Cuatrocientos millones de dólares: ¢216.800 millones. Ese es el pago que exigen 525 exobreros costarricenses a las firmas bananeras y fabricantes del pesticida que les transformó la vida hace casi 30 años: el Nemagón.
1967-79
DBCP en bananeras. Las bananeras utilizaron los plaguicidas Nemagón y Fumazone (con DBCP) durante 12 años, antes de que se comprobaran los daños a la salud.
2001
Ley para pagar.En el 2001 se creó la Ley 8.130 para indemnizar a los exbananeros afectados, y se conformó la Unidad Ejecutora Técnica (con INS, CCSS y Trabajo) para tramitar casos.
2010
Sala IV ordena trámite.Tras acoger un recurso de amparo, la Sala IV obligó al INS la realización de pruebas médicas a los extrabajadores, y ordenó pagarles dos meses después de eso.
2014
Bloquean Congreso.La falta de respuesta del Estado para pagar las indemnizaciones movió a varias decenas de afectados a manifestarse en puertas de la Asamblea Legislativa.
2014
Sala IV obliga a resolver. La Sala acogió un recurso de amparo presentado por la Defensoría, y obligó al Estado a reglamentar la Ley 8.130 en un máximo de dos meses.
“Lo hicieron al propio; conocían los terribles efectos del químico y aun así lo aplicaron por años. Nos arruinaron la vida”, coinciden algunos de los 525, décadas más viejos.
Ellos persiguen la indemnización de $250.000 (unos ¢135 millones) por afectado para cubrir daños y perjuicios, aún conscientes de que podría ser muy tarde para ver subsanados sus sufrimientos físicos y morales.
El Nemagón y el Fumazone (fórmula dibromo cloro propano, DBCP) fueron pesticidas altamente tóxicos que se rociaron en las fincas bananeras entre 1967 y 1979, para combatir la plaga de los nematodos.
Estas fincas se ubicaban en Río Frío de Sarapiquí; Guápiles, Pococí; Valle La Estrella, Limón; Palmar Norte y Sur, y Golfito de Puntarenas. Muchos de quienes se expusieron al DBCP quedaron estériles, con atrofia testicular, cáncer, ceguera, dermatitis... Eso no solo sucedió en este país; también en cientos de plantaciones en Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y Perú.
En este caso, los demandantes se basan en cartas oficiales entre los altos jerarcas de las firmas para sostener que, desde 1950, estos conocían sobre la alta toxicidad del DBCP y su impacto en los testículos.
Según los afectados, eso no hizo que dieran la alerta o cesaran la venta de lo que ellos mismos llamaban “el anticonceptivo masculino”.
Su uso aquí continuó incluso después de 1977, cuando, tras comprobarse su peligrosidad, se prohibió en Estados Unidos.
Se enfrentan a este litigio Shell Oil y Dow Chemical –fabricantes del nematicida– y las compañías bananeras Del Monte y Chiquita Brands, North America e International.
Se vieron involucradas las firmas Dole Food y Standard Fruit, mas estas quedaron ‘libres’ tras lograr finiquitos a cambio de desembolsos que, en criterio de algunos afectados firmantes, resultan irrisorios.
La Nación intentó contactar a los representantes legales de la parte demandada, pero solo obtuvo respuesta de dos de ellos.
Luis Gómez, de Del Monte, dijo que no adelantará criterio, y Ed Loyd, de Chiquita, consideró que queda largo trecho para que los demandantes puedan demostrar que resultaron afectados.
Lento. La demanda (expediente 12-111-182-CI) se presentó el 17 de mayo del 2012, pero aún no supera la etapa de excepciones previas. Ingresó a la Sala I el 23 de setiembre para definir si el caso compete a los tribunales de Trabajo o a los civiles.
Este proceso no nació aquí; se inició en el 2004 en el Tribunal Superior del estado de California, Estados Unidos, con las demandas de cientos de afectados.
Una serie de trabas a la hora de recopilar pruebas, por ejemplo, motivó a las partes a acogerse a la figura del forum non conveniens , por lo que el caso fue transferido a Costa Rica. El bufete texano Provost Umphrey lo cedió al costarricense Ágora Asociados.
Según Gustavo Koutsouris e Ivannia Zúñiga, abogados a cargo, los demandados no han mostrado interés en lograr acuerdos, sino que solo “desinforman y evaden las culpas”.
“Los acusados están pidiendo la desestimación y que se condene a los exobreros a pagar las costas del proceso, por demandar injustamente. Alegan que quieren favorecerse de padecimientos ajenos al DBCP” , dijo Zúñiga.
“Estamos hablando de temas que superan plazos legales; estamos hablando de derechos humanos. Todos los demandados parecieron ponerse de acuerdo, presentaron casi que los mismos alegatos, las mismas excepciones”, explicó Koutsouris.
“Aquí hubo una notoria mala fe y eso, a la hora de condenar a las empresas, debe ser valorado. Ellos sabían del daño que estaban causando, y aunque después pusieron advertencias en la etiqueta, los trabajadores desconocían las medidas de seguridad”, declaró Zúñiga.
Esta primera demanda incluye a 525 afectados directos y una segunda, por presentarse pronto, incluirá a 773 adicionales.
Procesos como estos resultan tan onerosos que tocarían incluso el bolsillo del Estado, sobre todo si los cientos de trabajadores son enviados a la Medicatura Forense para realizarse los exámenes que servirían de prueba.
El Ministerio de Trabajo, por su parte, está a punto de publicar un reglamento para definir indemnizaciones del Estado para afectados directos y para familiares