Cualquier mujer que haya tenido una relación sexual con posibilidad de embarazo y desee evitarlo, podrá acceder a la anticoncepción de emergencia en centros de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Esa entidad informó la mañana de este miércoles que la medida rige con la publicación del nuevo lineamiento, el pasado 16 de abril. Anteriormente, el fármaco solo estaba disponible para víctimas de agresión sexual.
“Es importante aclarar a la población que estos medicamentos no son abortivos. Como parte de la educación, es necesario decir que impiden la concepción, pero no malogran una concepción ya realizada” explicó la ginecóloga Angélica Vargas Campos.
La también llamada “pastilla del día después” previene el embarazo de la misma manera como lo hacen las pastillas anticonceptivas regulares, es decir, previniendo o demorando la liberación de un óvulo de los ovarios de la mujer o impidiendo que el espermatozoide fertilice al óvulo.
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El lineamiento publicado a mediados de abril indica que la anticoncepción de emergencia puede ser usada por cualquier mujer en edad fértil que la necesite, el acceso se dará en todos los niveles de atención.
Las píldoras deben tomarse lo antes posible después del coito sin protección y dentro de un plazo máximo de 120 horas.
Sin embargo, se informará a la solicitante que la eficacia de esta anticoncepción se reduce cuanto más se prolongue el intervalo entre la relación sin protección y la toma del medicamento.
La Caja indicó que con este lineamiento se procura ofrecer diversas posibilidades a las mujeres, ajustarse a las características y necesidades de cada persona e impactar positivamente la salud sexual de la población.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que las mujeres en riesgo de embarazo no deseado tienen derecho a la anticoncepción de urgencia, por lo cual este método debe estar disponible en todos los programas de planificación familiar.
¿En qué casos se puede tomar la “pastilla del día después”
El lineamiento de la Caja describe las razones frecuentes descritas en el “Programa Nacional de Indagación Científica para la Educación en Ciencias y la Federación Internacional de Gineco-obstetricia”, en el cual se exponen algunas situaciones en las que esta píldora puede ser utilizada:
- Cuando no se usó un método anticonceptivo.
- Cuando el anticonceptivo fue utilizado de manera incorrecta: por ejemplo, interrupción u olvido consecutivo de tres o más píldoras y retraso de más de dos semanas en la colocación del inyectable.
- Cuando se usó el método correctamente, pero se observó su falla: por ejemplo, cuando un condón se rompe o un diafragma se sale de su lugar.
- Cuando una mujer desprovista de protección anticonceptiva eficaz es atacada y sucede la violación.
Los efectos secundarios derivados del uso de las pastillas anticonceptivas de emergencia son similares a las píldoras que se toman diariamente, conocidas como pastillas de planificar. Estos van desde náuseas y vómitos hasta ligeros sangrados vaginales irregulares y fatiga.
Estos efectos secundarios son poco frecuentes, leves y normalmente se resolverán sin necesidad de ninguna otra medicación.
La Caja además indicó que este tipo de anticonceptivos no dañan la fertilidad futura.
Según la Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (Ministerio de Salud, 2015), el 49,8% de las mujeres y 32,2% de los hombres no deseaban su último embarazo.
La mayoría de ellos porque no deseaban tener más hijos y un porcentaje menor porque esperaban tenerlos en otro momento.
El lineamiento indica que al solicitar la píldora, se facilitará información sobre los métodos regulares disponibles y asesoramiento sobre cómo utilizar cada uno de ellos correctamente, en caso de que se perciban fallas en el método utilizado.
Los funcionarios, además, indagarán sobre posible violación. En caso afirmativo, se activaría el protocolo de atención a las víctimas, que se realiza en las primeras 72 horas tras el ataque.
Asimismo, se consultará sobre el método usado regularmente y, en caso de no tenerlo, se puede prescribir uno de uso regular, junto a la anticoncepción de emergencia.
El funcionario, igualmente, deberá consultar si es una usuaria con reincidencia en la solicitud de anticoncepción de emergencia. De ser así, se deberá realizar la consejería, la prescripción y emitir la referencia a consulta al Ebáis para facilitar la consulta integral de anticoncepción.