La Superintendencia de Pensiones (Supén) avaló el proyecto de ley del Gobierno que reduciría y equiparía los aportes que el Estado hace, en su condición de patrono, a los regímenes de pensiones del Poder Judicial y el Magisterio.
De acuerdo con un estudio actuarial enviado por la Supén a la Asamblea Legislativa, la reforma legal goza de viabilidad siempre y cuando se rediseñen los beneficios y requisitos de estas pensiones de acuerdo con los nuevos aportes patronales, los cuales bajarían de reforma escalonada, con el fin de mantener el equilibrio financiero y actuarial.
El expediente 23.733, presentado por la diputada oficialista Pilar Cisneros, jefa del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), propone reducir gradualmente el aporte patronal para las pensiones del Poder Judicial de un 14,36% a un 5,75% del salario en un plazo de 35 años, a partir del momento en que las jubilaciones en curso estén financiadas.
En el caso de las pensiones del Régimen de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional (RCC), la contribución bajaría de un 6,75% a un 5,75% en diez años. La idea es equiparar los aportes con los que hacen los patronos al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS.
El estudio actuarial del proyecto fue remitido a la Asamblea Legislativa por la jerarca de la Supén, Rocío Aguilar, como sustento del criterio favorable que expresó la entidad mediante el oficio SP-801-2023. La Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría General habían criticado la ausencia de estudios técnicos sobre el impacto del plan.
El documento fue elaborado por el actuario Rafael Chavarría Delvó, funcionario de la división de Supervisión de Regímenes de Capitalización Colectiva de la Supén.
Más atribuciones para Junta Administrativa
La Superintendencia resaltó la importancia de otorgar a la Junta Administrativa del Fondo de Pensiones del Poder Judicial potestades para aprobar cambios en los requisitos y beneficios de las pensiones, vía reglamentaria, pues hacerlo por la vía legislativa es más difícil.
Explicó que si los requisitos, los beneficios y las contribuciones quedan sin posibilidad de ser ajustados, o para hacerlo se requiere de procesos de años, “se reduce la posibilidad de tomar decisiones que consideren ajustes pequeños y que, en su lugar, se tengan que aprobar cambios fuertes para que su impacto se materialice lo más rápido posible”.
La entidad señaló que otorgar la potestad de hacer ajustes a la Junta Administrativa permitiría, por ejemplo, “que se desincentive el retiro anticipado y se brinden incentivos para la permanencia en el Fondo”.
Una modificación en esta línea, de acuerdo con la Superintendencia, también abriría la puerta para la revalorización de las pensiones en curso por debajo de la inflación, con lo cual sería posible que, conforme pase el tiempo, se cumpla con el criterio para iniciar con la reducción del porcentaje de contribución patronal.
La Procuraduría General había objetado esta propuesta de la Supén, al señalar que el régimen jurídico de los derechos fundamentales, como el derecho a la pensión, está reservado a la ley, es decir, solo lo puede modificar la Asamblea Legislativa.
“La regulación de los derechos fundamentales, como en este caso el derecho a la pensión o jubilación, no puede ser sustraído de las potestades del legislador, pues requiere de un marco normativo legal inexorable”, explicó el informe PGR-OJ-064-2023.
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Éxito depende de Jupema
En cuanto al Régimen de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional, la Superintendencia indicó que la reducción escalonada en la contribución patronal tendría un impacto negativo únicamente si, al momento en que se inicia dicha reducción, la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Jupema) “no toma ninguna decisión que modifique el perfil de requisitos y beneficios para que se ajuste al nuevo porcentaje de contribución patronal”.
De acuerdo con Supén, si la reducción en la contribución patronal se hace de forma inmediata y la Junta Directiva no hace nada para ajustar el perfil de requisitos y beneficios, el régimen tendría un déficit actuarial de ¢77.247 millones con una razón de solvencia de 0,9887, que se interpreta como un déficit actuarial manejable, incluso, cerca del equilibrio actuarial; sin embargo, como la reducción en el porcentaje de contribución patronal es escalonada, el déficit actuarial indicado sería menor.
Dicha situación haría necesario un incremento en la tasa actuarial, lo que impactaría los rendimientos con los que Jupema gestiona su cartera de créditos (que es exclusiva para afiliados y pensionados del sector magisterial) y dificultaría la posibilidad de aprobar revalorizaciones de las pensiones iguales a inflación.
El proyecto de ley se encuentra actualmente discusión, en el seno de la Comisión de Gobierno y Administración, en la etapa de audiencias y estudio de las consultas.
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