recurrida, o bien, en la vía jurisdiccional competente, sedes en las cuales podrá, en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones”, sustentó la Sala.
El máximo tribunal constitucional también le recordó al recurrente que la finalidad del recurso de amparo es “brindar tutela oportuna contra infracciones o amenazas a los derechos y libertades fundamentales, no servir como instrumento de control de la legalidad de los actos” de la administración pública.
Además, detalló que el amparo es un recurso sumario, es decir, de elaboración breve y sencilla, por lo que su trámite “no es compatible con la práctica de diligencias probatorias lentas y complejas”. El documento presentado por Jiménez contiene 56 páginas.
Reacciones
Jiménez explicó que le causó sorpresa la decisión de la Sala. Añadió que, el pasado cuatro de setiembre planteó una solicitud de aclaración y adición de lo resuelto.
“Es un cambio de 180 grados en relación con lo que viene realizando la Sala desde el 2013 cuando la Sala misma había pedido los estudios técnicos y había determinado sus contenidos. Inclusive, en otras sentencias posteriores también había entrado a detallar el tipo de análisis que tenía que hacerse en los estudios”, reaccionó Jiménez.
El director de Marviva adelantó que esta semana la fundación iniciará una campaña, principalmente en redes sociales, para explicar los efectos en el ambiente marino la práctica de esa técnica de pesca.
Por su parte, Berny Marín, jefe del departamento de Investigación y Desarrollo del Incopesca, quien fue el coordinador de la investigación, aseguró que con el rechazo de plano del recurso planteado por Marviva se termina con el debate científico abierto alrededor del informe.
Antecedentes
El 13 de agosto del 2013, en la sentencia N° 2013-10540, Sala IV prohibió renovar y emitir nuevas licencias por considerar que la técnica tradicional de arrastre provoca severos daños ambientales, a causa de la gran cantidad de especies que captura aparte del camarón.
Los magistrados determinaron en ese voto que para revivir el otorgamiento de permisos a barcos semiindustriales para pescar camarón con fines comerciales, debe ser mediante una reforma de ley sustentada con estudios científicos y tecnológicos que demuestra una reducción significativa de FACA.
En agosto del 2018, la misma Sala dio un plazo de seis meses para que el Incopesca realizara los estudios científicos y técnicos sobre la pesca de arrastre.
Entre octubre y diciembre del año pasado biólogos del Incopesca, a bordo de dos barcos semiindustriales tipo Florida, lanzaron varios tipos de redes al mismo tiempo que una red tradicional y concluyó que con una de ellas, la denominada AA Costa Rica, la cantidad de pesca incidental fue un 65% menor que con el método prohibido por los magistrados.
La nueva red debió ser modificada en su tamaño y contiene nuevos dispositivos excluidores de peces, según el biólogo del Incopesca, para lograr por porcentajes mencionados.
Según Marín, con la red AA Costa Rica, un barco camaronero dejaría de capturar 6.855 toneladas métricas de pesca incidental al año cuando pesca camarón Pinky y 14.881 toneladas en las faenas por camarón Fidel.
Ese informe sustenta el proyecto de Ley para el aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica que contempla revivir el otorgamiento de permisos a barcos semiindustriales para capturar camarón con fines comerciales. El texto se tramita mediante un procedimiento abreviado en el Congreso.
A continuación, del detalle del experimento realizado por el Incopesca:
Pesca de arrastre con barco tipo Florida
FUENTE: ESTUDIO DE INCOPESCA || C.F. / LA NACIÓN.