El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) descartó que el llamado que hizo la iglesia Católica a los fieles laicos, a participar en las elecciones municipales del 2 de febrero, afecte los derechos fundamentales de los electores.
Así lo decidió al TSE al resolver un recurso de amparo electoral presentado por el ciudadano Giovanni Delgado Castro en contra del mensaje divulgado por Conferencia Episcopal el lunes 6 de enero.
“Luego de analizar el texto, se concluyó que, en este, no existen exaltaciones a favor de una tendencia política concreta (o identificable) ni expresiones que busquen restar el apoyo a una agrupación específica; conductas que, en cambio, sí serían reprochables”, resolvió el TSE.
Ante el Tribunal, Delgado alegó que el sacerdote Mauricio Granados, vocero de la Conferencia Episcopal, violentó la Constitución Política al leer, en una entrevista en Radio Monumental, parte del documento llamado “mensaje de la Conferencia Episcopal de Costa Rica en ocasión del proceso electoral en el ámbito municipal”.
Incluso, el ciudadano consideró que la relación entre religión y política ya debe ser superada en el país.
El comunicado de la Conferencia Episcopal textualmente anima a los fieles laicos, “dejándose iluminar por el Evangelio, a que se comprometan a participar en los procesos de administración pública municipal en el marco que permite nuestro sistema jurídico".
Los obispos consideran, en el documento, que la ciudadanía no debe limitarse a delegar tareas del gobierno local a los partidos políticos. “El sufragio es un deber, el primero, sin duda, pero no el único. La participación ciudadana en el ejercicio de la democracia es fundamental”, reza el llamado de la Iglesia.
Los magistrados electorales concluyeron que los obispos se limitaron a señalar la importancia de participar en los procesos electorales y en las acciones que fortalecen la vida democrática, así como invitar a los fieles a que se involucren en los puestos de decisión de los asuntos públicos, un derecho Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“El mensaje de la Conferencia Episcopal deja que sean los propios feligreses, de manera libre, espontánea y alejados de cualquier orientación religiosa, los que escojan a sus propios gobernantes”, dice lo resuelto por el TSE.
Además, los jueces electorales señalaron que no existe una falta por incumplir los numerales 136 y 289 del Código Electoral, como lo alegó el recurrente, debido a que el comunicado de la Iglesia no se considera propaganda.
Los magistrados no consideraron que el mensaje busque “favorecer o perjudicar a una agrupación o candidato en contienda, mediante el uso de argumentos discursivos, con el objetivo de despertar sentimientos que lleven a adherirse o a separarse de una tendencia política”.
Esas son las características que se exigen, en la legislación electoral, para iniciar un procedimiento por invocación indebida de motivos religiosos en las elecciones, concluyeron.
La Conferencia Episcopal también exhortó a los postulantes a puestos de elección popular, en los municipios, a tener en su “mente y conciencia” el servicio como único interés de sus aspiraciones en la política, según el mensaje.
También, motivaron a las comunidades a que, de acuerdo con lo establecido en el Código Municipal, impulsen actividades que ayuden a sus ciudadanos a conocer a los candidatos y sus propuestas, para que de esa forma ejerzan un voto informado.
Granados dijo esta tarde que la iglesia Católica recibe con agrado lo resuelto.
“Sin ánimo de influir en la intención de voto de ningún ciudadano se hace el llamado a votar y a participar en general en el proceso electoral municipal, en este caso. Siempre se ha hecho con esa finalidad, por lo que consideramos que la resolución está apegado a derecho y a la Constitución Política”, puntualizó el vocero.