El viceministro de Ambiente, Rafael Gutiérrez, argumentó que el Gobierno decidió aumentar a 3.000 personas el tope de visitantes diarios al Parque Nacional Manuel Antonio porque esa es la capacidad máxima de la planta de tratamiento que atiende esta área silvestre protegida, ubicada en Quepos, Puntarenas.
Los alegatos del viceministro constan en la sentencia completa de la Sala IV, la cual ordenó al Gobierno reducir la visitación a 1.120 personas, en resguardo del derecho constitucional a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
El caso fue analizado a raíz de un recurso de amparo interpuesto por el ecologista Christian Mata.
En su audiencia, el viceministro de Ambiente defendió así el aumento de la visitación: “Se valoraron, entre otros, el indicador de infraestructura, dentro del cual se estimó la capacidad de la planta de tratamiento, la cual tiene un máximo aprobado por el Ministerio de Salud establecido en 3.000 personas, cantidad valorada para no sobrepasar los umbrales de un adecuado funcionamiento”.
Rafael Gutiérrez, quien también es director del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), agregó que se firmaron convenios con el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) para construir obras complementarias, como la mejora en senderos, y para contratar cuidadores locales.
Por mayoría, los magistrados determinaron que las autoridades gubernamentales ignoraron criterios técnicos y científicos, como la herramienta técnica aprobada e implementada por el propio Sinac para determinar los niveles de carga aceptables en un área protegida.
Recurrente: el argumento es insólito
El ecologista Christian Mata afirmó que las razones esgrimidas por el viceministro evidencian que el Gobierno no tenía sustento técnico para tomar la medida.
“Establecer un aumento de visitantes con base en la capacidad de una planta de tratamiento de aguas residuales es insólito y hasta extraño, por decir menos”, afirmó Mata.
El especialista en conservación afirmó que las mejoras en infraestructura, como la rehabilitación del sendero a Punta Catedral, pueden ayudar a distribuir la presión turística del Parque Nacional, pero sostuvo que es “un riesgo muy grande” aumentar la visitación a 3.000 personas “sin un análisis técnico detallado que considere las variables de conservación del recurso que le da más valor al área protegida”.
Sostuvo que las autoridades del Minae desprecian cualquier precepto científico que no sea de su agrado y que los funcionarios, por presión, han tenido que aplicar medidas cuestionables.
El ecologista llamó al Sinac a licitar, vía concurso público, un estudio sobre la capacidad de carga turística del parque a una organización independiente, imparcial y de reconocida trayectoria para obtener información científica, creíble y objetiva.
Director regional notificó a magistrados de peligro ambiental
Un hecho determinante en la decisión de los jueces fue el criterio rendido bajo juramento por Jeffrey Hernández, director regional del Sinac en el Pacífico Central.
Hernández advirtió de que el tope de 3.000 personas representa una sobrecarga de hasta 268% para esta área silvestre protegida con las condiciones actuales, según la metodología aceptada.
De hecho, informó de que la decisión gubernamental carecía de sustento técnico alguno, pero que la ejecutó en apego al deber de obediencia superior.
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El funcionario también reportó a la Sala que él mismo dirigió oficios al director ejecutivo del Sinac, el viceministro Rafael Gutiérrez, advirtiendo de los riesgos y las posibles consecuencias del aumento en la visitación.
La sentencia de la Sala IV apunta que “los hechos anteriores evidencian que la cantidad de visitantes del Parque Nacional Manuel Antonio sobrepasa la capacidad de ese parque en detrimento de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Incluso, más allá del reproche esgrimido por el accionante, tal situación se desprende de las propias manifestaciones de los informantes.
“Verbigracia, dichas autoridades estimaron que la visitación actual corresponde a un 267,9% de la capacidad instalada. Obsérvese que, según el modelo de flujo de visitantes, efectuado en diciembre de 2022, la capacidad de carga es de 1.120 visitantes diarios. Empero, para esta época, el aforo diario supera por mucho esa cantidad, ya que el Parque Nacional recibió un promedio superior a las 2.500 personas diarias durante los primeros días de abril de 2023″.
El viceministro de Ambiente manifestó a la Sala que los oficios dirigidos por Jeffrey Hernández y otros funcionarios apenas están siendo analizados.
En la deliberación sobre el recurso de amparo, los magistrados Luis Fernando Salazar y Anamari Garro salvaron el voto y declararon sin lugar el reclamo.
Garro argumentó que “el tema requiere examinar aspectos técnicos que rebasan con mucho las posibilidades de un proceso sumario como lo es el recurso de amparo”.
Presidente acusa a tres funcionarios de ‘echar a perder el caso’
El presidente de la República, Rodrigo Chaves, afirmó que la sentencia de la Sala IV sobre el Parque Nacional Manuel Antonio le “incomoda muchísimo” y adujo que habrá una afectación económica en el cantón de Quepos producto de esa resolución.
El mandatario ordenó un proceso disciplinario en contra de tres funcionarios del Sinac, en cuenta a Jeffrey Hernández, director regional del Pacífico Central que reportó a la Sala IV la sobrecarga de visitantes en el parque.
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