Una sentencia del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), difundida este martes por la mañana, determinó que un manifiesto conjunto de la Conferencia Episcopal y la Federación Alianza Evangélica Costarricense constituyó una amenaza para el libre ejercicio del sufragio.
Se trata de un documento entregado durante una actividad realizada por ambas organizaciones, el 18 de enero, durante una jornada de oración por Costa Rica.
El texto no solo se leyó en ese acto, sino que además se les entregó a los asistentes.
"Los magistrados del TSE determinaron que el manifiesto conjunto mezcla términos propios de la actividad político electoral y expresiones religiosas que, al conjugarse, representaron -por su connotación e impacto- una amenaza para el libre ejercicio del sufragio, tanto activo (derecho a elegir) como pasivo (derecho a ser electo)", dice el comunicado difundido por el órgano electoral.
El documento que motivó la sentencia decía: "Hacemos un llamado a todos los cristianos y a los ciudadanos a participar en las elecciones del 4 de febrero, meditando delante de Dios y de sus conciencias su voto para los cargos de presidente y de vicepresidentes y para diputados, conscientes de que es un deber para todo ciudadano costarricense el elegir a quienes detendrán puestos de responsabilidad política".
El TSE alegó que, si bien el modelo constitucional costarricense tiene como regla la libertad del individuo, incluyendo la libertad de expresión, esta puede ser regulada e, incluso, limitada, según lo establecido en el artículo 28 de la Constitución.
“No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas”, dice en el tercer párrafo de ese artículo constitucional.
En la sentencia de los magistrados electorales, les ordenaron a la Conferencia Episcopal y a la Federación Alianza Evangélica Costarricense “abstenerse de acciones como las que dan lugar a la estimación del recurso de amparo resuelto”.
Además, se le trasladó copia de la sentencia a la Inspección Electoral, con el fin de que este órgano investigue de forma preliminar los hechos denunciados en el amparo.
Este medio le consultó a la Conferencia Episcopal su reacción ante la decisión de los magistrados electorales y allí confirmaron que recién fueron notificados, esta mañana, sobre esa resolución.
Rigoberto Vega, director ejecutivo de la Alianza Evangélica, adujo igualmente que apenas habían sido notificados, por lo que preferían tener primero una reunión sobre esa sentencia y también coordinar con las autoridades episcopales, puesto que se trató de una manifestación conjunta.
Aparte de llamar a un "voto meditado en presencia de Dios", en el manifiesto, las autoridades religiosas también les pidieron a los entonces candidatos presidenciales "ser consecuentes con sus promesas de campaña, ser vigilantes de la probidad propia y de sus colaboradores, ser intolerantes con cualquier acto de corrupción y que nunca se olviden de las convicciones y valores cristianos que nutren la institucionalidad de nuestra nación".
A la cita con las autoridades católicas y evangélicas asistieron Juan Diego Castro, excandidato presidencial del Partido Integración Nacional (PIN); Antonio Álvarez, de Liberación Nacional (PLN); Mario Redondo, de la Alianza Demócrata Cristiana (ADC), y Fabricio Alvarado, de Restauración Nacional.
El encuentro de oración estuvo dirigido por el presidente de la Conferencia Episcopal, el arzobispo José Rafael Quirós, y por el presidente de la Federación Alianza Evangélica Costarricense, Jorge Gómez Varela.
Obispos y pastores como intérpretes de la Biblia
En sus consideraciones para resolver el amparo, presentado por Víctor Alonso Vargas Sibaja, el magistrado electoral Max Esquivel Faerron establece que tanto la Conferencia Episcopal, como la Alianza Evangélica, "presentan condiciones para exhibir una posición que les convierte en referentes de sus respectivas orientaciones religiosas con innegable influencia en la comunidad de fieles".
Eso "se potencia al hacerse acompañar", en el manifiesto conjunto, por la referencia a que el mensaje proviene de los "obispos católicos" y los "pastores evangélicos".
La presunta amenaza al libre ejercicio del voto podría tener mayor incidencia, según el criterio del magistrado, en "aquellos electores que profesan la fe católica y la evangélica en cualquiera de sus manifestaciones".
Esquivel añade que esa "libertad debe ser protegida frente a cualquier influencia religiosa", por lo que "no procede que, al amparo de tales roles (de obispos y pastores), utilicen su influencia para incidir en la libre decisión de los electores que comulgan con su ideología".
"Si ambas agrupaciones son líderes y orientadoras de sus respectivos credos en el país, sus opiniones tienen la potencia para ser consideradas como una interpretación de ‘la Biblia’ ante los nuevos desafíos que el país enfrenta, constituyéndose en guía, dirección o referente axiológico de sus feligreses", determinó el TSE en su resolución.
El Tribunal de Elecciones también tuvo en consideración la influencia que podría tener el mensaje de obispos y pastores en los electores a pocos días de las elecciones nacionales del 4 de febrero.
"Este Tribunal estima que ese mensaje -difundido a escasos 17 días de las elecciones celebradas el 4 de febrero de 2018- entrelaza finamente términos propios de la actividad político-electoral y motivos o creencias religiosas cuya interacción posee las condiciones para alterar la libertad política", dice la sentencia.
Y añade: "En el caso de un ciudadano que a la vez es creyente, aún cuando esté solo en el recinto secreto, una orientación como la señalada -confrontada con su propia conciencia- podría afectar su autodeterminación al momento de ejercer el sufragio lo que, en materia electoral, resulta inaceptable".