El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) informó, este sábado 15 de mayo, que al menos 126 familias en condición de pobreza o pobreza extrema han recibido fondos para costear los gastos funerarios de parientes en el sistema hospitalario o fuera de este por covid-19.
El dato corresponde a beneficios otorgados desde agosto del 2020, que incluyen pago de transporte para traslado del cuerpo del centro médico a su zona de residencia en el país y costos del acta de defunción si ésta se requiere.
A la fecha, la entidad ha girado ¢50,3 millones en este acompañamiento, con un promedio de ¢400.000 por caso.
El Instituto reitera a la población necesitada que el beneficio de emergencia sigue vigente y dirigido a familias de muy escasos recursos.
El otorgamiento del dinero puede darse en dos tipos de situaciones.
Una de estas es por fallecimiento hospitalario cuando la persona muere en el centro médico, por lo que la familia afectada debe reportar la necesidad de apoyo ante el personal de Trabajo Social del hospital, el cual se comunica con el IMAS.
La otra es cuando el fallecimiento por covid-19 es en el hogar. En ese caso, la familia llama al número 1322 para reportar y solicitar el apoyo.
Los representantes de la central telefónica luego contactan al IMAS para informar del requerimiento y enlazar al personal con la familia necesitada.
El acta de defunción también puede gestionarse mediante el apoyo del IMAS o en colaboración con el Colegio de Médicos y Cirujanos, entidad que también dona ese certificado para personas en vulnerabilidad.
Una vez que la familia en pobreza o pobreza extrema cuente con el certificado de defunción ligado al nuevo coronavirus, el IMAS le solicitará varios requisitos para obtener el beneficio por gastos funerarios que incluyen: cremación, caja fúnebre y traslado del cuerpo.
Los documentos se presentan con carácter de urgencia y de forma no presencial al medio electrónico que se disponga de las Áreas Regionales de Desarrollo Social (ARDS) y Unidades Locales de Desarrollo Social (ULDS) del IMAS.
Requisitos para el beneficio
Las familias que quieran solicitarlo deben presentar de forma digital:
- Copia de un documento de identidad de la persona fallecida y de la persona que está realizando el trámite.
- Declaración jurada de ingresos cuando corresponda.
- Acta de defunción que indique que la causa de muerte es por SARS-CoV- 2/COVID-19 o un factor asociado a éste.
- Factura proforma por servicio fúnebre. En caso de cubrir el costo de elaboración del acta de defunción, se debe dar el detalle en la factura que extiende la funeraria.
- Cédula jurídica de la funeraria y número de cuenta.
- Firma de la autorización de pago al proveedor.