El alcalde de Paraíso, Marvin Solano, debió separarse de todos los procesos relacionados con la consulta popular en la que los vecinos del cantón decidieron su futuro en el cargo.
Según una resolución del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), Solano estaba obligado, en razón de su cargo, a cumplir con su deber de objetividad e imparcialidad y por ello debió "apartarse, desde el primer momento, del conocimiento, dirección y supervisión (...) de todos aquellos procedimientos relacionados con la celebración del plebiscito revocatorio de mandato.
Esta posición de los magistrados consta en el fallo 3435-E1-2018 del 11 de junio pasado y que responde a un amparo electoral interpuesto por la regidora Xiomara Sánchez Meza, coordinadora de la Comisión municipal especial organizadora de la consulta.
Ella recurrió al alcalde desde el 23 de abril pasado, casi un mes antes de la apertura de las urnas, pues lo acusó de atrasar, de manera deliberada, "los procesos de contratación de los bienes y los servicios necesarios para llevar a cabo la referida consulta popular", entre ellos, la elaboración de material informativo para los ciudadanos.
Al respecto, el TSE consideró que el atraso en la preparación y entrega de estos volantes constituyó "una situación grave, suscitada, en gran medida, por las dilaciones en que incurrió la persona encargada del Departamento de Proveeduría de esa Municipalidad, quien, valga señalar, depende jerárquicamente del recurrido".
Esta situación, agregaron los magistrados, vulneró el derecho a la información de la regidora Sánchez Meza.
Por estas razones, el Tribunal consideró parcialmente con lugar el recurso electoral y condenó a la Municipalidad de Paraíso al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a esta sentencia.
En tanto se resolvía este amparo, se dictó una medida cautelar que inhibió y separó al alcalde Solano de toda la organización del plebiscito y la misma recayó en la vicealcaldesa Milagro Bonilla.
El 20 de mayo pasado, día de la consulta, el sí no alcanzó los dos tercios del total de sufragios emitidos, que era uno de los requisitos para lograr la destitución del jerarca municipal. Un total de 46.754 habitantes estaban inscritos ante el TSE para la consulta.
En este caso, se habría requerido al menos 6.000 sufragios del sí, considerando los votos recibidos (9.026). No obstante, los votos en favor del cese del alcalde fueron 5.591, con 96% de juntas contabilizadas. Otros 3.435 votaron para que Solano siguiera en la Alcaldía.
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Este proceso se desarrolló luego de los cuestionamientos en contra del alcalde por supuestas irregularidades en el otorgamiento de permisos de construcción de un motel en Llanos de Santa Lucía.
Por estos hechos, Solano y otros tres funcionarios públicos fueron acusados por la Fiscalía por los delitos de negociaciones incompatibles, incumplimiento de deberes y tráfico de influencias.
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Sobre el fallo del TSE, la regidora Xiomara Sánchez dijo sentirse "satisfecha" por el resultado y aseguró que acudirá al Tribunal Contencioso para la ejecución de la sentencia.