Decenas de vecinos de San Rafael de Heredia viven angustiados por la incertidumbre de perder sus casas, a raíz de una ley promulgada hace 135 años para proteger las fuentes de agua.
El Estado les permitió registrar sus propiedades, obtener servicios públicos y hasta hipotecar los bienes, pero ahora debe recuperar los terrenos para cumplir con una ley de protección ambiental.
Un fallo reciente de la Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) tomar acciones para hacer valer la ley 65, y proteger una enorme área geográfica alrededor del volcán Barva.
La ley 65 fue redactada en 1888 por el geógrafo suizo Henri Pittier, y en ella se declaró inalienable (imposible de vender, donar o ceder) una zona de terreno de dos kilómetros de ancho a cada lado de la cima del volcán Barva, entre los cerros Zurquí y Concordia.
La decisión se tomó al considerarla una zona “de utilidad pública para la conservación de las montañas en que tienen origen los arroyos y manantiales que abastecen de agua a la provincia de Heredia y parte de la de Alajuela”.
El Estado nunca hizo valer la ley, no recuperó los terrenos ni empezó ningún proceso con ese fin.
Sin embargo, hace un mes, la Sala Constitucional falló un recurso de amparo en favor del derecho al ambiente, y ordenó al ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, tomar acciones para recuperar los terrenos de las montañas de Heredia que fueron declarados patrimonio natural.
Cientos de dueños con propiedades dentro de la zona inalienable se mantienen en vilo. Un artículo de La Nación publicado en mayo del 2011 reportó que eran 1.100 propietarios afectados; hoy podrían ser más.
Entre ellos se encuentra doña Sonia Castañeda, quien hace cuatro años le compró su casa a un banco. Ella se enteró hace apenas tres semanas de que su hogar está en una zona inalienable, y no puede venderlo, ni modificarlo. La entidad bancaria no le dijo nada al respecto.
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Castañeda y su familia unieron los ahorros de toda su vida para comprar esta propiedad y aún deben al banco parte de la casa. Ella reclama que, cuando solicitó permisos y realizó el traspaso, el inmueble no aparecía como embargado, gravado o inalienable. Todo lo hizo de acuerdo a la ley.
“Es una incertidumbre, no sabemos si nos van a sacar, si vamos a continuar, cuánto dinero vamos a gastar en procesos legales defendiéndonos, de algo que adquirimos honestamente con nuestro esfuerzo y trabajo de toda la vida”, relató la afectada, quien vive en las proximidades del hotel El Tirol.
Doña Ethel Ledezma es una más de las afectadas por la ley 65, y llora cada vez que habla de este tema, porque lleva diez años sin dormir pacíficamente.
Ella compró su casa hace 23 años, y al igual que Castañeda, realizó todos los tramites que la ley determina. Asegura que la Municipalidad de San Rafael, el Registro Nacional de la Propiedad y la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) le dieron todos los permisos que solicitó.
“Cuando nos enteramos, mi esposo y yo no dormíamos y, ahora, con el fallo de la Sala IV vuelve a despertarse ese sentimiento, es principalmente de incertidumbre. ¿Qué vamos a hacer?”, expresó Ledezma.
Don Fabio León es un adulto mayor que vive desde hace 37 años en su casa rústica incrustada entre árboles. Él adquirió la propiedad cuando en el barrio habían solo dos inmuebles, y ninguna institución del Estado le negó permisos.
León defiende que su casa, lejos de representar una amenaza para el ambiente, convive con el ecosistema. Además, tanto León como Ledezma y Castañeda sostienen que están al borde de los dos kilómetros que cubre la zona inalienable. En el caso de doña Ethel, se encuentra 50 metros dentro de este límite.
De hecho, a tan solo 100 metros de la casa de Ledezma se encuentra una propiedad de la ESPH, la cual tampoco puede ser utilizada luego del fallo de la Sala IV.
Actualmente, el área inalienable se encuentra demarcada por mojones que colocó el Minae en el 2013, luego de una sentencia constitucional dirigida al entonces ministro de Ambiente, René Castro Salazar.
Fabio León, quien es abogado pensionado, mantiene la esperanza de que un antecedente del 2013 permita liberar sus propiedades.
Él y sus vecinos aseguran que algunas propiedades dentro de la zona inalienable fueron liberadas mediante la resolución 165 del 2014, firmada por el exministro René Castro, la cual estableció que una de las fincas del residencial estaba fuera de la aplicación de la ley 65.
Por tanto, esperan que con la ayuda del actual jerarca puedan buscar una solución.
La Nación le pidió al Minae en dos ocasiones una entrevista con el ministro Tattenbach. Sin embargo, la institución no respondió la solicitud. Solamente respondieron que están “conformando un equipo de trabajo para buscar opciones viables a esta situación”.
El abogado Marco Maroto, representante de Ethel Ledezma, aseguró que el Estado puede recuperar las tierras que se encuentran dentro de la zona inalienable, pero deberán pagar una expropiación a cada uno de los propietarios. Además, reclamarían los impuestos pagados a lo largo de los años.
“El derecho a la propiedad está consagrado en la Constitución Política, no es tan fácil. La Sala IV omite una opinión de la Procuraduría General de la República del 2009, que dice que toda propiedad que fuera privada 10 años antes de 1888 es propiedad privada. El Estado podría recuperarlas, pero con una indemnización”, dijo el abogado.
Maroto agregó que interpusieron una gestión ante el Minae para que se apliquen los mismos criterios que con las fincas anteriormente liberadas.
“Si se aplica la jurisprudencia, como debe ser, todos los lotes del Residencial del Monte son alcanzados por esa resolución de René Castro”, concluyó el abogado, quien se encuentra a la espera de la respuesta del Minae.
El recurso de amparo señalaba que parte de estas propiedades se encuentran hoy en manos privadas, y en ellas se realizan actividades como turismo, ganadería, tala de árboles o hay casas de residencia, pese a que en la zona nacen ríos que abastecen de agua a zonas de Heredia, Alajuela y San José. Parte de esta área colinda con el Parque Nacional Braulio Carrillo.
Los magistrados ordenaron al ministro girar instrucciones para que, en seis meses, se identifique la totalidad de los terrenos y que, en los seis meses siguientes, se coordinen las acciones para recuperarlos.