La presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), Eugenia Zamora, insistió en la inviabilidad de un proyecto de ley que pretende impedir que un aspirante a la Presidencia de la República pueda postularse, al mismo tiempo, para diputado en los comicios nacionales.
Durante una comparecencia ante la comisión legislativa de Asuntos Jurídicos, Zamora indicó el pasado miércoles que una modificación como la propuesta por el diputado Manuel Morales, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), no se puede realizar mediante una reforma legal sino que requiere de una enmienda constitucional.
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Morales había presentado, a finales del año pasado, una propuesta de reforma a la Carta Magna para impedir la doble postulación. Sin embargo, ese tipo de iniciativas deben seguir un camino más largo y complejo en el Congreso en comparación con un proyecto ordinario.
Desde el pasado 20 de setiembre, los magistrados del TSE advirtieron de que la Constitución Política contempla los requisitos y obstáculos para aspirar tanto al cargo de presidente como al de diputado y señalaron que, entre ellos, no se encuentra la prohibición de la doble postulación.
“El proyecto de ley en análisis establece un supuesto de inelegibilidad para los cargos de presidente y diputados que no fue previsto por el constituyente costarricense, limitación al derecho al sufragio pasivo que resulta inconstitucional en tanto, como se apuntó, en esta materia existe reserva de Constitución”, indica el criterio del órgano electoral.
Dicho criterio solo contempla la viabilidad jurídica, aclaró Zamora, quien señaló que el criterio del órgano electoral está basado en resoluciones de la Sala Constitucional que no pueden ignorar.
En las pasadas elecciones nacionales, 16 de los 25 aspirantes presidenciales llevaban doble postulación. De ellos, solo alcanzaron una curul Eli Feinzaig, del Partido Liberal Progresista (PLP), y Fabricio Alvarado, del Partido Nueva República (PNR).
En desacuerdo
Los congresistas de la comisión de Asuntos Jurídicos manifestaron estar en desacuerdo con el criterio del TSE e incluso señalaron a la presidenta del órgano electoral desinterés en presentar una propuesta que reforme la Carta Magna para borrar esta posibilidad.
El proponente, Manuel Morales, argumentó que la Constitución Política sí impide ejercer el cargo de presidente de la República en simultáneo con el de diputado, por lo que consideró jurídicamente posible que la doble postulación se pueda restringir por medio de una reforma de ley.
Morales alegó que la iniciativa busca eliminar la competencia desleal que, según indicó, surge cuando un ciudadano presenta su nombre para ambos cargos, con los beneficios mediáticos que contempla ser candidato a la Presidencia. Además, indicó que se trata de resguardar la participación de más personas en estas postulaciones.
Rocío Alfaro, diputada del Frente Amplio, reiteró que existe competencia desleal con la doble postulación y afirmó que esta práctica configura una estafa al electorado.
Danny Vargas y Francisco Nicolás, diputados del Partido Liberación Nacional (PLN), también están a favor de promover una reforma que cambie esta posibilidad.
Nicolás denunció una actitud complaciente del TSE al no presentar ninguna reforma que prohíba la doble postulación. Hace dos semanas, los magistrados presentaron a los diputados cuatro propuestas legislativas; ninguna relacionada con ese tema.
Criterio contrario
El criterio del TSE se aparta de lo señalado por la Procuraduría General de la República (PGR), que consideró posible una reforma al Código Electoral para prohibir la doble postulación, al analizar una propuesta similar de los exdiputados María Inés Solís, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y Wagner Jiménez, del PLN.
La PGR había dicho que “la opción de restringir la posibilidad de que un ciudadano pueda al mismo tiempo ser candidato a la Presidencia y a una diputación no riñe con el orden constitucional”.
El argumento del abogado del Estado es que la Constitución Política no prohíbe la doble postulación de los candidatos a presidentes o vicepresidente, pero tampoco posee contenido legal para permitirla.
Sin el aval de los magistrados del TSE y por tratarse de materia electoral, los diputados requerirían de 38 votos para aprobar la propuesta, según el artículo 97 de la Constitución Política.