El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) difundió, este martes, las reglas de paridad horizontal que se aplicarán a partir de las próximas elecciones municipales de febrero del 2024.
Con esta nueva definición, los partidos políticos deberán postular igual cantidad de hombres y de mujeres en los encabezamientos de la papeleta para alcaldías, según la cantidad de cantones en los que vaya a presentar nóminas.
Si es un número par, la mitad de candidaturas será para mujeres y la otra mitad para hombres; si es impar, la diferencia entre uno y otro género no podrá ser superior a uno.
Los partidos políticos decidirán cuál sexo encabezará cada papeleta para las alcadías, siempre que respeten la paridad. Como no están obligados a presentar candidatos en todos los cantones, no existe un número mínimo o máximo de candidatos por género.
Esa definición debe darse antes del 31 de mayo próximo.
Con estas reglas, si una agrupación nacional presenta 84 candidatos a alcalde, 42 deben ser hombres y 42 mujeres.
Si presentara 43 candidatos, por ejemplo, 21 deben ser de un género y 22 de otro, sin importar a la provincia que pertenezcan.
EL TSE ya había dispuesto la paridad horizontal para los puestos plurinominales; sin embargo, en vista de un fallo de los magistrados constitucionales, del pasado 8 de febrero, las reglas cambiarán también para las alcaldías.
Desde el 2019, diputadas del PAC interpusieron una acción de inconstitucionalidad para lograr que se considerara a las mujeres para los puestos de alcaldía en forma equitativa, y no solo se cumpliera con la paridad de forma vertical, en los puestos de vicealcaldías.
El recurso se interpuso contra la resolución del TSE de ese mismo año que excluyó la paridad horizontal para las candidaturas a las alcaldías del 2020, con el voto salvado parcial de la actual presidenta Eugenia Zamora, que consideró argumentos a favor de la paridad.
En las elecciones municipales anteriores, las mujeres solo alcanzaron ocho de las 82 alcaldías. En Puntarenas y Limón, no hubo ninguna representación femenina.
El TSE aclaró que la paridad solo aplica para las candidaturas, no así para la declaratoria de la elección.