Quince empleados del Hospital San Carlos fueron enviados a sus casas y suspendidos sin goce de salario por su rechazo a vacunarse contra covid-19, condición obligatoria para todos los empleados de los servicios de salud desde febrero de 2021.
Édgar Carrillo, director de ese centro médico, confirmó la medida y aseguró que les dieron dos días hábiles para aplicarse la primera dosis. De persistir la negativa, la institución les abrirá procedimientos administrativos para establecer las sanciones que correspondan, una de las posibilidades es el despido sin responsabilidad patronal.
Esta acción fue tomada luego de la orden que giró la Gerencia General y la Dirección Jurídica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el 3 de febrero. Según esta, se debía sacar de las instalaciones de la entidad a los empleados que se oponen a recibir la vacuna.
La instrucción está fundamentada en disposiciones legales del Código de Trabajo, la Ley General de Salud, la Ley Nacional de Vacunación, decretos ejecutivos y pronunciamientos de la Sala Constitucional.
“Estamos siguiendo al pie de la letra lo indicado por la Gerencia General y la Dirección Jurídica, aquí retiramos 15 funcionarios. Desde el ingreso de la circular, inmediatamente no se les permite ingresar al Hospital San Carlos. Primero, obviamente, se les notificó como corresponde, se les indicó que debían vacunarse y que de lo contrario no pueden llegar a trabajar”, comentó Carrillo.
LEA MÁS: CCSS ordena sacar de clínicas y hospitales a funcionarios sin vacuna contra covid-19
Entre las 15 personas retiradas del centro médico hay funcionarios administrativos y profesionales de varias áreas, pero no hay médicos. La cifra representa el 1% de la planilla del Hospital, aproximadamente.
De ese grupo, un funcionario ya accedió a vacunarse. Además, ya se abrieron tres expedientes administrativos para fijar las sanciones que correspondan; el resto se abrirá en los próximos días.
“Solo una persona de las 15 ha tomado la decisión de vacunarse, el resto lo que hace es protestar, ellos tienen ese derecho también (...) Hubo un caso de un funcionario que se quedó en la parte externa del Hospital, aduciendo que había venido a trabajar, pero no se le dejó entrar”, añadió Carrillo.
Meses atrás, el Hospital de San Carlos dio a conocer que uno de sus ingenieros en sistemas rechazaba la inoculación por temor a ser rastreado por un satélite ruso.
Al menos 1.003
Leyes, decretos ejecutivos y reglamentos internos obligan a los trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a vacunarse contra la covid-19. Sin embargo, al menos 1.003 funcionarios de hospitales, áreas de salud, Ebáis y direcciones regionales rechazan la vacuna contra el coronavirus.
Entre esos 1.003 casos, 267 ya enfrentan procesos administrativos por negarse a ser inmunizados. Los datos constan en el oficio GM-18205-2021, firmado por Randall Álvarez, gerente médico de la CCSS, el 13 de diciembre de 2021. La Nación tiene copia de ese documento.
De los 267 procesos disciplinarios, 66 (24%) corresponden a la Dirección de Red Integrada de Prestación de Servicios de Salud Central Norte, allí están agrupados centros médicos como el Hospital de Alajuela, San Carlos, Grecia, San Ramón, Heredia y áreas de salud de esas localidades.
En la nota, Álvarez le recuerda a las jefaturas su obligación de instruir procedimientos administrativos contra los trabajadores que se nieguen a vacunarse sin tener una justificación médica.
Normativa
La orden de la Gerencia General y la Dirección Jurídica para retirar al personal antivacunas de la CCSS recuerda que el artículo 71 inciso h del Código de Trabajo establece la obligación del trabajador de observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patronos para seguridad y protección personal de ellos o de sus compañeros de labores, o de los lugares donde trabajan.
Además, los artículos 214 y 284 de esa misma norma obligan a todo empleador a cumplir con las normas y disposiciones legales y reglamentarias de salud ocupacional.
Asimismo, artículos de la Ley General de Salud dan potestad a la Caja y a cualquier otro patrono para exigir la vacunación para su personal.
“Son obligatorias la vacunación y revacunación contra las enfermedades transmisibles que el Ministerio de Salud determine”, dispone el artículo 150 de esa legislación. El 152 también indica que “toda persona está obligada a mostrar los certificados de vacunación y de salud de conformidad con los reglamentos respectivos”.