El Poder Ejecutivo desistió de aumentar el impuesto sobre los excedentes que pagan las asociaciones solidaristas y las cooperativas.
Así lo estableció en la versión más reciente del proyecto de ley para reducir beneficios fiscales.
En el texto sustitutivo del expediente 22.369 que entregó el Gobierno a las fracciones legislativas este jueves, como parte de la agenda pactada con el Fondo Monetario Internacional (FMI), modificó la propuesta que habría elevado la tarifa de ese tributo.
Originalmente, la iniciativa pretendía fijar una tarifa única del 15% sobre los excedentes que las asociaciones y las cooperativas reparten entre sus afiliados.
Así lo decía la redacción del proyecto que se presentó a inicios de enero, y que habría eliminado el beneficio a solidaristas y cooperativistas, que hoy pagan una tarifa reducida.
Sin embargo, Zapote optó por mantener las escalas vigentes sobre los excedentes de asociaciones solidaristas, cooperativas y los ahorros de las personas asociadas a cooperativas de ahorro y crédito, así como los rendimientos generados por títulos valores en moneda nacional del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
Las asociaciones solidaristas tienen la siguiente escala de tarifas para su repartición de excedentes:
-Hasta los ¢462.000 (un salario base), se cobra un 5% del impuesto.
-De ¢462.001 a ¢924.000 (dos salarios base), la tarifa es del 7%.
-A a partir de los ¢924.001 (el exceso de dos salarios base), se cobra una tarifa del 10%.
En el caso de los excedentes o utilidades que pagan las cooperativas a sus asociados, la tarifa del impuesto seguirá siendo de un 10%.
No obstante, esa tarifa se consolidará el próximo año, pues la reforma fiscal del 2018 estableció un transitorio que aumentaba la tarifa del 7% a un 10% a un ritmo de un punto porcentual por año.
Para este 2021, esa tarifa está en un 9%.
En cuanto a los rendimientos de los ahorros de los asociados a cooperativas de ahorro y crédito, se mantiene la exención total anual de ¢231.000 (medio salario base) y, sobre el exceso por encima de los ¢231.000, se mantendrá la tarifa de un 8%.
Tampoco tocará ese proyecto, en su nueva versión, el impuesto sobre los reaseguros, reafianzamientos y primas de seguros de cualquier clase, que en enero se propuso aumentar a 10,5%, pero finalmente se mantiene en un 5,5%.
Tampoco se incrementará del 20% al 25% la tarifa a las remesas por la utilización de películas cinematográficas, películas para televisión, grabaciones, discos fonográficos, historietas y, en general, cualquier medio de difusión similar de imágenes o sonidos, así como por la utilización de noticias internacionales.
Las remesas son pagos por servicios contratos en el exterior.
Finalmente, la nueva versión del 22.369 elimina el beneficio para los rendimientos de los títulos valores emitidos por el Banco Popular, que en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas tienen una tarifa inicial del 7% inicial que aumentaría un punto por año hasta llegar al 15%.
El plan eliminaría el segundo párrafo del transitorio XXII de la Ley 9635, con lo que la tarifa pasaría directamente a ser del 15%.
El proyecto para reducir beneficios fiscales y ajustar tarifas en rentas de capital tenía la intención original de recaudar ¢210.000 millones anuales, o sea, un 0,58% del producto interno bruto (PIB).
El Gobierno está por verificar cuál sería el verdadero rendimiento de esta y las demás iniciativas pactadas con el FMI, cuyas versiones más recientes llegaron al Congreso este jueves.
Así lo explicó el ministro de Hacienda, Elian Villegas, quien dijo este viernes que están ajustando el rendimiento que se lograría con los cambios, en labor técnica de determinación junto con el FMI.
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