Recibir recetas médicas con el nombre del medicamento genérico y no con el nombre comercial es la propuesta de la nueva versión de un decreto del Ministerio de Salud, puesto a consulta pública desde este lunes.
La intención es que, a través del farmacéutico, la persona podrá saber cuáles medicamentos están disponibles y que el profesional la guíe para conocer las opciones que puede adquirir.
“Como paciente y como consumidor, el usuario tiene derecho a conocer la gama de posibilidades existentes”, indicó Ileana Herrera, Jefe de la Unidad de Registros del Ministerio de Salud.
Esto será posible siempre y cuando las autoridades sanitarias hayan avalado dos o más tratamientos como equivalentes terapéuticos, es decir, que esté demostrado que los productos provocan los mismos efectos clínicos y poseen el mismo perfil de seguridad que el original.
Los regentes farmacéuticos deberán informar al consumidor sobre la existencia de las diferentes opciones que correspondan al medicamento prescrito y comunicarle el precio de las alternativas.
El decreto también permite que los equivalentes terapéuticos tengan un etiquetado que los muestre como tales.
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¿Cuáles tratamientos forman esta lista?
Salud cuenta actualmente con 49 principios activos en los que se ha implementado la exigencia de demostrar la equivalencia terapéutica y 73 principios activos en proceso de cumplir los requisitos para catalogarse como equivalente terapéutico.
Entre ellos se encuentran: analgésicos, anestésicos, antiinflamatorios, antidepresivos, inmunosupresores, anticonvulsivantes, antibióticos, anticoagulantes, así como medicamentos para tratar el cáncer, la osteoporosis, el colesterol, el VIH, la hipertensión, la rinitis alérgica, el azúcar en la sangre, la esclerosis múltiple y la disfunción eréctil, entre otros.
Las personas pueden buscar el listado de los medicamentos aprobados como equivalentes terapéuticos está disponible en la página web del Ministerio de Salud (www.ministeriodesalud.go.cr). Esta lista es actualizada frecuentemente con las nuevas aprobaciones.
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En consulta pública
Esta es la segunda versión del decreto. Se tuvo una primera consulta pública en mayo del 2019, luego de la cual se realizaron modificaciones.
Esta nueva versión, por ejemplo, incorpora la posibilidad de que el profesional en salud que prescriba, adicional a la denominación común internacional, pueda indicar también el nombre comercial del medicamento que recomienda.
Los consumidores podrán denunciar en caso de que el médico no prescriba según la denominación común internacional, y en caso de que el farmacéutico no ofrezca el medicamento equivalente que tenga a disposición.
Las denuncias podrán ser presentadas en el área rectora de salud más cercana, o al correo electrónico dac.denuncias@misalud.go.cr.
La consulta pública estará disponible por 10 días hábiles, las personas que deseen realizar observaciones a la propuesta del decreto, pueden remitirlas a drpis.consulta.publica@misalud.go.cr.
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