La exdiputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), Laura Garro, fue condenada a un año de prisión por falso testimonio en perjuicio de la administración pública.
La sentencia fue dictada por el juez Omar White del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José este viernes por la mañana.
Garro no quiso brindar declaraciones posterior a la lectura de la sentencia.
Sin embargo, la exlegisladora no tendrá que ir a la cárcel, ya que White le concedió el beneficio de ejecución condicional de la pena.
En la etapa de conclusiones, el fiscal Alexánder Valverde pidió dos años de prisión en contra de la exlegisladora.
En tanto, el abogado Santiago Arguedas, defensor de Garro, pidió la absolutoria por dudas, al considerar que el Ministerio Público no logró demostrar el delito de dolo en contra de su defendida.
Arguedas solicitó que, en caso de condena, se aplicara la pena mínima y que esta fuese cumplida bajo el beneficio de ejecución condicional de la pena.
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Los hechos
El tesorero Maynor Sterling y el colaborador Manuel Antonio Bolaños, ambos de Acción Ciudadana, fueron condenados en 2016 por cobrarle al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ¢353 millones en contratos de servicios especiales de personas que en realidad trabajaron de gratis de previo a las elecciones del 2010.
El PAC fue condenado solidariamente a pagar ¢353 millones. Luego, el Tribunal de Apelaciones elevó la sanción a ¢516 millones. El caso está en apelación ante la Sala III.
El Ministerio Público sostiene que, tres años antes del debate, Garro aseguró al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) que se desempeñó como jefa de campaña del PAC en Puntarenas y que se encargó de entregar los contratos a los demás colaboradores de la provincia.
Durante el juicio, Garro declaró ante el Tribunal no recordar mucho de lo dicho al OIJ en el 2013.
Además, negó que ella hubiese repartido otros contratos a colaboradores del PAC en Puntarenas.
El fiscal Valverde aseguró que Garro afectó a la administración de justicia al brindar testimonio falso, porque impidió robustecer la prueba en contra de Bolaños y, además, evitó darle trazabilidad a los contratos firmados por los colaboradores del partido.
La Fiscalía le atribuyó tres falsedades.
La primera, al haber negado que recibió los contratos del comité cantonal de Puntarenas, cuando en realidad los recibió de Bolaños, según Valverde.
La segunda es que habría indicado que la documentación le llegó a Puntarenas sin saber cómo, pero en realidad, según la Fiscalía, se los llevó Bolaños.
Y la tercera fue haber dicho que los contratos los había repartido el comité cantonal, cuando en realidad fue ella.
Los argumentos del juez
Al argumentar la sentencia, el juez Omar White dijo encontrar bastante elementos probatorios que inculparon a Garro, como las declaraciones de testigos, incluidas las de dos jueces que participaron en el juicio del 2016.
Además, dio por establecido un hecho inusual durante el juicio culminado hoy, como es la relación de parentesco entre Laura Garro y Manuel Antonio Bolaños.
Garro era suegra de Bolaños durante el proceso del 2016, lo que en criterio de White, si bien no es una prueba para demostrar su responsabilidad en el falso testimonio, “es suficiente para establecer, sin lugar a dudas, que alguna intención tenía usted por lo menos de obstaculizar”.
El juez también tomó en cuenta el argumento de la Fiscalía, de que el falso testimonio impidió robustecer la prueba en contra de Manuel Antonio Bolaños en el 2016 y también evitó darle trazabilidad a los contratos.
“Basta con que el delito se cometa cuando la persona falta a la verdad en el juicio bajo juramento y si, además de eso, pone en peligro la (aplicación) correcta de la administración (de justicia). O sea, no es un delito de resultado, es un delito de peligro (…). Basta con que exista ese peligro, que se dé el falso testimonio”, explicó el juez.
White reprochó las declaraciones de Garro, cuando ella dijo al inicio de este juicio que “algo falló ahí, pero nunca hubo mala fe de parte mía”.
Otro reproche fue al relato de Garro de que los hechos los describió en calidad personal y no como miembro del comité cantonal ampliado de El Carmen de Puntarenas, donde ella entregó cinco contratos de servicio para que colaboradores del PAC lo firmaran.
“Sin embargo, cuando se le juramenta a usted le correspondía decir la verdad, pero usted no lo hacía”, reprochó el juez.
Para rebajar la pena de dos a un año de prisión, el juez aseguró que, durante el juicio, Garro expresó estar conmovida y dijo que sigue siendo buena persona.
Además, el juez consideró que ella no cometió faltas a la función pública cuando fue diputada.
“Son elementos que no se pueden tomar en cuenta para demostrar su culpabilidad, pero sí se pueden tomar en cuenta, una vez determinada su culpabilidad, para medir la pena”, concluyó White.
El por tanto de la sentencia será leído en ocho días, a las 4 p. m. en los Tribunales de San José.
Abogado: declaración de Garro no fue bajo juramento
Por su parte, el abogado defensor de la exdiputada, Santiago Arguedas, dijo respetar el fallo pero añadió que no lo comparte.
“Me parece que la prueba de la Fiscalía no era suficiente, me parece que nosotros a nivel de defensa presentamos una tesis bastante sólida en cuanto a la inocencia de Doña Laura, pero vamos a esperar la sentencia integral (para apelar)”, expuso.
En su criterio, los testigos no fueron contundentes y reprocha que la Fiscalía haya usado antecedentes del juicio en 2016 para argumentar sus acusaciones.
Aseguró que la declaración de Garro dada a un investigador del OIJ en Puntarenas en 2013, usada como elemento para enjuiciarla, no fue bajo juramento.
“Hasta el día de hoy no sabemos si lo que Doña Laura dijo fue lo mismo que el investigador del OIJ puso en el informe”, justificó el abogado.
Fiscalía podría apelar
En tanto, el fiscal Alexánder Valderde mostró satisfacción con la sentencia en “un porcentaje bastante amplio”.
Explicó que por un lado se logró comprobar el delito con prueba robusta, no obstante, adelantó que una vez recibida la sentencia completa, el Ministerio Público analizará si presenta una apelación por la imposición de una pena mínima a la imputada. La Fiscalía había pedido dos años.
Aclaró que la Fiscalía no pidió inhabilitación de ejercer cargos públicos en contra de la exlegisladora, porque cuando ella cometió el hecho no era funcionaria del Estado.