El artículo 203 de la Ley General de Administración Pública establece que si un funcionario público le causa un daño a un tercero “por dolo o culpa grave” la indemnización económica deberá cargarse al trabajador.
No obstante, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) dejó prescribir un proceso disciplinario contra Donato Salas, un médico cuya condena de dos años de prisión por el homicidio culposo de un bebé de 10 meses, quedó firme en julio de 2019. Por esa razón, la indemnización de ¢37,8 millones que se debió pagar a la víctima la asumió la institución con dinero de los asegurados.
Se intentó conocer la versión de Salas sobre la situación, pero se negó a responder preguntas para este reportaje.
De acuerdo con el expediente 99-200540-0305-PE, en marzo de 1999, la madre y la abuela del menor acudieron al Hospital San Rafael de Alajuela porque el niño presentaba vómitos y diarrea. No obstante, en el centro médico no recibieron una atención correcta y oportuna e incluso el médico indicó en el expediente que el bebé no sufría deshidratación.
En el proceso judicial, el Ministerio Público acreditó que Salas no le dio seguimiento a la evolución del paciente y “desatendió las solicitudes de ayuda que le hicieron la madre y la abuela del menor al no acercarse a valorar el estado físico”.
Según la sentencia, las parientes del niño enfermo llamaron en varias ocasiones al doctor y a una enfermera –que también fue condenada a un año de prisión– para advertir que el bebé se estaba poniendo morado, convulsionaba y no reaccionaba, sin embargo, no les prestaron atención.
Los jueces determinaron que el médico actuó con “desidia”, por lo que también ordenaron su inhabilitación para el ejercicio de la Medicina por un año. Según el Colegio de Médicos de Costa Rica, Salas cumplió esa sanción entre el 6 de junio de 2019 y el 6 de agosto de 2020.
A pesar de la gravedad de los hechos, las autoridades institucionales permitieron la prescripción del procedimiento administrativo para cobrar los ¢37,8 millones por el fallecimiento del menor. Así consta en el oficio GM-17771-2021, suministrado por la Gerencia Médica de la CCSS a solicitud de La Nación.
Según la Caja, Salas sigue laborando en la entidad como médico en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Calderón Guardia.
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¿Qué pasó con la prescripción?
Para obtener justicia, la familia del menor tuvo que enfrascarse en dos décadas de disputa judicial. Hasta 2019, una sentencia en firme condenó a la Caja a pagar una indemnización por ¢37,8 millones.
Cuando la institución intentó cobrarle esa suma a Salas, como lo dispone la legislación, abrió un proceso administrativo en agosto de ese mismo año, pero durante 10 meses la Gerencia Médica, el Hospital San Rafael y el Hospital Calderón Guardia sostuvieron una controversia sobre cuál de los dos centros debía realizar la pesquisa.
La discusión radicó en que cuando ocurrieron los hechos, Salas era funcionario del Hospital San Rafael, pero cuando intentaron cobrarle la compensación laboraba en el Calderón Guardia. Al final, cuando se trasladaron cargos contra Salas ya había pasado más de un año desde que la sentencia estaba firme.
Además, la defensa de Salas manifestó que el procedimiento fue abierto por el centro médico alajuelense sin tener competencia para hacerlo, pues trabaja en la Unidad de Cuidados Intensivos del Calderón Guardia desde 2009.
Finalmente, en diciembre de 2021, Randal Álvarez, entonces gerente médico de la CCSS, le dio la razón a Salas y declaró la prescripción y nulidad del procedimiento.