El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó este lunes al Partido Restauración Nacional (PRN) abstenerse de usar estructuras paralelas para apoyarse económicamente rumbo a la segunda ronda electoral del próximo 1.° de abril.
Además, el TSE le ordenó al PRN abstener de invocar motivos religiosos para cazar votos, bajo la advertencia de que el incumplimiento de esta medida cautelar "podría constituir el delito de desobediencia previsto en el Código Penal y sancionado con prisión de seis meses a tres años de prisión".
La decisión la tomó el alto Tribunal Electoral un día después de que trascendiera que, el viernes 16 de marzo, el candidato presidencial Fabricio Alvarado se reunió con centenares de pastores evangélicos, de las siete provincias del país, para coordinar la ayuda de ellos hacia las elecciones del domingo 1°. de abril.
La cita se efectuó en el Templo Bíblico Internacional, en Tibás, San José. Así consta en un audio de una hora y 41 minutos difundido este domingo por el noticiero Interferencia, de las radioemisoras de la Universidad de Costa Rica (UCR). En la reunión, se prohibió el uso de teléfonos para grabar o tomar fotos.
Durante la cita, a la que además asistieron los candidatos de Restauración a vicepresidentes de la República y otros políticos que le han dado su apoyo al partido, como Mario Redondo, diputado de Alianza Demócrata Cristiana, se pidieron "bendiciones" para el transporte y la alimentación del domingo, cuando se definirá en las urnas quién será el próximo presidente de la República.
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Ese hecho provocó 86 denuncias contra Restauración ante el Registro Electoral, lo cual llevó al director general de ese órgano electoral, Héctor Fernández, a enviar la notificación de apercibimiento a la dirigencia del partido.
"Se les recuerda que si bien este organismo electoral tiene claro que las agrupaciones políticas gozan de la libertad de expresar sus ideas y opiniones, así como de reunirse con diferentes sectores de la sociedad civil para exponer sus propuestas programáticas, lo cierto es que esta libertad no es irrestricta y sus límites están dados (...) a partir de los cuales se encuentra vedada toda forma de propaganda política que se valga de las creencias religiosas o que invoque motivos de religión para que los ciudadanos se adhieran o separen de partidos o candidaturas determinadas”.
En cuanto a la gestión de donaciones para afrontar la logística de las elecciones presidenciales, el director del Registro Electoral les recordó a las autoridades de Restauración que solo tienen tres vías para recibir dichas contribuciones, siempre sometidas a los principios de publicidad y transparencia.
Las maneras que tiene cualquier partido para recolectar ayudas para la campaña son directamente y en forma individualizada por el tesorero de la fuerza, por un tercero autorizado debidamente por el Comité Ejecutivo Superior del partido, en cuyo caso se requiere que la respectiva actividad de recaudación se encuentre previamente reglamentada y que el tesorero partidario la registre, y por depósito bancario en la cuenta corriente dispuesta por la agrupación política exclusivamente para tales fines.
"Cabe indicar que, en todos los casos, deberá identificarse plenamente al donante y el momento de su recepción se verificará mediante el comprobante de depósito bancario o el recibo oficial que expida el partido, según corresponda. Asimismo, dichos aportes deberán registrarse contablemente y el tesorero estará obligado a informar de éstos a este Tribunal en los plazos previstos en el artículo 132 del Código Electoral", advirtió Fernández.
Según el artículo 126 del Código Electoral, está prohibida la gestión paralela de contribuciones privadas, por lo que ninguna persona o grupo de personas podrá realizar gestiones en este sentido a beneficio del partido político, sin la debida autorización.
En caso de que el TSE determine que el partido Restauración es culpable de inobservancia en cuanto a los límites de la propaganda invocando motivos religiosos podría ser sujeto a una multa de diez a cincuenta salarios base y, si se determina que habría infracciones relacionadas con el financiamiento partidario, podrían ser castigados con prisión de dos a cuatro años quienes contribuyan por medio de terceras personas, grupos u organizaciones paralelas.