La Gerencia General de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) abrió una nueva investigación contra el gerente de Logística, Luis Fernando Porras Meléndez y su asesor, Hans Vindas Céspedes, por “pérdida objetiva de confianza”.
Según el traslado de cargos 20-001-PA-1100, a Porras y Vindas les imputan haber actuado al margen de la ley en las millonarias compras de mascarillas y otros aditamentos para proteger al personal médico del contagio de la covid-19.
Los señala de suprimir etapas en los procesos de compras de emergencia durante la pandemia, variar reglas, atribuirse funciones que no les correspondían y eliminar el pago de garantías de cumplimiento por parte de los proveedores, entre otros.
Con esas actuaciones no apegadas a la ley, según la institución, se generaron riesgos financieros y de imagen para la Seguridad Social y se comprometió la salud del personal médico pues muchas mascarillas adquiridas no resultaron de uso médico.
“Se abrió un nuevo procedimiento contra dos funcionarios por pérdida objetiva de confianza (...) Ellos tenían, en apariencia, la responsabilidad directa de aplicar los procedimientos que dispone la normativa de la Caja Costarricense de Seguro Social”, dijo Roberto Cervantes, gerente General de la CCSS ante una consulta de La Nación.
Cervantes agregó que no puede referirse en detalle a este tema por tratarse de un caso bajo investigación.
Para desarrollar esta pesquisa, la Caja nombró un grupo de tres abogadas de la entidad, pero ajenas al Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos (CIPA), órgano encargado de ejecutar esos procesos en la CCSS.
Se trata de Ana Gabriela Bolaños Arias, Heyleen María Walsh Miranda y Zeidy Benavides Campos. Ellas deberán entregar un informe, según el artículo 115 de la Normativa de Relaciones Laborales, en dos meses.
A partir de las recomendaciones incluidas en ese informe, las autoridades de la CCSS establecerían eventuales sanciones o absolverían a los involucrados.
De acuerdo con la normativa, el gerente de Logística y su asesor se exponen a amonestaciones escritas, verbales, suspensiones sin goce de salario o despido sin responsabilidad patronal.
La Gerencia General confirmó que Vindas, suspendido con goce de salario desde agosto del 2020, fue notificado de la nueva causa este martes y está pendiente la notificación de Porras, también suspendido con goce de salario desde el año pasado.
Cuando se completen las notificaciones, el siguiente paso será fijar una fecha para la realización de una audiencia oral y privada para que los investigados ejerzan su derecho de defensa.
La Nación llamó y envió correos electrónicos a Porras y Vindas para conocer sus versiones sobre este asunto, pero no respondieron.
Con esta investigación, Porras acumula cuatro procesos administrativos en su contra y Vindas tres.
Ambos son los principales señalados por supuestas irregularidades en compras millonarias de mascarillas a proveedores inexpertos, un pago adelantado por $1,3 millones a un proveedor, intermediación para ingresar ofertas fuera del plazo establecido y la contratación de tres vuelos chárter, por $1,2 millones, para traer donaciones de mascarillas y otros desde China.
Los casos surgieron tras una investigación periodística publicada por La Nación en agosto del 2020.
Las publicaciones provocaron la apertura de investigaciones por parte del Ministerio Público por los presuntos delitos de tráfico de influencias e influencia contra la Hacienda Pública.
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Argumentos
En el nuevo procedimiento, la CCSS señala nueve cargos contra Porras y cuatro contra Vindas.
Entre los elementos tomados en cuenta para abrir el expediente disciplinario están los testimonios de Lilliana Abarca Fallas, analista de la CCSS, y Juan José Acuña, funcionario de la Gerencia Financiera, en la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público.
También consideraron oficios en los que Porras delega funciones claves a Vindas y varias publicaciones periodísticas, pues afirman que los hechos expuestos ponen en riesgo la reputación y finanzas de la entidad.
La comisión legislativa investiga, desde hace varios meses, presuntas anomalías en la compra de mascarillas y respiradores KN-95 en la CCSS durante la pandemia.
Abarca señaló a Vindas como una de las personas que influyó para que la Comisión Técnica Ad-Hoc, encargada de aprobar las mascarillas a comprar, pasara por encima de la normativa y sesionara de manera urgente para aprobar las ofertas presentadas por MR Comunicaciones Políticas, de la periodista española Miren Martínez Ruiz, y el contador público costarricense, David Landergren Castro, para la adquisición de 12 millones de tapabocas por $4 millones.
A pesar de no contar con experiencia como proveedores de la CCSS, la contratación fue adjudicada a favor de comunicadora y el contador el 27 de mayo anterior.
No obstante, los dos proveedores incumplieron de forma parcial y total los plazos de entrega, comprometieron el abastecimiento de cubrebocas y obligaron a la CCSS a empezar nuevas compras de emergencia.
Por su parte, Acuña manifestó ante los legisladores que Vindas fue la persona que le ordenó pagar por anticipado $1,3 millones a MR Comunicaciones Políticas por 570.000 respiradores filtrantes de partículas KN-95 que no cumplieron con las especificaciones técnicas por ser de uso no médico y que permanecen embodegados sin poder utilizarse.
La transferencia por adelantado fue revelada por este diario el 24 de noviembre anterior.
Documentos oficiales demuestran que los respiradores fueron cancelados el 7 de mayo del 2020 por medio de una transferencia internacional hecha por la CCSS a una cuenta de la compañía Kai Gifts Inc Dba Bazarkai en el Citibank New Castle, en Delaware, Estados Unidos. Esa empresa es representada en Costa Rica por MR Comunicaciones Políticas.
Contrario a los reglamentos institucionales, la CCSS canceló los 570.000 respiradores a pocas horas de arribar al aeropuerto internacional Juan Santamaría, en Alajuela, sin ser inspeccionados por técnicos de la institución.
La revisión de los dispositivos ocurrió, de acuerdo con el expediente de ejecución del contrato, hasta el 13 de mayo, es decir, seis días después de la transferencia internacional.
FUENTE: CCSS || DISEÑO / LA NACIÓN.
Qué es ‘pérdida objetiva de confianza’
A pedido de La Nación, Ronald Gutiérrez, abogado especialista en Derecho Laboral, explicó que el Código de Trabajo establece, en el artículo 81, diversas causales de despido sin responsabilidad patronal por existir faltas graves por parte del trabajador.
El experto detalló que, entre esas fallas graves, está incluida la pérdida objetiva de confianza.
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“El inciso L de ese artículo establece lo que conocemos como numerus apertus porque se refiere a cualquier otra falta grave al contrato de trabajo; al establecer cualquier otra falta grave nos deja cierta apertura para determinar causales que dependen de las situaciones específicas de cada caso (...) Ahí es donde entra la pérdida objetiva de confianza o el daño a la imagen institucional”, comentó Gutiérrez.
El abogado agregó que en estos procedimientos debe acreditarse esa pérdida de confianza.
“Esto no puede basarse en una mera percepción o en una mera valoración subjetiva, sino que debe acreditarse un quebranto grave a las obligaciones que impone el contrato laboral o a las obligaciones impuestas por el puesto del trabajador o, incluso, a la buena fe que debe regir cualquier relación laboral”.