“¿El papá del bebé lo va a reconocer?”.
Así pregunta Marjorie Valverde, funcionaria del Registro Civil, encargada de registrar los nacimientos en el Hospital Nacional de la Mujer, cada vez que nace un niño.
Si la respuesta es “no”, se activa la Ley de Paternidad Responsable, la cual entró a regir en marzo del 2001 y ha permitido que 22.530 niños fueran reconocidos por sus papás mediante el examen genético de (ADN).
Dicha prueba se realiza en el Laboratorio de Paternidad de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). El local entró en funcionamiento en el 2003.
”A las que deciden aplicar la ley, se les piden los datos del presunto padre y se les explica que en caso de que él no acepte voluntariamente la paternidad, los tres deben hacerse un examen.
”Si sale positivo, se le ponen los apellidos del padre, pero, si sale negativo, el hombre podría demandarla”, dijo Valverde, quien tiene 32 años de ser registradora de la Carit.
Según datos del Registro Civil, entre el 2001 y el 2016 ha habido 72.668 solicitudes para determinación de paternidad.
Dentro de ese total de casos, 27.196 hombres han aceptado ser los progenitores del bebé y 2.457 presuntos padres notificados no se presentaron en el término de 10 días hábiles y, como consecuencia, se les aplicó la paternidad por presunción.
A otros 34.678 se les citó para una prueba de ADN. En tanto, hay 5. 574 casos en los que la madre aportó poca información del presunto padre y no se le pudo informar, y quedan otros 2.763 que faltan por notificar.
En cuanto al resultado de las pruebas paternidad, un total de 19.826 (57,17 %) dieron positivo y a otros 2.704 hombres (7,79 %) se les otorgó la paternidad por presunción porque no fueron a la cita.
Mientras tanto, 5.745 exámenes (16,56%) arrojaron un resultado negativo.
Las restantes 6.404 corresponden a pruebas anuladas ya sea porque no acudió la madre o ninguno de los dos progenitores, o cuyo resultado todavía está pendiente de notificar.
Menos trámites. Para Luis Bolaños, director del Registro Civil, la principal ventaja de la ley de paternidad es que las mujeres, desde el hospital, pueden declarar quién es el padre del menor.
Antes, el trámite se hacía vía judicial y duraba hasta dos años.
“Esta ley baja los costos y el tiempo para que un niño se inscriba con los apellidos del padre. Además, agiliza la gestión de una pensión para el niño. Antes, la pensión se les podía poner a los padres hasta que finalizara el proceso judicial ”, dijo Bolaños.
Según el funcionario, la ley bajó significativamente el número de padres sin declarar.
Las cifras son elocuentes: en el 2000, las madres de 24.342 niños no reportaron al padre del menor. En el 2015, solo 6.723 menores no tenían un padre declarado.
La cantidad de personas sin padre inscritas en el Registro Civil siempre se ha mantenido en un promedio del 9% en el país.
Para Mauricio Chacón, juez del Tribunal de Familia de San José, la ley es “de las mejores que ha existido en materia familiar.
”El objetivo de la ley es que los niños puedan hacer efectivo su derecho de tener papá y que las señoras no lleven la carga solas.
”Otra parte importante es que la madre puede pedir al papá la parte proporcional de gastos que ella hizo por el embarazo. Antes, eso ni se hacía”, alegó Chacón.
Para el juez, un efecto más de la ley es que cada vez más padres reclaman espacio con los hijos.
“Los papás y las mamás tienen las mismas responsabilidades sobre los hijos, que es proporcional. No es un tema de mitades; un hijo no se puede partir en dos”, declaró Chacón.