El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán) dio la razón a la Contraloría General de la República, la cual ordenó ajustar al tope de ley el salario de Marta Esquivel Rodríguez y exigió recuperar el dinero que la presidenta ejecutiva de la CCSS recibió de más desde su nombramiento hace 15 meses.
Así consta en el documento MIDEPLAN-DM-OF-0063-2024 firmado por la ministra Laura Fernández Delgado, en respuesta a la consulta que envió la misma Esquivel el 10 de enero, sobre si debía reintegrar el dinero que le pagaron en exceso desde setiembre del 2022.
Desde que asumió el mando, la CCSS le estableció a Esquivel un salario de ¢7,1 millones mensuales. Sin embargo, de acuerdo con la Contraloría, ese monto infringe el artículo 42 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el cual fija un tope a la remuneración de la Presidencia Ejecutiva de ¢5,5 millones.
La Contraloría concluyó que el pago adicional de ¢1,6 millones mensuales perjudica a la Hacienda Pública y por eso ordenó ajustar de inmediato el sueldo y recuperar lo pagado de más.
La presidenta ejecutiva se resistía a acatar la directriz de inmediato y consultó a Mideplán. “Si el Ministerio de Planificación hace un señalamiento de que la interpretación que está haciendo la Contraloría es la correcta, yo no tengo ningún problema en devolver (el dinero) y no necesitamos hacer ni siquiera, un procedimiento. A mí no se me ha respetado el debido proceso”, aseveró el 11 de enero.
Lo primero que le aclaró la ministra de Planificación es que “Mideplán carece de legitimación y rectoría política en este puesto en particular (el de la presidencia ejecutiva)” porque la misma Junta Directiva de la CCSS declaró que el mayor cargo en esa institución es “exclusivo y excluyente”. De acuerdo con la Ley de Empleo Público, Mideplán es el ente rector del Sistema General de Empleo Público, salvo cuando los puestos sean “exclusivos y excluyentes”.
Laura Fernández también le explicó a la jerarca de la CCSS que la Ley de Salarios de la Administración Pública y la Ley Marco de Empleo Público están vigentes, por lo cual, ambas deben ser consideradas al momento de definir remuneraciones y topes salariales.
Además, le dilucidó cómo deben aplicarse dos normativas para fijar el salario de la presidenta ejecutiva y otros funcionarios de alto rango. Esa responsabilidad es del área de Recursos Humanos y la correspondiente gerencia de procesos administrativos de la Caja.
Ambas dependencias, entonces, eran las encargadas de observar las leyes, formular y definir los salarios de la Presidencia Ejecutiva de la CCSS, sus gerencias y cualquier otro cargo, así como de señalar cualquier error de cálculo en estos.
“No hacerlo hace incurrir a todas luces a error a la institución; razón por la cual, recomiendo respetuosamente tomar las medidas administrativas disciplinarias correspondientes”, concluyó la respuesta del Mideplán.
De esta forma, no solo le da la razón a la Contraloría, sino que pide acciones disciplinarias por la equivocación de funcionarios de la Caja al momento de fijar el salario de Marta Esquivel, quien antes fue ministra de Trabajo, jueza en materia laboral y magistrada suplente de la Sala IV.
La consulta
Desde el 9 de enero, la Junta Directiva de la CCSS decidió acatar lo dispuesto por la Contraloría, la cual determinó que la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, implementada en el 2018, determinó que el salario total de los servidores públicos no puede superar el equivalente a 20 salarios base de la categoría más baja de la escala de sueldos, es decir, ¢5.565.000 mensuales
“La infracción a esta normativa legal supone una afectación a la Hacienda Pública, toda vez que implica una erogación de fondos públicos superior a la establecida por el legislador”, advirtió la Contraloría.
En la sesión de Junta Directiva del 9 de enero, la Dirección Jurídica de la Caja emitió un criterio similar.
Andrey Quesada Azucena, abogado de la Dirección Jurídica, ratificó que la acción de personal con que se fijó el salario de Esquivel se emitió posterior a la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en diciembre de 2018. Por lo tanto, no atender esa normativa deviene en “un acto administrativo irregular”. De ahí que recomendó no impugnar la orden de la Contraloría.
Para corregir la situación, el abogado sugirió declarar “lesiva para los intereses públicos” la acción de personal 435977-2022, con la cual se definió, desde setiembre de 2022, el salario de Esquivel en ¢7,1 millones.
Con ese fin, debía plantearse un proceso ante el Tribunal Contencioso Administrativo para que se anule la acción de personal.
Propuso, además, establecer una medida cautelar para que a partir de este momento, a Marta Esquivel se le pagara ¢5,5 millones por mes y se le retuviera la diferencia de ¢1,6 millones mensuales mientras las autoridades judiciales resolvían la nulidad.
Una vez resuelta la nulidad, la Caja debía recuperar las sumas pagadas de forma adicional a favor de su presidenta ejecutiva.
Todas estas recomendaciones planteadas desde el 9 de enero aún no han sido votadas por la Junta, pues Esquivel presentó una recusación contra tres directivos para apartarlos de esta decisión. Este jueves, se conoció que la Dirección Jurídica recomendó a los directivos declarar “inadmisible” esa recusación.
”Sobre el tema de salario mío se han dicho informaciones realmente ofensivas, sin tener ningún conocimiento de la realidad de los hechos”, declaró la presidenta ejecutiva este jueves ante diputados de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público. “A mí no me han dado debido proceso en ninguna instancia”, alegó, al pedir que en una próxima comparecencia se le dé derecho a aclarar su situación.
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