La Ley Constitutiva de la Caja le permite a esta institución vender a farmacias privadas medicamentos incluidos en su lista oficial de fármacos mientras estos productos no estén disponibles en el mercado nacional y los necesite algún enfermo.
Esto sucedió con los antibióticos Pirimetamina de 25 mg y Sulfadiazina de 500 mg, cuya supuesta venta ilegal en una farmacia privada fue denunciada públicamente este martes por Roberto Mora Salazar, el llamado "cobrador de la Caja".
El director de Farmacoepidemiología de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Albin Chaves, confirmó la existencia de una normativa institucional sobre venta de medicamentos incluidos en la Lista Oficial.
"El artículo 71 de la Ley Constitutiva de la Caja establece que la institución podrá vender a las entidades del sector salud, públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y a personas particulares, aquellos medicamentos que no estén disponibles en el mercado farmacéutico nacional para cubrir la necesidad de tratamiento prescrito por un médico, siempre y cuando no se vean afectadas las existencias para el consumo regular de la institución", explicó Chaves.
"El espíritu es brindar tratamientos para resolver problemas de salud pública", aclaró Chaves.
El director jurídico de esa institución, Gilberth Alfaro, explicó que los artículos 71, 72 y 73 de la Ley Constitutiva permiten el intercambio de esos productos cumpliendo requisitos básicos, como tener la aprobación de la Contraloría General de la República (CGR).
Alfaro agregó que la ley posibilita tanto intercambio de productos como su venta.
La Caja también tiene un protocolo para la venta de medicinas a entes externos, aprobado en el 2016.
Ese protocolo, en términos generales, exige la presentación de la receta original en Farmacoepidemiología para iniciar con el procedimiento.
La institución está obligada a corroborar que el producto solicitado no está disponible en el mercado nacional y a garantizar que su venta no pondrá en riesgo el abastecimiento de los hospitales. El valor de la transacción se basa en un acuerdo de la Junta Directiva de la institución.
En el caso de un centro de salud privado, el protocolo establece la obligación de presentar una solicitud formal de venta, firmada por el médico encargado del servicio o por el director médico responsable.
"Esta solicitud debe indicar la cantidad y explicar si el medicamento se requiere para mantener una reserva (stock), para cubrirla atención de varios pacientes o para un caso específico, para el cual deberá presentar la receta médica correspondiente", especifica el protocolo.
En su denuncia, que también fue enviada a la Fiscalía general, el cobrador admitió desconocer "los alcances legales para que se permita que en una farmacia privada se expendan productos farmacéuticos membretados con el logo de la CCSS".
La Nación conversó telefónicamente con el médico especialista que emitió la receta, quien dijo que era la primera vez que un paciente le comentaba que le habían vendido medicinas de la Caja en una farmacia privada. El profesional no quiso revelar su identidad.
* Esta nota fue actualizada con información de la CCSS a las 4:46 p. m.