Las más de 1,2 millones de personas que dependen de otras para su cuidado diario porque padecen alguna enfermedad física, mental, o ambas, tendrán una herramientas más a la mano que les permitirá demandar una atención oportuna y de calidad para su vida.
El diario oficial La Gaceta, en su alcance del 14 de junio, publicó la ley que crea el Sistema Nacional de Cuidados y Apoyos para Personas Adultas y Personas Adultas Mayores en Situación de Dependencia (Sinca). Esta ley (la número 10192) es hija, por así decirlo, de la primera Política Nacional de Cuidados, que se publicó en marzo del 2021.
Esta nueva normativa pretende mejorar la utilización de los recursos disponibles, tanto en instituciones públicas como privadas, dirigidos a garantizar una buena calidad de vida de las personas dependientes y sus cuidadores.
“Los servicios de atención general o especializada deberán ser centrados en la persona y en su curso de vida, aprovechando modalidades residenciales, a domicilio, de asistencia personal, educativas, de salud, recreativas, sociales, psicológicas, entre otras.
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“Lo anterior sin perjuicio de hacer efectivo el derecho fundamental a la protección especial del Estado por medio de distintas formas de cuidados y asistencia, mediante un modelo solidario donde converge la acción del Estado, de las comunidades, las familias, las organizaciones sociales y el sector privado, como prestadores de los servicios y aportadores de recursos al sistema”, indica la ley.
Esta nueva ley establece las características de la dependencia:
- Que la persona sufra deterioro y falta de autonomía física, mental, sensorial, psíquica o intelectual.
- Que, por lo anterior, tenga limitaciones para el desarrollo de las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, como bañarse, comer por sí misma o tomar sus medicamentos.
- Que exista necesidad de cuidado y apoyo de terceras personas para desarrollar estas actividades.
- Que esta necesidad de cuidado y apoyo sea progresiva o permanente.
Además de quienes necesitan cuidado, la ley establece mecanismos de protección para los cuidadores “no remunerados”, con oportunidades de capacitación, formación para el trabajo, inserción laboral, autocuidado y reconocimiento de su trabajo de cuidados, entre otros.
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Esta ley le da a los cuidadores, por ejemplo, derecho al acceso de los servicios que les permitan brindar cuidados oportunos y de calidad sin que ello implique un deterioro de la calidad de vida y oportunidades de desarrollo propias y de su familia.
“Se debe garantizar, a las personas cuidadoras de familiares adultas o adultas mayores en situación de dependencia y en primer o segundo grado de consanguinidad, los permisos necesarios para acompañarlas a citas de atención de salud u otras de emergencia, si así lo requieren, de acuerdo con la normativa laboral vigente”, sostiene la nueva ley.
Articulación con otros entes
Al Sinca lo integran, entre otros, las políticas, planes, programas, proyectos, servicios, recursos, procesos y procedimientos de entidades públicas y privadas relacionadas con las poblaciones objetivo. Incluye, dice la ley, servicios a cargo de organizaciones no gubernamentales, organizaciones de la economía social y solidaria, con oferta de servicios de modalidad educativa, terapéutica, residencial; sea diurna o de larga estancia y otros, financiados con recursos públicos.
Contará con una Secretaría Técnica que dependerá del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). A la vez, tendrá una Comisión Técnica Interinstitucional integrada con representantes de las instituciones vinculadas con el tema del cuidado; entre ellas, el IMAS, el Ministerio de Educación Pública (MEP), y la Junta de Protección Social (JPS).
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También el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), y el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam).
Tras la publicación de la ley, que fue firmada por Carlos Alvarado Quesada antes de dejar la presidencia, se establecen plazos para medidas estratégicas que permitirán su ejecución. Por ejemplo, un baremo para determinar los niveles de dependencia de las personas que requieren cuidados. Esto deberá estar listo en nueves meses.
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También un sistema de información con toda la oferta de servicios para cubrir la demanda de cuidados y apoyos, que deberá estar listo en un plazo de nueve meses.
Además, el Ministerio de Trabajo, en un máximo de un año, deberá ajustar lo pertinente en materia de categoría ocupacional, categoría salarial, descriptor laboral, salario mínimo y perfil ocupacional de los cuidados.
También se espera que el Fondo Nacional de Telecomunicaciones (Fonatel) haya instalado la plataforma tecnológica y otros mecanismos de atención y asesoramiento a personas cuidadoras y personas sujetas de cuidados; esto en un plazo de seis meses tras la entrada en vigencia de la ley.
Implementar la Política Nacional de Cuidados costará alrededor de $235 millones al año para 91.729 beneficiarios. Esto representa un 0,48% del producto interno bruto (PIB), según datos al 2018 de los estudios tomados como base para la estrategia.
Para el 2050, ese costo se incrementaría a $565 millones anuales justificado por el aumento de la población dependiente atendida, de 159.225 a 303.607 personas.
El anterior viceministro de Desarrollo Humano e Inclusión Social, Francisco Delgado Jiménez, confirmó que está descartado, por ahora, que los impuestos sean fuente para financiar esta iniciativa.
“La meta que tenemos es que para 2031, tener ese modelo base con cobertura que alcance al 60% de las personas con algún tipo de dependencia, empezando con los más severos. Eso implicará que ese año hagamos como país una inversión del 0,48% del PIB”, dijo Delgado en marzo del 2021, cuando se dio a conocer la Política.