El decreto que establece la obligación de vacunarse contra la covid-19 a todo el personal de salud rige desde la tarde de este jueves con su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Según informó el Ministerio de Salud, la normativa alcanza a sus funcionarios, los de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Cruz Roja y para quienes laboren en la red de servicios de atención directa en primera línea del Instituto Nacional de Seguros (INS).
“La obligatoriedad incluye al personal de salud privado que esté en las mismas condiciones de riesgo que el personal del sector salud público”, dice el decreto.
De esta obligación solo se exceptúan los funcionarios que presenten una contraindicación médica.
Con la publicación del decreto ejecutivo 42889-S, se reforma el 32.722-S, del Reglamento a la Ley Nacional de Vacunación.
El 23 de febrero, el ministro Daniel Salas Peraza oficializó la obligatoriedad de aplicarse esta vacuna e informó de que la medida sigue la recomendación de la Comisión Nacional de Vacunación.
En ese momento, aclaró que la obligación se basará en la disponibilidad de la vacuna.
“El hecho de estar vacunado cumple el juramento hipocrático, que demanda ‘primero no hacer daño’ para el personal que atiende pacientes de covid que arriesgan a las personas y su propia vida. Esto va a permitir reactivación de servicios. Esto se hace necesario”, dijo Salas el 23 de febrero.
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La vacuna contra la covid-19 sería la número 15 en incluirse en la lista del esquema nacional de vacunación.
En esa lista están, además, las siguientes vacunas: antituberculosa (BCG), antipolio (oral y polio intramuscular), antidifteria, antipertussis (de células enteras y acelular), antitétanos, antihaemophilus influenzae, antihepatitis B y antisarampión.
También están las vacunas antirubéola, antipaperas, antivaricela, antineumococo (conjugada y de polisacáridos), la del rotavirus, y contra el Papiloma Humano.
Para la emisión de ese decreto, se tomaron en cuenta varias consideraciones. Entre ellas, la obligación que tienen las autoridades de Salud de aplicar el llamado “principio de precaución en materia sanitaria”; es decir, tomar medidas preventivas para evitar daños graves o irreparables a la salud.
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Para las autoridades, “las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de personas afectadas como por el extraordinario riesgo para su vida y sus derechos”.
Ellos también consideran que este personal, entre otros riesgos, puede enfermar y morir por este virus y contagiar a las personas que atienden.
“Al lograr vacunar a toda la población de estas instituciones, que no tienen contraindicaciones para la vacunación, se está incidiendo en la pronta reactivación de los servicios de salud en general, reduciendo los costos inherentes a esta misma situación.
“Al vacunar al personal de salud se previene que los hospitales e instituciones de salud sean una fuente de contagio para la sociedad”, sostiene el decreto, que recuerda la responsabilidad del patrono para tomar las medidas legales si una de estas personas no quiere vacunarse contra la covid-19.
En enero, trascendió que un grupo de funcionarios rehusaba protegerse contra este virus. En el caso de la CCSS, había al menos 374 en esa condición.