Personas y empresas que producen energía solar por medio del mecanismo de generación distribuida denunciaron que las empresas eléctricas están golpeando económicamente esta actividad al introducir cambios en las reglas de juego.
Según los productores, tres compañías de electricidad los están obligando a firmar nuevos contratos para cobrarles tarifas que antes no pagaban, lo que desajusta los esquemas de financiamiento utilizados para adquirir los paneles solares.
La Cámara de Generación Distribuida (CGD) lamentó la situación en momentos en que el país urge de energía renovable, como la solar, ante la reducción del agua debido al cambio climático.
El mecanismo legal de generación distribuida es que el permite a personas y empresas producir electricidad a partir de fuentes renovables, como la solar y la eólica para su autoconsumo, con la opción de vender sus excedentes a la distribuidora de electricidad de su región.
Al vender los excedentes a la red pública, la persona o empresa obtiene un descuento equivalente a la energía transada en su recibo mensual.
Entre pequeños y grandes generadores de energía solar bajo este esquema, el país posee cerca de 5.000 techos solares, con una capacidad instalada de 150 megavatios, 15 veces el tamaño del proyecto solar que tiene la empresa eléctrica Coopeguanacaste en Huacas, Santa Cruz.
El 90% de esos techos son los que se ven afectados por las reglas de juego.
Se trata de los productores que instalaron sus paneles y firmaron contratos con sus respectivas distribuidoras antes de que entrara a regir la Ley para la Promoción y Regulación de Recursos Energéticos Distribuidos, publicada en diciembre del 2021 (10.086).
William Villalobos, director ejecutivo de la CGD, señaló que el transitorio V de la ley establece que los contratos firmados antes de la entrada de esta legislación mantendrían su vigencia hasta su vencimiento.
No obstante, agregó, las cooperativas eléctricas Coopelesca, Coopeguanacaste y Coopesantos empezaron a notificar a los productores la obligación de firmar nuevos contratos que incluirán nuevas tarifas, lo que la Cámara considera ilegal.
El 1.° de octubre, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) promulgó cuatro tarifas para el esquema de generación distribuida con base en la ley. Se trata de los cobros por interconexión, acceso, compraventa de excedentes y reconocimiento de costos a las empresas distribuidoras.
El director de la CGD explicó que en los contratos previos, algunos de los cuales tienen vigencia de hasta 10 años, solo se cobraba una tarifa de acceso.
Por esta razón, la Cámara de Generación Distribuida presentó, el 20 de octubre, una denuncia formal contra las cooperativas ante la Aresep.
William Villalobos explicó que las nuevas tarifas afectarán más a los generadores pequeños, conocidos como monómicos, con esquemas de menos de 3.000 kilovatios/hora (kw/h) al mes.
La CGD brindó a Telenoticias un ejemplo. Una casa que consume 500 kw/h al mes paga ¢53.000 en el área metropolitana de San José con el esquema tradicional, pero con paneles solares y un contrato firmado antes de la ley, la factura puede bajar a ¢8.700. Sin embargo, al sumar el efecto de las nuevas tarifas, el dueño pagaría ¢37.000.
Inseguridad para créditos y contratos de arrendamiento
Villalobos agregó que irrespetar los contratos generaría inseguridad jurídica.
“Muchos de los contratos de generación eléctrica están bajo condiciones de financiamiento; entonces, el cambio de las reglas de juego hace que la rentabilidad de estos proyectos se vea afectada.
“Hay otros proyectos bajo arrendamiento. El cliente alquila el panel solar, y si a usted como usuario de pronto le suben el costo, cancela el alquiler y pide que se lleven los paneles. Por eso, es lo sensible de esta situación. De por medio está un tema de seguridad del financiamiento bancario, un megavatio fotovoltaico cuesta $1 millón”, advirtió Villalobos.
Asimismo, el gerente de la Cámara argumentó que a ninguna ley se le puede dar efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
“Algunos usuarios no conocen la ley, no conocen de derecho y, si les llega una notificación de una empresa distribuidora, se asustan, pero no le están diciendo que con la firma del nuevo contrato automáticamente tiene que pagar más plata”, aseveró el entrevistado.
Cámara de electrificadoras defiende aplicación de nuevas tarifas a clientes antiguos
La Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (Cedet), que congrega a las 10 principales empresas electrificadoras, defiende la aplicación de las nuevas tarifas promulgadas por Aresep a partir de la Ley 10.086.
En octubre, Cedet envió un comunicado de prensa en el cual afirmó que a los usuarios “con un contrato vigente con su empresa distribuidora les aplica y deben pagar las tarifas recientemente aprobadas por Aresep”.
El documento agrega que “si su contrato no tiene fecha de vencimiento, igualmente tendrá que pagar los nuevos montos que entraron a regir”.
Dicha cámara sostiene que las tarifas anteriores ya no se aplican.
El argumento utilizado por Cedet es que las tarifas de los servicios no se fijan por medio de un contrato, sino que lo hace la Aresep.
La Cámara insistó en que “los usuarios con contratos vencidos deben firmar uno nuevo”.
Sobre la queja de los generadores solares, Rubén Zamora, asesor jurídico de Cedet, dijo: “Si estaban tan seguros de su argumento contra las tarifas, ¿por qué no presentaron un recurso contra las resoluciones (de la Aresep)?”.
Denuncia ante Aresep
La Nación consultó a la Aresep para conocer su criterio sobre esta situación. La Autoridad Reguladora aseguró que las tarifas “aplican a todos los nuevos contratos”, sin embargo, agregó que “los contratos anteriores tienen que ser renegociados o actualizados por las partes”.
Al preguntársele qué ocurría con las personas que aún tienen contratos vigentes, la Aresep aseguró que es el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) el que debe pronunciarse, ya que la confusión se genera a partir de lo dispuesto por la ley y su reglamento, no por las tarifas.
La entidad informó de que, luego de que Minae promulgó el nuevo reglamento de la Ley 10.086, automáticamente se derogó el anterior, en el cual se basaban los contratos antiguos.
La Aresep sostiene que esto pudo generar confusión, ya que el transitorio VI establece que los contratos vigentes antes de la ley, emitidos al amparo del reglamento anterior, seguirían rigiéndose por los estatutos antiguos hasta la aprobación del nuevo reglamento, lo que podría implicar que los contratos sujetos al reglamento anterior pierdan vigencia.
El director ejecutivo de la CGD lamentó que Cedet no quiera aprovechar energía limpia de fuente solar en momentos de crisis climática por el fenómeno El Niño.
“El sol podría contribuir significativamente a reducir las importaciones de combustibles diésel y búnker que se hacen para suplir con generación térmica, lo que genera altos costos en electricidad”, dijo.
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