El doctor del Hospital Max Peralta, en Cartago, investigado por cuatro posibles delitos de abuso sexual en perjuicio de pacientes, fue trasladado a realizar labores administrativas de manera temporal.
Así lo confirmó la oficina de prensa del centro médico a La Nación la mañana de este jueves, al indicar que el galeno no brindará atención a pacientes mientras avanza la pesquisa.
El hospital precisó que no removerá al médico de su cargo de forma permanente ni realizará alguna otra diligencia similar hasta que finalicen las investigaciones internas en la institución.
“Para despedir o remover a un funcionario se debe seguir un procedimiento administrativo para demostrar la veracidad de los hechos. Una vez que se conoce el resultado podrían tomarse decisiones”, detalló el centro.
Ante consultas de este medio, la directora del Hospital Max Peralta, Krisia Díaz Valverde, aseguró que no habían recibido denuncias por presuntos abusos sexuales cometidos por el médico, de apellidos Camacho Aguirre.
“En el hospital Maximiliano Peralta, la única denuncia recibida es la presentada el fin de semana, e inmediatamente se tomaron medidas para garantizar la seguridad de los pacientes, mientras se realiza la investigación, tal y como lo establece la Normativa Institucional”, dijo Díaz.
Cuando se le preguntó por la denuncia penal que había realizado una madre de una víctima de 16 años, que aseguró que Camacho le puso el pene en la mano a su hija en un consultorio, la directora manifestó que el hospital desconocía dicho proceso.
“No se nos informó de su existencia. Por tanto, no existe un historial previo de denuncias por supuestos abusos”, sostuvo Díaz.
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La Nación consultó al Ministerio Público (MP) si se le había notificado al médico sobre la denuncia penal que había realizado dicha madre, pero la entidad respondió que no podía referirse al tema.
“Los datos que nos solicita forman parte privada de la investigación, por lo que la Fiscalía Adjunta de Cartago indicó que, en apego al artículo 295 del Código Procesal Penal, no es posible brindar esos detalles”, alegó.
El ente acusador del Estado explicó que cuando la Fiscalía recibe una denuncia, se notifica a la persona imputada cuando, por ejemplo, esta debe presentarse a una diligencia judicial, como la toma de declaración indagatoria.
“Esta última no necesariamente requiere ser tomada inmediatamente después de la denuncia, sino, cuando el director de la investigación, es decir, el fiscal o fiscala, valora jurídicamente cada caso en particular y determina el momento en que es viable hacer esa diligencia”, añadió el MP.
La madre de la víctima de 16 años confirmó a este medio que, cuando fue a poner la denuncia en diciembre anterior, en la Fiscalía le indicaron que ya estaban en periodo de vacaciones y que volviera luego.
Posteriormente, el 4 de enero, la mujer se apersonó de nuevo y logró realizar el trámite.
La vecina de Cartago afirmó que, en ese momento, las autoridades judiciales le dijeron que esa era la primera denuncia que acumulaba el médico por presuntos abusos sexuales.
“Me dijeron que en 22 días fuera para ver cómo avanzaba el caso, pero en ese momento no sucedió nada, el doctor no había sido notificado de la denuncia, sino que todo se empezó a mover hasta que esta muchacha (Mariela Bonilla, otra presunta víctima) lo denunció en redes sociales”, aseveró la mamá.
Proceso administrativo
Sobre el proceso administrativo que realiza el Hospital Max Peralta en contra del doctor Camacho Aguirre, la oficina de prensa del centro indicó que el departamento encargado de la diligencia es el Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos (CIPA).
De acuerdo al documento “Normativa de Relaciones Laborales”, enviado a La Nación, los funcionarios del hospital que noten cualquier conducta que pudiera inducir a un caso de hostigamiento sexual, tienen la obligación de denunciarla a sus superiores para comenzar la investigación.
En el caso de las víctimas, el plazo que tienen para interponer la denuncia es de hasta dos años, “computado a partir del último hecho constitutivo del supuesto hostigamiento sexual, o a partir del cese de la causa justificada que le impidió denunciar”.
Según el documento, el plazo para concluir el procedimiento administrativo disciplinario en contra del denunciado es de tres meses, contado a partir del traslado de cargos (resolución inicial).
Además, el plazo máximo de las medidas cautelares que puede ordenar el centro médico al acusado es de tres meses, pudiendo prorrogarse, en casos excepcionales y siempre que no exista inactividad imputable a la administración.
Las personas a quienes se les compruebe, por acto final debidamente notificado, haber incurrido en hostigamiento sexual, serán sancionadas, según la gravedad de la falta, con un amonestación escrita, con una suspensión sin goce de salario hasta por 30 días o con el despido sin responsabilidad patronal.
El artículo 194 de dicha normativa también explica que las sanciones serán aplicadas, según el principio de proporcionalidad y razonabilidad, de forma que correspondan a la gravedad del hecho.
“Sin perjuicio de la sanción disciplinaria que corresponda, la jefatura podrá ordenar el traslado del funcionario sancionado, por motivos de oportunidad y conveniencia institucional, en aras de la protección y preservación del bienestar de la víctima”, agrega el apartado.
Por último, en aquellos casos en que el investigado ya no mantenga relación laboral con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), deberá hacerse constar dicha circunstancia y concluirse conforme a ésta.
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