El salario global para los futuros funcionarios del Estado se calcularía con base en la evaluación de 11 factores para cada puesto de trabajo, según el proyecto de reforma al empleo público.
Para ello, se utilizaría un esquema en el que se le otorga una puntuación a cada factor.
Los 11 factores son los siguientes:
- Niveles de conocimiento y experiencia
- Peso del trabajo en la consecución de metas institucionales
- Discrecionalidad para tomar decisiones
- Planificación y organización del trabajo
-Complejidad del trabajo
- Disponibilidad
- Peligrosidad que conlleva la labor
- Responsabilidad en el manejo de recursos públicos
- Libertad para planificar y cumplir con el cargo
- Restricción al ejercicio liberal de la profesión
- Desarraigo del lugar de residencia, para los trabajos fuera de la GAM
Así lo indica actualmente el artículo 31 del plan que está en discusión en la Asamblea Legislativa.
Ese artículo le ordenaría a la Dirección General del Servicio Civil (DGSC) definir una metodología de cálculo de remuneraciones.
Al final, los factores serán expresados en puntos y los puntos tendrán un valor económico que, sumados en total, definirán el monto del salario global para determinado puesto, independientemente de la institución en el que este se encuentre.
Para la ministra de Planificación, Pilar Garrido, ese cambio establecería un nuevo paradigma donde al empleado público se le valorará en función del trabajo que desempeña y no por la institución donde está contratado.
“Eso significa que todas las personas administrativas que hacen el mismo trabajo, que brindan servicios de apoyo, estarán dentro de la familia general de puestos”, expuso Garrido, a manera de ejemplo.
Lo anterior significaría que, en un puesto con idénticas condiciones de eficiencia y jornada, indistintamente de la institución donde se encuentre, los funcionarios recibirían igual salario.
Así, una secretaria del Poder Ejecutivo ganaría igual que una de las entidades autónomas cubiertas por la iniciativa, una vez que se establezca la metodología, se desarrolle una escala salarial y se definan los tipos de puestos que integrarán cada una de las ocho familias que contiene la iniciativa.
La situación evitaría situaciones como esta que ocurre hoy: una secretaría en la Municipalidad de Talamanca gana ¢2,6 millones mensuales, mientras que una en cualquier otro ayuntamiento puede devengar ¢500.000.
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El artículo 31 del plan de empleo público dice: “A cada uno de los factores se les asignará un peso relativo según su contribución al desempeño de los puestos. A su vez, los factores tendrán diferentes niveles que reflejarán la intensidad, frecuencia, duración o dimensión en la que el factor debe ser aplicado para el desempeño del cargo”.
En el caso del personal docente del título II del Estatuto de Servicio Civil, agrega, también se tomarán en cuenta los lineamientos y políticas para la evaluación del desempeño dispuesto por Consejo Superior de Educación.
Los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración, donde se revisa el proyecto, aprobaron la semana pasada una moción para incluir la dedicación exclusiva y el zonaje, dentro de los factores.
La redacción propuesta por Mideplán contenía solo nueve factores y los diputados elevaron la cifra a 11.
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De acuerdo con Garrido, lo factores relevantes que establecería el proyecto deberán ser ponderados y, luego, se convierten en una cantidad determinada de puntos.
La DGSC, el Ministerio de Planificación (Mideplán) y la Autoridad Presupuestaria (AP) del Ministerio de Hacienda fijarían un salario mínimo para iniciar la escala salarial única en el Estado y se le asigna un valor en colones a cada punto para que, al sumarlos todos, dan el monto del salario global.
En una moción que también fue aprobada la semana pasada, los diputados acordaron que participarán en la definición de la escala salarial los poderes Judicial y Legislativo, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), las universidades estatales, las municipalidades y el resto de instituciones autónomas con base a la metodología que establecerá el Servicio Civil.
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No obstante, las universidades públicas quedaron exentas de las regulaciones del proyecto de ley, pues los legisladores les permitieron regirse por sus propios estatutos y normas complementarias, según su “autogobierno”.
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¿Cómo se da la conversión?
Garrido explicó de la siguiente forma: “A cada factor se le da una ponderación. Esta ponderación se traduce en un puntaje. Por ejemplo, si son 1.000 puntos y al factor 1 se le da un 20% de ponderación, equivaldría a 200 puntos. La cantidad de puntos se divide entre la cantidad de niveles.
“Si son 8 niveles, entonces son 25 puntos por cada nivel. Cada nivel se asocia a la intensidad o esfuerzo que debe aplicar el factor para desempeñar el cargo. Un nivel 1 sería un mínimo esfuerzo y en este caso 8 sería el máximo. Lo del salario mínimo es la base que se inicia con cero puntos, de ahí se va sumando la cantidad de puntos dependiendo el puesto”.
