El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se opone a la idea de que padres y madres decidan cuál será el primer apellido de sus hijos, tal como lo propone un proyecto de ley de los diputados del Frente Amplio (FA).
Actualmente, en Costa Rica, el primer apellido corresponde al del papá y el segundo, al de la mamá, a menos que el padre no haya sido identificado.
Una iniciativa del FA plantea que los progenitores decidan cuál será el orden de los apellidos siempre que exista acuerdo entre ellos y, una vez que lo hagan con el primogénito, tendrían que repetirlo con los siguientes nacimientos o adopciones comunes.
No obstante, el pasado 25 de octubre, el TSE envió un criterio a la Asamblea Legislativa, en el que declara su oposición al proyecto por temas de “seguridad registral”.
Según los magistrados, las reglas sobre la asignación de los apellidos “han de ser claras, conforme al orden social y al principio de seguridad registral”. Para el Tribunal, este no es un tema de preferencias, sino de filiación de la personas.
El TSE aclaró que no se opone a que el apellido materno sea el primero, como ocurre en otros países, sino que rechazan la propuesta de que algunas personas lleven primero el apellido materno, y otras, el paterno.
Los magistrados dejaron en manos de los legisladores la elección de cuál será el modelo o mecanismo que determine el orden de los apellidos.
“Desde la perspectiva normativa, es un tema de discrecionalidad legislativa”, citaron.
Este es el segundo intento del Frente Amplio por legislar en el sentido de permitir que el apellido de la madre sea el primero.
En el periodo 2014-2018, la entonces diputada Patricia Mora Castellanos impulsó una iniciativa similar, pero esta fue archivada por vencimiento del plazo durante la legislatura 2018-2022.
Según el nuevo proyecto, cuya firma principal es la del legislador Antonio Ortega Gutiérrez, la iniciativa busca equiparar a la mujer y al hombre dentro de las familias, puesto que la obligación de que el apellido paterno sea el primero perpetúa roles y estereotipos de género que el Estado se comprometió a erradicar al suscribir convenios internacionales.
LEA MÁS: Procuraduría avala proyecto para que ticos lleven primero el apellido de la madre
¿Qué pasa si los progenitores no se ponen de acuerdo? El texto establece que, “en caso de no existir acuerdo, transcurrido un plazo de tres días para lograrlo, el Registro Civil asignará el orden de los apellidos de la persona menor de edad, fijándole el de su madre en primer término”.
La iniciativa se encuentra bajo el expediente 23.281, en la Comisión de Jurídicos de la Asamblea Legislativa.
El proyecto reformaría los artículos 49 y 52 del Código Civil y 104 del Código de Familia.
La anterior iniciativa, planteada por la entonces diputada Mora Castellanos, recibió dictamen afirmativo unánime en la Comisión de la Mujer. Asimismo, fue avalada por la Procuraduría General de la República (PGR).
“El poder elegir de primero ese apellido (el de la madre) reforzaría o subrayaría esa relación filial materna que ya se tiene como cierta y evidente”, dijo, en ese momento, la procuradora adjunta, Silvia Patiño Cruz.
Sin embargo, el proyecto nunca fue votado en plenario, a pesar de que los legisladores lo veían con buenos ojos.