La Asociación Costarricense de la Judicatura (Acojud) pidió a la Sala Constitucional anular la votación de la Comisión legislativa de Nombramientos que definió la terna de candidatos a una magistratura de la Sala Primera, por haberse realizado de forma secreta.
El gremio de jueces hizo la solicitud en un recurso de amparo que presentó este lunes su presidenta, Adriana Orocú, según consta en los registros del Poder Judicial.
El acto impugnado se efectuó el 23 de octubre. Ese día, los integrantes del foro de Nombramientos seleccionaron, en tres rondas de votación, la terna que se recomendó al plenario. Resultaron electos Damaris Vargas Vásquez, José Rafael Fernández Quesada y Alexandra Alvarado Paniagua.
Pese a que las etapas previas del concurso fueron públicas, la selección se realizó por medio de boletas, sin que se conociera cómo votó cada diputado. La Asociación afirma que dicho mecanismo violentó el principio de publicidad.
“Una candidata obtuvo 5 votos, un candidato 4 votos, y otra candidata 6 votos. Ello sin justificarse las razones por las cuales se escogieron”, señaló Acojud.
La Asociación solicitó a la Sala IV que anule la votación y ordene que la terna se dictamine de nuevo, en una elección pública. También pidió que se detenga el concurso, mientras se resuelve el recurso.
“El proceso de votación para elegir a los magistrados y magistradas, como el de destitución, debe hacerse de manera pública, tanto en comisión, como en plenario”, dice la Asociación en el recurso.
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El sindicato alega que los diputados deben proteger tanto el derecho de los ciudadanos a acceder a la información, como la independencia judicial.
“Los nombramientos de magistrados y magistradas, en todo el proceso, deben estar cubiertos por la garantía de la independencia en la elección, con el objetivo de evitar o minimizar la injerencia política en la designación, lo cual implica necesariamente que se evidencien los parámetros objetivos de calificación y designación de las personas concursantes”, indica el recurso.
Acojud se basó en la resolución que emitió la Sala Constitucional el 2 de octubre, que declaró inconstitucionales los artículos del reglamento legislativo que declaraban la privacidad de las votaciones de censura, la compatibilidad del cargo de diputado con otras funciones y la concesión de honores.
“No puede haber una norma reglamentaria que establezca el secreto del procedimiento parlamentario como regla general –incluso si se trata solamente de un tipo especial de trámite– toda vez que ello se opondría a los preceptos constitucionales, en concreto, el artículo 117 y los principios de transparencia y publicidad”, determinó la Sala en ese caso.
‘No hay ningún secretismo’
Luis Fernando Chacón, diputado del Partido Liberación Nacional (PLN) y presidente de la Comisión de Nombramientos, afirmó que toma el recurso interpuesto por Acojud con tranquilidad, pues considera que el foro ha actuado con transparencia.
Según el diputado, el reglamento legislativo obliga a que la elección de ternas se haga a través de boletas, por lo que considera que la comisión no pudo haber procedido de otra forma.
“Todos los concursos y todos los expedientes que tramitamos en la comisión de Nombramientos llevan todos los procedimientos de publicidad (...) No hay ningún secretismo, lo que hacemos es aplicar el mecanismo de elección, que es por medio de boletas”, dijo Chacón.
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El legislador verdiblanco afirmó que luego de que él remitiera una consulta, el departamento legislativo de Servicios Técnicos le indicó que la sentencia del 2 de octubre de la Sala aplica solo a votaciones de honores, no a los trámites de elección de magistrados.
La Sala IV tiene en estudio otra acción de inconstitucionalidad en la que precisamente se impugna el método de votación secreta para la reelección de magistrados.
El plenario legislativo se basará en la terna que remitió la comisión de Nombramientos para elegir al sucesor de la exmagistrada Carmenmaría Escoto, quien se jubiló en diciembre del 2018. No obstante, el criterio no es vinculante, por lo que el Congreso podría elegir a una persona que no haya entrado en la nómina final.