Salud

Facilidades para que patronos y trabajadores morosos arreglen deudas con CCSS serían permanentes

Reforma reglamentaria para que siete de las ocho medidas transitorias aplicadas desde 2019 sean permanentes es sometida a consulta pública; mientras, Directiva de CCSS extiende beneficios al 31 de julio

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Las medidas que flexibilizan las condiciones para hacer arreglos y convenios de pago a patronos y trajadores independientes morosos con la CCSS han estado vigentes desde el 2019 por diferentes razones: desde la crisis económica hasta las consecuencias en el mercado laboral de la pandemia por covid-19. (Rafael Pacheco Granados)

Siete de las ocho medidas que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aplica transitoriamente desde el 2019 para facilitar los arreglos y convenios de pago a patronos y trabajadores morosos, están a un paso de convertirse en permanentes.

La Junta Directiva de la institución aprobó la propuesta de reforma al reglamento para formalizar estos acuerdos, la cual está en proceso de publicación en La Gaceta para ponerla a consulta pública.

Mientras se realiza ese trámite, el máximo órgano de decisión de la CCSS acordó ampliar las ocho medidas transitorias hasta el 31 de julio.

Luego de la consulta pública, se deben valorar las observaciones que reciba la propuesta para, finalmente, someterla a la aprobación de la Junta y publicarla.

Solo entre abril del 2023 y marzo anterior, la Caja suscribió 22.344 acuerdos de pago con patronos y trabajadores independientes morosos por ¢107.608 millones.

CCSS analiza reforma que flexibiliza convenios a patronos y trabajadores morosos
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CCSS analiza reforma que flexibiliza convenios a patronos y trabajadores morosos

Estos son los cambios propuestos por la Gerencia Financiera y que serán sometidos a consulta pública:

  • Plazo de finalización de convenios por incumplimiento. Se propone pasar de 60 a 90 días.
  • Porcentaje de cobertura en garantía fiduciaria. Este porcentaje se establece en un 12% y no el 15% como lo indica hoy el reglamento.
  • Tasa de interés. Se propone que la tasa de interés para los arreglos y convenios de pago sea la aplicada previo al establecimiento de las medidas transitorias, es decir, la tasa de interés de las actividades inmobiliarias (vivienda) de los bancos estatales.
  • Gastos de formalización como parte del acuerdo de pago en deudas menores a ¢1 millón. Para formalizar cualquier arreglo el deudor debe pagar a la CCSS gastos de formalización por ¢50.938, los cuales se financiarán en el acuerdo en caso de deudas menores a ¢1 millón.
  • Pago único de intereses en convenios de pago. Se podrá pagar una cuota baja que considere solo intereses sin aportes al principal en los primeros dos años. Antes se permitía el pago único de intereses por un año
  • Plazos máximos de los convenios y acuerdos de pago. El plazo máximo de los convenios de pago pasó de 48 a 60 meses. En el caso de los arreglos de pago, se aumentó el plazo máximo para pagar la deuda a 15 años cuando la garantía es una hipoteca en primer grado, y a 8 años para el resto de las garantías.
  • Disminuir el requisito del porcentaje amortizado para readecuaciones de convenios de pago. Las readecuaciones de convenios de pago disponen el pago de un porcentaje del monto principal del acuerdo vigente. Ese porcentaje se redujo a un 10%. Se quitó el requisito que obligaba a estar al día en la readecuación anterior y se agregó la opción de una tercera readecuación.
  • Pago inicial para los trabajadores independientes. El pago inicial para convenios de pago con trabajadores independientes rondará entre un 5% y un 20%, según el plazo.
Ángela Ávalos Rodríguez

Ángela Ávalos Rodríguez

Ingresó a La Nación en 1993. Cubre salud. Graduada de la UCR, máster de la Universidad Complutense, con formación en CDC y NIH, entre otros. Redactora del Año de La Nación 1998, premio SIP 1997, Premio Nacional de Periodismo de Salud OPS 2002, Premio Cámara Costarricense de la Salud 2022. Coautora de Comunicación, palanca para la acción en salud.

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