Los magistrados de la Sala IV ordenaron la reinstalación de un cuarto miembro de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Se trata de Carlos Jesús Salazar Vargas, último de los directivos suspendidos por el Consejo de Gobierno, en diciembre pasado, que buscaba ser reinstalado mediante un recurso de amparo.
Por voto de mayoría, la sentencia 2023-18892 declaró inconstitucional la suspensión cautelar dispuesta por el Consejo de Gobierno en contra de este representante del Estado ante la Junta Directiva de la CCSS.
La resolución también anula el nombramiento de Marco Tulio Escobedo Aguilar, a quien el Consejo de Gobierno designó para sustituir a Salazar Vargas.
La Sala ordenó a la ministra de la presidencia, Natalia Díaz, realizar la reintegración inmediata del amparado.
De los cinco representantes suspendidos por el Gobierno uno renunció: Jorge Arturo Hernández Castañeda, del sector patronal.
Posteriormente, la Sala IV reinstaló a los representantes del cooperativismo y el sindicalismo en una primera sentencia emitida el 27 de junio. Se trata José Luis Loría y Martha Rodríguez.
El 28 de julio, casi un mes después, el alto tribunal ordenó el regreso de Maritza Jiménez Aguilar, directiva representante de los solidaristas, y ahora la de Salazar Vargas, delegado del Estado.
En todos los casos, el argumento fue el mismo: se vulneró el principio de autonomía constitucional de la CCSS y los derechos de la parte amparada.
El 21 de diciembre de 2022, el Consejo de Gobierno destituyó a cinco directivos de la Caja, mientras se les investigaba por un presunto conflicto de interés porque aprobaron un aumento salarial retroactivo para los empleados de la entidad, a principios del gobierno de Rodrigo Chaves.
El Poder Ejecutivo les achacó haber aprobado el ajuste salarial al tiempo que tenían familiares en la institución. El incremento contó con el visto bueno del entonces presidente ejecutivo de la CCSS, Álvaro Ramos, quien luego salió del gobierno por petición del mandatario.
En mayo pasado, la Procuraduría General de la República (PGR) emitió un pronunciamiento en el que descarta que los directivos incurrieran en un conflicto de interés por aprobar el incremento salarial, que congelado desde el inicio de la pandemia, aunque tenían familiares en la entidad.
El criterio expone que no se incurre en conflicto de interés cuando se emiten decisiones de alcance general que afectan, objetivamente, a todos aquellos que se encuentren en una condición determinada.
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