El Colegio de Médicos y Cirujanos objetó ante la Contraloría General de la República (CGR) una cláusula del cartel de licitación para contratar 138 Ebáis en diez áreas de salud, la cual obliga al médico general a ver cinco pacientes por hora, lo cual les da solo 12 minutos para atender a cada enfermo.
Para las autoridades del Colegio de Médicos la cláusula es violatoria de los principios de razonabilidad técnica en la determinación del tiempo máximo de atención a cada paciente. Afirman que la Sala Constitucional establece que las normas del cartel deben responder a criterios técnicos o jurídicos, y sujetarse a principios constitucionales, entre ellos los de razonabilidad y proporcionalidad.
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“Aumentar el número de pacientes por hora sin ningún criterio técnico pone en riesgo al usuario, la calidad del servicio y coloca al profesional en una situación de peligro frente a una posible violación del Código de Ética, en virtud de las obligaciones impuestas en contra de las normativas de regulación del ejercicio profesional y que deben de ser observadas por la institución, dado que el que autoriza y regula el ejercicio profesional es el Colegio de Médicos”, manifestó Mauricio Guardia Gutiérrez, presidente de ese grupo profesional.
El recurso es contra la cláusula 5.4 de las especificaciones técnicas de la licitación promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para contratar servicios integrales en las áreas de Salud de Escazú, Santa Ana, San Francisco-San Antonio, La Carpio-León XIII, San Sebastián-Paso Ancho, Pavas, Desamparados 2, Tibás, San Pablo y Barva.
La cláusula se basa en el artículo 108 de las “Normas que regulan las relaciones científicas, académicas, profesionales y sindicales, entre la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y los profesionales en Medicina, Microbiología, Farmacia, Odontología y Psicología de la Caja Costarricense del Seguro Social, la Unión Médica Nacional y el Sindicato de Profesionales en Ciencias Médicas en la CCSS e instituciones afines”.
Las autoridades del Colegio advirtieron de que ya se había presentado una objeción al respecto y que el órgano director declaró con lugar el reclamo en una resolución del 21 de febrero del 2022. Sin embargo, afirmó, la Caja publicó nuevamente el cartel sin modificar la cláusula, como correspondía.
En diciembre del 2018, un acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos reglamentó el tiempo de ejecución del acto médico con base en criterios técnicos y científicos. El acuerdo definió que este debía ser de 15 minutos por paciente como parámetro de un tiempo mínimo razonable.
Según el Colegio, el tiempo mínimo establecido es para que los profesionales en Medicina puedan realizar de forma aceptable el acto médico. Tiene como fin garantizar la buena práctica profesional y un ejercicio que procure garantizar la salud de las personas.
El tiempo mínimo de atención, agregó, persigue minimizar el riesgo de un mal diagnóstico, situación que podría implicar un tratamiento equivocado y perjuicios para la salud y la vida de las personas. También busca reducir riesgos de denuncias por malas prácticas médicas contra estos profesionales.
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El Colegio recordó pronunciamientos de la Sala IV en donde se reitera que la Constitución da al legislador herramientas para crear normas basadas en criterios técnicos con base científica. Esto es lo que, a consideración del Colegio, debe suceder con el cartel para licitar los Ebáis.
“Si una norma establece incongruencias producidas por falta de justificación científica o técnica, serían normas técnicamente irrazonables y, por ende, jurídicamente contrarias al principio de razonabilidad técnica, lo cual sucede con las disposiciones de este cartel”, reiteraron los médicos.
La Unión Médica Nacional apoyó la gestión del Colegio de Médicos, confirmó Edwin Solano, presidente del sindicato. “Estamos totalmente de acuerdo y avalamos el recurso de objeción que se opone a la intención de la Caja de implementar cinco pacientes por hora en la atención en e primer nivel”, dijo Solano.
“En otras latitudes, el tiempo se ha ampliado hasta 20 minutos. La atención, para que sea eficaz, debe ser de un mínimo de 15 minutos”, reiteró el sindicalista.
Pulso por cartel
Los gerentes de las cooperativas interesadas en participar en la licitación de 138 Ebáis en 10 áreas de salud, lanzaron la misma advertencia sobre los tiempos de consulta luego de conocer la tercera versión del cartel para esa contratación.
Dentro de los requisitos, la Caja establece que los oferentes deben ajustarse a una norma del 2004, que por diferentes circunstancias no ha entrado a regir, y que aumenta de cuatro a cinco la cantidad de pacientes vistos en una hora en la consulta de Medicina General. Es decir, que el tiempo para cada usuario será de 12 minutos, en vez de 15.
La CCSS, por su parte, reiteró que los oferentes deben ajustarse a la norma. “No es una valoración técnica nueva ni diferente, y está sujeta a ajustes o actualizaciones”, respondió la Gerencia Médica de la CCSS.
“Como no aumenta la cantidad de Ebáis, la CCSS rescata un criterio del 2004 que le pondrá más velocidad a la línea de producción para atender más pacientes por hora. Esta no puede ser jamás la solución. Esos cinco pacientes por hora no se han puesto en práctica porque hay subsecuentes circulares de la Gerencia pidiendo esperar”, declaró Óscar Abellán, gerente de Coopesiba, a inicios de junio. Esta cooperativa administra los servicios del primer nivel de atención en Barva y San Pablo de Heredia.
El concurso se publicó en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop) en octubre del 2021. El objetivo es contratar la atención primaria para casi 600.000 asegurados, con un costo de ¢39.000 millones anuales, durante cuatro años.