El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) anunció, este martes, las pautas que seguirá para inscribir registralmente a los bebés que nazcan en el seno de matrimonios formados por personas del mismo sexo.
Cuando una mujer que esté casada con otra mujer dé a luz, el Registro Civil aplicará el principio de presunción e inscribirá al bebé con los apellidos de ambas madres.
La presunción es una disposición legal que obliga al Registro a interpretar, de forma automática, que si una mujer está casada y tiene un bebé, esa persona también es hija de su cónyuge.
Si el hijo es de dos papás, será necesario el trámite de adopción, con consentimiento de los progenitores.
En un comunicado de prensa el TSE afirmó que, con la legislación vigente, es imposible aplicar el principio de presunción en el caso de las familias homoparentales integradas por hombres.
“La aplicación de la presunción es imposible, pues la persona recién nacida tendrá –en casi la totalidad de los casos– una madre registralmente asignada, no pudiéndose desplazar esa inscripción por la declaración del nacimiento de ambos cónyuges hombres”, explicó el TSE.
Los magistrados establecieron que los matrimonios homoparentales podrán elegir el orden de los apellidos de sus hijos. Una vez que tomen la decisión, no podrán variar el orden para futuros hijos.
En el caso de los niños nacidos en el extranjero, cuyos datos denoten una comaternidad o copaternidad, sus apellidos se registrarán tal cual constan en el documento de identidad de su país de origen.
Según el TSE, el reconocimiento de hijos extramatrimoniales no se realizará en el caso de parejas homosexuales no casadas, quienes solo podrán inscribir copaternidades o comaternidades mediante la adopción.
Las pautas fueron definidas por los magistrados electorales, la mañana de este mismo martes.
Consulta a PGR por discriminación
De acuerdo con el TSE, el ordenamiento jurídico provoca un trato distinto entre los matrimonios formados por parejas heterosexuales o de dos mujeres, frente a los integrados por hombres, “lo cual podría ir en contra del principio de igualdad y no discriminación”.
Para solventar esa distinción, el Tribunal informó de que consultará a la Procuraduría General de la República acerca a la viabilidad de aplicar la presunción, en temas de filiación, entre cónyuges masculinos.