El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) investiga si Mariano Figueres, jefe de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), incurrió en alguna falta electoral por haber donado ¢750.000 al partido Alianza Patriótica durante el tiempo en que ha ocupado ese alto cargo.
Figueres, quien fundó esa agrupación en el 2008 con el excandidato presidencial Rolando Araya y otras personas, realizó un total de nueve aportes entre junio del 2014 y noviembre del 2015. El funcionario encabeza la DIS desde mayo del 2014.
Sus aportes representan la mitad de todas las donaciones que reportó la agrupación al TSE durante ese lapso de tiempo. Junto a él, también aparece como financista su hermana, Kirsten, quien dio ¢240.000 mediante dos depósitos bancarios.
Documento con el cual el partido Alianza Patriótica reportó TSE uno de los nueve aportes que hizo Mariano Figueres a finales del año pasado, cuando ya ejercía como director de la DIS.Héctor Fernández, director de Registro Electoral del TSE, reconoció que realizan un “análisis jurídico” para determinar si el jerarca es uno de los funcionarios que, por el puesto que ocupa, tienen prohibición para hacer aportes económicos a cualquier grupo político.
Las pesquisas se centran en esclarecer si Figueres puede ser considerado o no como un miembro de la autoridad de Policía, pues ellos sí tienen impedimento legal de participar en actividades político partidarias y de hacer donaciones.
“Estamos haciendo el análisis, no le puede dar una respuesta definitiva porque necesitamos establecer si él se entiende o no, como autoridad de Policía (…). Lo cierto del caso es que estamos analizando jurisprudencia para ver si hay un caso similar en el pasado”, expresó Fernández.
La DIS es un cuerpo policial que funge como órgano informativo del presidente de la República en materia de seguridad nacional, según la Ley General de Policía. Su director, además, es el jefe de la Unidad Especial de Intervención (UEI), especializada en operativos de alto riesgo contra el terrorismo y el narcotráfico.
Eventual beligerancia. La falta en la que eventualmente podría haber incurrido el jerarca está estipulada en el artículo 146 del Código Electoral donde se detallan las prohibiciones para funcionarios y empleados públicos, incluyendo al presidente de la República, sus vicepresidentes, ministros, viceministros, presidentes ejecutivos, directores, magistrados, entre otros.
También es señalada con mayor exactitud en una resolución que emitieron los magistrados del TSE, el 19 de marzo del 2015, en respuesta a una consulta del gobernante Partido Acción Ciudadana (PAC).
“Los funcionarios que ocupan alguno de los cargos públicos contemplados en el párrafo segundo del artículo 146 del Código Electoral están impedidos, legalmente, para hacer donaciones a favor de las agrupaciones políticas porque, de lo contrario, incurrirían en el ilícito de beligerancia política”, señala el fallo N.° 1459-E8-2015.
Extracto del por tanto de la resolución N.° 1459-E8-2015 de los magistrados del TSE del 19 de marzo del 2015 sobre la prohibición que tienen ciertos funcionarios públicos para donar dinero a partidos políticos.Por tal infracción, el Tribunal puede ordenar la destitución del cargo e imponer una inhabilitación para ejercer cargos públicos por hasta cuatro años.
El caso de Figueres entró en análisis el pasado jueves tras una consulta que, según Fernández, hizo un partido político.
El funcionario, sin embargo, aclaró que desconoce si esa consulta se puede calificar como una denuncia formal de beligerancia política, la cual es necesaria para establecer un procedimiento administrativo, ya que el TSE en teoría no podría actuar de oficio.
“La beligerancia tiene todo un procedimiento a partir de denuncia, habrá que ver si la solicitud que recibimos podríamos o no calificarse como denuncia y ya eso dependerá del análisis que puede hacer el Tribunal, a él le tocará definir si hay o no beligerancia”, declaró Fernández.
“Necesitamos tener claridad. A veces incluso hace falta ver leyes constitutivas de otros órganos y demás, como en este caso, que habrá que ver la ley que le da soporte jurídico a la DIS para establecer, exactamente, si cabe o no en esa causal antes de decir si está o no limitado para participar en actividades de partidos políticos o cualquier aspecto más que ejerce el derecho al voto el día de las elecciones”, agregó el jefe electoral.
Apegado a la ley. Figueres por su parte, niega que haber cometido algún ilícito, alega que no existe ningún artículo del Código Electoral o una resolución del TSE que le impida a él como director de la DIS hacer donaciones.
Aduce además, que la Dirección de Inteligencia no es es un cuerpo policial porque no ejerce fuerza coercitiva.
Sin embargo, reconoce que será el TSE el encargado de esclarecer si actuó apegado a la ley y que por ende, será respetuoso de la decisión que tomo.
"Yo tengo muy claro que he actuado de una forma que es absolutamente transparente y repito que tan es así que, los depósitos los he realizado a mi propio nombre. Revisando la jurisprudencia del propio tribunal a mí no me cubre la prohibición del artículo 146 y por eso yo pretendo seguir ejerciendo mis derechos constitucionales, porque la ley me lo permite, yo me limito a lo que la ley me lo permite", afirmó el jerarca.