Política

Tributación podría secuestrar bienes de personas sin intervención de un juez

Expertos advierten una puerta para la ‘arbitrariedad’ en proyecto fiscal de Gobierno; afiliados a cooperativas y asociaciones solidaristas pagarían por deudas de estas organizaciones aunque no participen en su administración

El Poder Ejecutivo pide dar a Tributación la potestad de secuestrar bienes, mercaderías o documentos de contribuyentes investigados, sin la intervención de un juez y sin posibilidad de apelación.

Así lo establece el proyecto de ley para el fortalecimiento del control tributario, presentado a los diputados el jueves por los ministros de Presidencia, Natalia Díaz, y de Hacienda, Nogui Acosta.

Para los expertos tributarios Francisco Villalobos y Marco Vargas, se trata de una propuesta preocupante. Por su parte, el diputado Eliécer Feinzaig, del Liberal Progresista (PLP), la consideró contraria a los principios democráticos.

Según el proyecto, el Poder Ejecutivo podría establecer como medida cautelar, en procesos de fiscalización, el “depósito o secuestro de las mercaderías o productos sometidos a gravamen, así como archivos libros y documentos, locales o equipos electrónicos de tratamiento de datos que puedan contener la información que se trata”.

El artículo no fija procesos de apelación ante esa actuación. Solo señala que se podrá hacer con la colaboración de la Policía de Control Fiscal o la Fuerza Pública.

El diputado Feinzaig y los expertos consultados aseguran que actualmente esos actos solo se realizan con una orden de un juez.

Para Francisco Villalobos, esta norma va en detrimento de las garantías de los contribuyentes. Quitar al juez de por medio expone a los fiscalizados a la arbitrariedad, dijo el experto, contrario a lo que argumenta el Poder Ejecutivo en la exposición de motivos.

Afirma que se crearían desbalances entre la autoridad tributaria y los individuos ante el Estado y estas nuevas potestades.

Feinzaig, quien califica de “adefesio” la legislación propuesta, si este proyecto avanza, es “echar al saco” las garantías procesales de los contribuyentes.

“No es que excede las atribuciones, esto excede lo que es sano y lo que es razonable y correcto darle a la administración tributaria para darle un control. Excede por todas partes, no es control de evasión, es confiscación sin intervención judicial”, indicó el diputado, quien es economista.

Marco Vargas considera que el proyecto constituye un exceso de potestades, en donde la administración sería juez y parte del proceso. El proyecto “sobredimensiona” los poderes que se le dan a la administración tributaria, de acuerdo con el experto.

Los analistas coinciden en que, si bien la propuesta pretende responsabilizar a terceros ante los incumplimientos fiscales, esa responsabilidad es muy amplia.

Por ejemplo, se dice que los asociados de cooperativas y asociaciones solidaristas podrían asumir las deudas de la organización de la que forman parte, aunque no tengan incidencia en las decisiones administrativas de la cooperativa o asociación a la que pertenecen.

El proyecto de ley también incluiría, en el principio de responsabilidad solidaria, a los administradores de la empresa o sociedad que no hubiesen tomado las actuaciones respectivas, dejando abierta la posibilidad que Tributación defina las acciones.

Vargas explicó que esa falta de definición también se evidencia cuando se habla de la responsabilidad de los conglomerados económicos que deban responder por las deudas de los socios de algunas de las empresas.

“Lo que están haciendo es matar la posibilidad de que las personas se asocien para crear empresas. Son cambios contrarios a lo que se quiere promover en un régimen democrático”, reflexionó sobre este punto Feinzaig.

Villalobos considera que la definición del conglomerado puede ser antojadiza y se puede prestar para arbitrariedades.

“Me parece negativo que se haga responsable a cualquier empresa de un grupo económico por las deudas de otros cuando no se permite la consolidación para efectos tributarios y cuando, claramente, los grupos económicos son tales por razones comerciales y estratégicas y no fiscales”, señaló.

Los tres tienen preocupaciones por la extensión de la prescripción a 10 años de los presuntos incumplimientos tributarios, tan solo con que la autoridad tributaria tenga dudas. Actualmente, puede ampliarse a ese plazo, pero cuando el incumplimiento ha sido comprobado.

Feinzaig afirmó que el solo hecho de que los analistas financieros internacionales que están pendientes de lo que ocurre en el país publiquen que el Gobierno está planteando esta reforma, “empeora el clima de negocios”.

El diputado señaló que este tipo de propuestas pone a los inversionistas a pensar en otros lugares para invertir o arrojan a los comerciantes a trabajar en la informalidad.

En ese sentido, también coincide Villalobos. Afirmó que la incertidumbre de algunas indefiniciones de la propuesta, sujeto a los actos que se podrían hacer sin la intervención de un juez, no favorece el clima de negocios en el país.

La autoridad tributaria con la Policía de Control Fiscal (PCF) podrían intervenir en locales, sin la orden de un juez.
Rebeca Madrigal Q.

Rebeca Madrigal Q.

Trabajó en La Nación hasta el 2023. Periodista de asuntos políticos y de gobierno. Graduada en Periodismo de la Universidad Latina de Costa Rica.

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