Salud

Médicos pueden negarse a hacer abortos terapéuticos por razones religiosas o morales

Gremio se opone a utilizar procedimiento como método anticonceptivo y apuesta a prevención de embarazos no deseados

El Hospital Calderón Guardia ofrece atención altamente especializada a las madres y a los recién nacidos. Los equipos adquiridos recientemente permitirán mejorar diagnósticos y tratamientos, incluso con bebés dentro del útero. (Diana Mëndez)

Un médico puede aducir razones religiosas, morales e incluso filosóficas para negarse a realizar un aborto a una mujer cuyo embarazo tenga en riesgo su vida.

El Colegio de Médicos defiende este derecho de sus agremiados, como lo expuso en un pronunciamiento oficial en el cual señala las principales conclusiones de un análisis de su comité de bioética sobre el aborto terapéutico o aborto impune.

Ese derecho se conoce como objeción de consciencia y está contemplado en el artículo 14 del Código de Ética de aquella organización gremial.

"La objeción de conciencia es un derecho humano por el cual el médico puede negarse a acciones que choquen con sus convicciones morales, filosóficas o religiosas y su decisión debe ser plenamente respetada", aseguró Andrés Castillo Saborío, presidente del Colegio de Médicos.

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Según Castillo, en el país se pueden realizar unos 26 abortos terapéuticos al año en mujeres cuya vida y salud están en riesgo si continúan con el embarazo.

Sin embargo, de acuerdo con Castillo, son muy pocos los casos pues la inseguridad jurídica en torno a este tema impide a médicos y enfermeras obstétricas –únicos autorizados para estos procedimientos– interrumpir embarazos.

Artículo 121 (Gabriela Hoss)

El especialista dijo que no tienen datos de cuántos médicos podrían acogerse a la objeción de consciencia para no hacer estos procedimientos.

El análisis realizado por este Colegio también concluye que los abortos terapéuticos solo deben ser considerados como la última opción para una mujer tras haber agotado otras opciones médicas para mantener la gestación.

"La institución reconoce el derecho a la vida, la salud y la dignidad de los seres humanos. Por ello, tomando en cuenta que el aborto debe practicarse cuando hay un riesgo extremo en la salud y la vida de la mujer, el médico debe poner a disposición de la paciente todos sus conocimientos y recursos, buscando preservar la integridad física y la vida de la madre y de la gestación hasta donde ello sea posible", sostuvo Andrés Castillo Saborío.

LEA: Estado procura seguridad jurídica de médicos en abortos terapéuticos

Además, añadió, están en contra de utilizar el aborto no terapéutico como método anticonceptivo. Por el contrario, recomiendan impulsar políticas de salud sexual y reproductiva que prevengan los embarazos no deseados.

Los instrumentos legales a los que pueden acudir los profesionales en Medicina en estas circunstancias son el Código de Ética del Colegio de Médicos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración de Ginebra de la Asociación Médica Mundial y el Juramento Hipocrático.

Norma técnica está casi lista

Las manifestaciones de ese órgano colegiado surgen en momentos en que el Estado está a punto de finalizar la elaboración de la norma técnica sobre aborto terapéutico.

Este proceso se inició en el 2015 luego de que dos mujeres denunciaron al país ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por considerar que se violó su derecho a recurrir a la interrupción del embarazo por razones de salud, establecido en el artículo 121 del Código Penal.

LEA: Temor de médicos y vacío legal impiden hacer abortos terapéuticos

La norma es un reglamento corto para regular, entre otras cosas, la identificación de situaciones de riesgo y la forma de proceder en cuanto a plazos e instancias que, hasta ahora, no están claros en la práctica.

Eugenia Gutiérrez, directora jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, confirmó que el reglamento está en las etapas finales de revisión.

Gutiérrez recordó que todo formar parte de un proceso de "solución amistosa". El reglamento, una vez revisado y aprobado, sería publicado en La Gaceta como decreto ejecutivo.

"Las observaciones del Colegio de Médicos han sido consideradas dentro de la norma técnica. Ese Colegio integró la comisión de expertos para la elaboración de la norma técnica, que responde a los estándares que establece el artículo 121", manifestó Gutiérrez.

La oficina de prensa de la Cancillería, dijo que este proceso estaría concluido antes de que finalice la administración Solís Rivera, en mayo del 2018.

Allan Varela Rodríguez, jefe de la Unidad de Servicios de Salud, en el Ministerio de Salud, confirmó que ya se entregó a la Cancillería una propuesta de norma, pero evitó dar detalles al ser un texto en discusión.

Varela tampoco se atrevió a mencionar una fecha para la entrada en vigencia del reglamento.

El Colegio de Médicos también considera importante que tanto la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) como el Ministerio de Salud elaboren guías y protocolos para regular estos procedimientos.

Ángela Ávalos Rodríguez

Ángela Ávalos Rodríguez

Ingresó a La Nación en 1993. Cubre salud. Graduada de la UCR, máster de la Universidad Complutense, con formación en CDC y NIH, entre otros. Redactora del Año de La Nación 1998, premio SIP 1997, Premio Nacional de Periodismo de Salud OPS 2002, Premio Cámara Costarricense de la Salud 2022. Coautora de Comunicación, palanca para la acción en salud.

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