San José
Las clínicas privadas podrán aplicar la fertilización in vitro (FIV) en el país, antes que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). El decreto que envió el Gobierno a consulta ante la CCSS y el Colegio de Médicos este jueves, establece que en seis meses las instituciones públicas deben elaborar las normas técnicas para que los centros de salud apliquen la FIV.
Esas normas regirán para clínicas privadas y para establecimientos de salud de la CCSS; sin embargo, le tomará menos tiempo a las clínicas privadas cumplir con los requerimientos y brindar la técnica reporoductiva a sus clientes.
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El ministro de Salud, Fernando Llorca, explicó a La Nación que el decreto establece en un transitorio que la CCSS tiene hasta dos años plazo para comprar equipos, capacitar especialistas y tomar todas las acciones necesarias para aplicar la FIV.
De acuerdo con Llorca, ese proceso será supervisado directamente por Casa Presidencial y le podría tomar a la CCSS menos de dos años.
El director Jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, comentó que una vez que pasen los seis meses y se elaboren las normas técnicas, es posible que a las clínica privadas les tomes menos tiempo para brindar las condiciones y aplicar la FIV.
Carvajal aclaró que el decreto no entra a regular precios o tarifas de la FIV en el mercado privado como ocurre en el resto de los servicios de salud que se venden en el país en clínicas y hospitales privados.
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Este jueves el Gobierno confirmó sus intenciones de regular la FIV en el país mediante un decreto ejecutivo, debido al atraso que enfrenta el proyecto de ley en la Asamblea Legislativa.
El documento del decreto fue enviado a consulta durante cinco días para que la CCSS y el Colegio de Médicos den sus opiniones.
Este jueves, el Estado costarricense, las parejas que demandaron al país por prohibir la FIV y la Defensoría de los Habitantes dieron sus posiciones sobre el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por esa técnica reproductiva.
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El 28 de noviembre del 2012 la Corte IDH condenó al Estado y le ordenó regular la FIV para que se aplique en la clínicas privadas y en la CCSS.
La sentencia contra Costa Rica se dio luego de que en el 2000 la Sala Constitucional prohibiera la aplicación de la FIV por considerar que la técnica era contraria al derecho humano a la vida.Posibilidades. En el país hay 16 médicos inscritos como especialistas en reproducción humana de los cuales ocho pueden aplicar la FIV de acuerdo con un reporte brindado por el Colegio de Médicos al Ministerio de Salud.
El presidente del Colegio de Médicos, Alexis Castillo, precisó que de los ocho que no pueden aplicar la FIV hay un grupo de especialistas que se está capacitando para prácticar ese método reproductivo.
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Según Llorca, esos médicos cuentan con los conocimientos necesarios para practicar la fertilización in vitro a los pacientes infértiles en el país.
El decreto que permitirá aplicar la FIV en a clínicas privada y a la CCSS, podría ser impugnado ante la Sala Constitucional.
Este jueves durante la audiencia de cumplimiento de sentencia por el caso FIV, el Gobierno explicó que aunque el decreto sea llevado a la Sala IV no se frenaría su puesta en vigencia.
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Marvin Carvajal precisó, que según el artículo 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional aunque se le interponga una acción de inconstitucionalidad al decreto, eso no evitaría que entre a regir ni que se emitan las normas técnicas complementarias.
Lo único que podría frenar el decreto es que los magistrados de la Sala Constitucional resuelvan que la normativa tiene roces con las leyes o con derechos fundamentales.
"Estamos ante una norma que puede superar un juicio de constitucionalidad", concluyó Carvajal.