Por ejemplo, el factor sobre niveles de conocimiento y experiencia tiene 8 grados y cada uno de ellos equivale a 25 puntos. Sin embargo, se otorga un cero cuando la naturaleza del puesto de trabajo no requiere conocimiento, experiencia o habilidades manuales para desempeñarlo.
El grado 1 es cuando se requiere de niveles básicos de conocimiento, experiencia y habilidades.
El grado 8, el máximo, se alcanza cuando el desempeño del puesto de trabajo requiere de alta dificultad técnica, elevada especialización, constante actualización de conocimiento y elevado esfuerzo intelectual.
Una secretaria de nuevo ingreso, por ejemplo, alcanzaría un nivel 1 en ese factor. Una enfermera 3 y un oficial de la Fuerza Pública, 2.
En el factor de peligrosidad tiene 5 niveles. Igualmente, se otorga cero cuando en el desempeño del puesto el funcionario no tiene riesgo alguno. 5 es el máximo nivel de riesgo.
La misma secretaria estaría en el nivel 0, pues, su trabajo no contiene riesgo físico alguno. La enfermera 3 y el policía 5.
En el caso del policía, que sería un Agente I FP de la Fuerza Pública de nuevo ingreso, tendría una calificación de peligrosidad máxima. Su trabajo conlleva altos riesgos que incluyen lesiones que lo pueden dejar inválido o provocarle la muerte.
El artículo 32 de la reforma agrega que la progresión de los puntos de remuneración dentro de los grados, deberá considerar las directrices anuales emitidas por el ente rector de la materia y siempre estará supeditada a una evaluación satisfactoria del desempeño profesional.
Finalmente, los puntos se convertirán a colones. Si se toma el mismo ejemplo del Agente I FP de la Fuerza Pública, este podría alcanzar 278 puntos que luego se traducirán en colones.
Al final, el salario global será de un monto único que solo tendrá un incremento anual por el costo de vida, siempre que la economía nacional no se encuentre en un contexto de crisis como el de ahora.
El artículo 34 del proyecto dice que los puntos de remuneración asignados se determinarán conforme a la valoración de los factores del trabajo, la necesidad profesional de cada familia laboral y empleos de referencia.
De este modo se cumpliría con los postulados de la ley y el principio constitucional de que haya igual salario por igual trabajo en todas las familias de empleo, explicó por su parte Garrido.
El salario global aplicaría para todos los puestos en el Estado, salvo en las empresas públicas en competencia, el Cuerpo de Bomberos y las universidades públicas que hoy estarían fuera de esa reforma, por decisión de los diputados.
Escala salarial
La escala salarial global tendría una remuneración mínima que sería la de un misceláneo y una máxima que ostentaría el presidente de la República, expuso Garrido.
De acuerdo con los parámetros establecidos por la reforma fiscal, el salario del futuro presidente tendrá un tope de ¢6,6 millones mensuales y un misceláneo un mínimo de ¢278.000 al mes.
“Al presidente le van a aplicar la metodología de valoración del trabajo en términos de factores y grados”, expuso la jerarca.
De hecho, se le aplicaría el salario global a los jerarcas de las instituciones cubiertas por la reforma.
Con ese esquema el país se podría ahorrar hasta el equivalente a 1,1% del producto interno bruto (PIB) por año, en cuatro décadas.
Garrido indicó que hoy en el sector público hay alrededor de 4.500 clases salariales.
Agregó que, la idea de homologar remuneraciones es acercarse a los niveles de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), donde tienen en promedio 450 clases salariales.
“Hay que homologar la clases salariales comunes para que, efectivamente se pague igual salario por igual trabajo y esté en una familia general. Los cuerpos de policías desempeñan un mismo trabajo y responsabilidad. Tendrán un mismo esquema de remuneración pero con diferencias de prelación entre las familias.
“Los salarios más altos los tendrían policías especializados y científicos como los del OIJ, mientras que los policías municipales ganarán menos. De intermedio estarán los salarios de la Fuerza Pública. Dentro de estas familias habrán máximos y mínimos en función de los grados”, arguyó.
Política nacional de remuneración
Sobre la política de remuneración, el artículo 36 del proyecto dice que el Servicio Civil, Mideplán y el Ministerio de Hacienda elaborarán en conjunto una declaración anual de política de remuneración que deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno.
Esta deberá tomar en cuenta el estado y la sostenibilidad de las finanzas públicas, la competitividad de las remuneraciones en el Estado con relación a las privadas, considerando factores como la tasa de empleo, la seguridad del empleo y observaciones de la sociedad civil.
“La política de remuneración propondrá el salario mínimo de inicio de la columna salarial única y el valor financiero que se asignará a cada punto de la columna del salario global.
“Durante el primer año en que opere la columna salarial, se asignará a cada punto de remuneración un valor financiero inicial. En los años siguientes, los valores financieros solo variarán en un porcentaje determinado, de manera que se guarde coherencia en toda la columna salarial”, reza el numeral 36.