Si su jubilación está prevista para algún momento entre este año y el 18 de febrero del 2030, usted tendrá las siguientes opciones para recibir la pensión del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP), según una reforma aprobada ya en primer debate en la Asamblea Legislativa:
-Si usted ya está pensionado o se jubila a más tardar el 31 de diciembre del 2020, tendrá estas dos posibilidades:
1. Dividir el 100% del monto que le corresponde en 30 mensualidades y recibirlas a lo largo de dos años y seis meses. Al cumplirse ese plazo, se agotará el fondo de la pensión.
2. Optar por una combinación entre pagos mensuales pequeños y cuatro depósitos más grandes cada nueve meses, durante 29 meses.
Esta alternativa funcionaría así:
La persona solicita formalmente el retiro anticipado de su fondo y espera 60 días. Al pasar los dos meses, recibe un primer pago equivalente al 25% del total que le corresponde.
A partir de entonces, recibe una pensión mensual fija y, al cumplirse nueve meses, recibe otro depósito que equivale al 25% del saldo disponible hasta ese momento en su cuenta individual.
Luego de recibir ese monto, transcurren otros nueve meses en los que el beneficiario recibe su pensión mensual con normalidad y, al final del periodo, recibe nuevamente un 25% del saldo registrado en su cuenta.
En ese momento, empieza a correr un último plazo de nueve meses con goce de la pensión fija. Al finalizar ese tiempo, a la persona se le entrega el saldo que le queda y finaliza su disfrute del ROP.
Los cuatro ciclos suman, en total, dos años y cinco meses.
-Si usted se jubila entre el 1.° de enero del 2021 y el 18 de febrero del 2030, tendrá esta posibilidad:
-Recibir el monto al que tiene derecho en una cantidad de meses equivalente a la cantidad de cuotas aportadas a este régimen.
El ROP se creó en el año 2000 y sus cuotas se empezaron a cobrar a inicios del 2001. Entonces, por ejemplo, una persona que se pensione en junio del 2022 habrá cotizado para el ROP, aproximadamente, durante 20 años y 6 meses. Es decir, que habrá aportado 246 cuotas.
Entonces, este pensionado podría retirar su ahorro en esa misma cantidad de tractos.
No obstante, muchas personas tuvieron relaciones laborales inconstantes. Así, por ejemplo, puede darse el caso de alguien que cotizó un total de diez años en diversos momentos. A la hora de pensionarse, entonces, podrá retirar el dinero del ROP en un plazo de diez años.
Pensión del ROP mínima
En tanto, en ningún caso la pensión mensual del ROP podrá ser inferior a un 20% del monto mínimo que paga el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La pensión mínima de la CCSS es de, aproximadamente, ¢136.000; entonces, una jubilación mensual del ROP no podrá ser inferior a ¢27.200.
En esos casos de pocas cotizaciones, la pensión del ROP se pagará en tractos de ¢27.200 y se extinguirá cuando se acabe el ahorro, independientemente del plazo.
4 alternativas de retiro
El proyecto también establece cuatro alternativas de retiro del ROP para quienes se pensionen después del 2030, e incluso para los que lo pagan antes. Es decir, estas opciones no están impedidas a ningún pensionado:
1. Retiro programado: esta es la modalidad más tradicional de pensión. Consiste en dividir el fondo disponible de cada trabajador en pagos mensuales desde la fecha de retiro hasta la máxima expectativa de vida, que hoy es de 115 años. Tiene la ventaja de que la persona se asegura un ingreso durante toda la vejez. Si la persona fallece antes de la máxima expectativa de vida, el dinero restante le queda a los beneficiarios establecidos en el IVM.
2. Renta temporal calculada hasta la expectativa de vida condicionada: En este caso, el aporte mensual de la pensión surge de dividir el fondo de pensión de la persona entre su fecha de jubilación y la fecha en que cumpliría su expectativa de vida condicionada, según la tabla de mortalidad vigente al momento de pensionarse.
La expectativa de vida condicionada es más corta que la máxima expectativa de vida. Se trata del promedio de años que una persona podría vivir de acuerdo con el año en que nació. Por ejemplo, para un hombre que este año cumple 65 años, la expectativa promedio es de unos 20 años. En el caso de la mujer, la cifra es de 23 años. Conforme pasan los años, esas cifras cambian.
Esta modalidad tiene la ventaja de que permite aumentar el monto mensual de la pensión, en comparación con la primera opción.
No obstante, este sistema tiene la desventaja de que, si el beneficiario vive más años después de cumplir la expectativa de vida condicionada, pasará los últimos años de su vida sin pensión del ROP. En el caso de las mujeres, el 55% de ellas supera ese umbral en Costa Rica, y en los hombres lo hace el 53%.
3. Renta permanente: se entrega al pensionado el producto de los rendimientos de la inversión del monto acumulado en su cuenta individual y, al morir, el fondo y el saldo de los rendimientos se entregarán a los beneficiarios.
4. Renta vitalicia: en este caso, la persona lo que hace es tomar el dinero para pagar un contrato con una compañía de seguros, la cual le hace un cálculo de su expectativa de vida y asume el riesgo. La aseguradora se puede comprometer, por ejemplo, a dar ¢100.000 mensuales hasta la muerte de la persona y, si esta ocurre, después de la fecha que calculó, debe correr con el gasto extra. Si muere antes, se deja la diferencia.
Los afiliados podrán cambiar de modalidad si lo desean, excepto los que opten por la renta vitalicia. En este último caso, la decisión es irrevocable.