La Unión Europea (UE) ve posible sacar a Costa Rica de la lista de países no cooperantes en materia tributaria mediante un proyecto de ley presentado por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), al considerar que el plan del Gobierno carece de viabilidad política, aunque lo considera más integral.
Ambas iniciativas buscan eliminar la doble no imposición de ganancias obtenidas en el extranjero con inversiones pasivas. Sin embargo, la del gobierno está ligada a una reforma que aumentaría el cobro de impuestos en el territorio nacional.
La doble no imposición ocurre cuando los sistemas tributarios permiten que una persona no pague impuestos ni en un país ni en otro. Costa Rica fue incluida en la lista negra de la UE debido a que su legislación facilita esta situación.
La solución consiste en una reforma legal para gravar las rentas que las personas obtengan en el extranjero producto de inversiones pasivas, como rendimientos de bonos bursátiles o dividendos por la compra de acciones.
Para que la iniciativa del PUSC sea avalada, la UE establece la condición de que se asemeje a la ley aprobada en Uruguay, país que reformó su régimen de excepciones a las rentas pasivas generadas en el exterior y salió de la lista negra.
Así lo indicaron los representantes de la Unión Europea, Anna Manitara y Gabriel Annolino, quienes comparecieron de manera virtual, este jueves, ante la comisión legislativa especial que debate la propuesta para sacar a Costa Rica de dicha lista.
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La iniciativa del PUSC se inspiró en la legislación uruguaya. La UE sugiere que la propuesta se ajuste lo más posible a la de ese país.
Los europeos piden incluir la regulación de activos intangibles generados en el exterior. Tal es el caso de regalías por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fábrica, nombres comerciales y derechos de autor sobre obras literarias, artísticas, científicas o digitales.
Por lo demás, el texto del PUSC ya contiene elementos de la legislación uruguaya como la inclusión de normas de sustancia económica para calificar empresas.
Las normas de sustancia económica son parámetros para distinguir empresas reales de empresas de papel.
Las reales son aquellas que cuentan con recursos humanos, inversiones e instalaciones en territorio nacional, toman decisiones estratégicas y asumen riesgos.
Las empresas reales recibirían un crédito fiscal para descontar el impuesto local si pagaron tributo en el exterior por sus ganancias, mientras que las empresas de papel pagarían el tributo.
El término de firmas de papel se refiere a personas que creen sociedades en Costa Rica para efectuar inversiones en el exterior y aprovechar el portillo tributario.
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El proyecto del PUSC también plantea fortalecer normas para evitar el uso abusivo de convenios internacionales en materia tributaria y evitar la discrecionalidad de la administración tributaria al calificar el tributo o sus excepciones. Estos son los parámetros que contiene la legislación uruguaya, según la UE.
Según los diputados Daniela Rojas, del PUSC, y Paulina Ramírez, de Liberación Nacional (PLN), el proyecto del PUSC ya incluye estas normas.
Por otra parte, Manitara y Annolín reconocen que, aunque el plan del Gobierno también plantea una reforma integral de la ley tributaria con el mismo objetivo, es decir, sacar a Costa Rica de la lista gris, podría no tener viabilidad política en la Asamblea Legislativa.
El plan del Gobierno está vinculado a la propuesta de implementar la renta global, lo cual ha generado controversia entre las bancadas debido al aumento de los tributos que señalan los diputados.
Esta propuesta implicaría gravar a las personas con base en todos sus ingresos en lugar del esquema actual, que aplica impuestos individuales por cada ganancia. Además, plantea un impuesto plano del 30% sobre las empresas, independientemente de su tamaño, en lugar de la escala progresiva actual que va del 5% al 30%.
Los expertos de la UE informaron a la comisión que, para sacar al país de la lista de países no cooperantes en materia fiscal, es necesario que haya una reforma en vigor, no solo aprobada, para el próximo mes de octubre, momento en el que se tomará la decisión.
Sin embargo, para el 15 de setiembre, cuando se reúnen los representantes de los estados miembros de la UE, se requiere tener la información de la reforma para iniciar las evaluaciones.
“No es solo adoptarla (aprobarla), sino que esté vigente. En la medida de que no esté vigente no puede considerarse como una enmienda suficiente”, advirtió Manitara.
Sin embargo, para el 15 de septiembre, fecha en la que se reúnen los representantes de los estados miembros de la UE, se debe contar con la información completa de la reforma para que se puedan iniciar las evaluaciones.