Un proyecto de ley, que ya fue aprobado en primer debate, permitiría a las víctimas de violaciones o abusos sexuales cometidos por familiares denunciar los hechos, ante la justicia, sin importar cuántos años hayan pasado desde que se cometió el delito. El plan establecería la imprescriptibilidad en este campo.
La iniciativa fue aprobada en primer debate el pasado 28 de abril, en la última sesión de los legisladores del período 2018-2022. Queda pendiente el segundo debate, el cual recaería en los nuevos diputados, si el Gobierno pone el tema en la agenda legislativa.
El expediente propone una modificación al artículo 31 del Código Procesal Penal, agregando un párrafo donde se declare que los abusos sexuales incestuosos no prescriben, como sucede con los crímenes de lesa humanidad.
El párrafo que se agregaría al Artículo 31 sería el siguiente: “Cuando se trate de delitos de violación o de abuso sexual y el autor mantenga una relación de ascendiente, descendiente, hermana, hermano, tío, tía, sobrina, sobrino, prima o primo hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad de la víctima, la acción penal será imprescriptible”.
Inicialmente, el texto proponía la no prescripción de los delitos cometidos contra menores de edad o personas con discapacidad. Sin embargo, conforme el proyecto avanzó en la corriente legislativa, los diputados lo modificaron para que cualquier víctima de violaciones o abusos incestuosos pueda denunciar sin importar la edad.
Según explica la exposición de motivos del proyecto, el objetivo es ofrecer mayores oportunidades de dignificación y reparación a las víctimas de este tipo de agresiones en el seno familiar, las cuales acarrean repercusiones físicas y emocionales por el resto de sus vidas.
“Este tipo de delitos se configuran a partir de una relación de poder y de un vínculo sanguíneo, al cual no se puede renunciar y se mantiene para siempre. Estas características son las que permiten comprender el porqué plantearse la posibilidad de que el delito nunca prescriba”, dice la propuesta.
Según un artículo escrito por la psicoterapeuta Beverly Engel, autora de 22 libros sobre psicología, las principales razones por las que una víctima de agresión sexual no denuncia son la vergüenza, el estado de negación, posibles consecuencias, baja autoestima, sentimientos de impotencia y falta de información.
El plan fue presentado en el 2021 por Enrique Sánchez Carballo, exdiputado del Partido Acción Ciudadana (PAC).
Actualmente el Código Penal establece que los delitos cometidos contra menores de edad prescribirán 25 años después de que la víctima alcance su mayoría de edad, es decir, tendrían hasta los 43 años de edad para acudir a instancias judiciales. Así lo fijó una ley aprobada en el 2019.
Las denuncias por abusos sexuales contra personas menores de edad crecieron en un 74% del 2004 al 2017. Solo en el 2018, se presentaron 8.229 denuncias sobre delitos de índole sexual contra los menores de edad.
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Observaciones de Procuraduría
Un criterio de la Procuraduría General de la República (PGR), emitido tras la votación el primer debate de la iniciativa, reconoció que los legisladores cuentan con la potestad para determinar la prescripción de un delito. No obstante, hizo observaciones.
Según indicó la PGR, “con la declaratoria de imprescriptibilidad de este tipo de delitos, se podría estar afectando la seguridad jurídica, al permitirse que ciertas conductas puedan ser investigadas a perpetuidad y podrían generarse dilaciones extensas de los procesos en espera de su resolución final, lo que implicaría también una conculcación del principio de justicia pronta”.
Por otra parte, la Procuraduría consideró que, al modificarse el texto inicial, que incluía únicamente a personas menores de edad o con discapacidades víctimas de violación y abuso sexual, se estaría provocando un trato groseramente desigual”.
El ente procurador añadió que se declararían imprescriptibles delitos que no necesariamente son los más graves ni tampoco se cubriría a las poblaciones más vulnerables, como son los menores de edad.
“La explicación a este desaguisado es muy simple: si nos atenemos al texto original, que contenía la violación calificada en perjuicio de menores de edad e incapaces, era medianamente sostenible declarar la imprescriptibilidad, por ser delitos groseros, graves y en perjuicio de poblaciones realmente vulnerable. La literalidad del texto actual, ya votado en primer debate, arroja una realidad diferente, que no justifica –ni por asomo- que se les considere imprescriptibles”, concluyó la PGR.
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