San José
La Sala IV anuló este miércoles el decreto ejecutivo con que la administración Solís pretendía revivir la fertilización in vitro (FIV) en Costa Rica y cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En una votación dividida, cinco de los siete magistrados constitucionales resolvieron que la FIV debe ser normada por una ley y no por un decreto, y señalaron que, en materia de regulación de derechos fundamentales, el ámbito de acción del Poder Ejecutivo es sumamente restringido y secundario.
Mediante un comunicado de prensa, el Poder Judicial informó de que los altos jueces, sin referirse al fondo del decreto anulado, "consideraron que todo lo relativo a la regulación de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la salud de todos los seres humanos (en este caso concreto las madres y sus embriones), es materia reservada al legislador ordinario".
Alegaron que dicho principio que se extrae de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Constitución Política".
En ese sentido, agrega el comunicado, la Sala Constitucional emplazó al Poder Legislativo "a promulgar una ley que regule todo lo concerniente a la fecundación in vitro, conforme a los valores, principios y normas nucleares del sistema republicano, al anular el Decreto de Fecundación in Vitro por quebrantar el principio de reserva de ley".
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En una de las primeras reacciones tras el fallo, Hubert May, abogado de las parejas costarricenses que pretenden acceder a la FIV, anunció que concentrarán esfuerzos legales en todos los frentes para lograr su cometido.
Por un lado, recordó que la CIDH todavía tiene pendiente de resolver una consulta hecha por las víctimas sobre si el decreto emitido por la administración Solís era suficiente o no para cumplir con la orden dada al Estado costarricense, en el 2012, de rectivar la fecundación in vitro.
No obstante, May también cree necesario trabajar en el plano legislativo, por lo que pedirá al Poder Ejecutivo enviar al Congreso un proyecto de ley sobre esta materia.
"A nosotros, como víctimas, no nos interesa quién diga que la FIV se pueda hacer. Lo que nos interesa es que se permita la FIV. Yo conozco ese ambiente y sé que hay fuerzas a favor del tema de la FIV de la Asamblea", declaró.
El camino elegido por el Gobierno para tratar de revivir dicha técnica había sido cuestionado por María del Rocío Sáenz, presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), por varios diputados y por la Procuraduría General de la República.
"La Junta Directiva de la CCSS ha manifestado su no oposición de ofrecerle a las parejas y a las mujeres infértiles esta técnica de fertilización in vitro. Dado de que este decreto fue emitido por el Poder Ejecutivo lo pertinente es que sea el mismo Poder Ejecutivo el que se refiera a la resolución de la Sala Constitucional", indicó María del Rocío Sáenz.
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Otras reacciones. Gerardo Escalante López, director del Instituto Costarricense de Infertilidad, dijo que la decisión de la Sala Constitucional es una "arbitrariedad" porque el decreto pretendía cumplir con la sentencia de la CIDH ante el atraso que enfrenta el proyecto de ley en la Asamblea Legislativa.
"De manera que la Sala Constitucional en este momento, al haber anulado el decreto presidencial violenta e irrespeta la orden superior de la Corte que sobre ella pesa, y deja al país expuesto a ser sancionado como violador sistemático de los derechos humanos", agregó el especialista.
Boris Molina, abogado de las parejas en el caso FIV contra Costa Rica, declaró: "Me parece el acto más vil y reporchable por parte de la Sala, es negativo para todo el pueblo costarricense. La Sala IV nunca resuelve una acción como esta en tres meses, lo que quiere decir se tenía toda la mala intención de resolver antes de las sesiones de la Corte IDH programadas para febrero de este año"."Es una burla para todo el sistema de la interamericano de justicia, es un acto descarado y cínico por parte de la Sala IV. Con qué cara le vamos a pedir a Nicaragua que cumpla una sentencia internacional si el país irrespeta la justicia internacional", aseveró Molina.
Camino legal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado costarricense el 28 de noviembre del 2012 y le ordenó regular la FIV, permitir su aplicación en la salud privada y en la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
La Sala Constitucional prohibió la aplicación de la FIV en el 2000 por considerar que la técnica atentaba contra el derecho fundamental a la vida.
El 3 de setiembre, el Estado costarricense representado por las Direcciones Jurídicas de Casa Presidencial y Cancillería, rindió un informe de cumplimiento de sentencia ante la Corte IDH.
En ese momento, el Gobierno todavía no había emitido el decreto para regular la FIV a la espera de que los diputados aprobaran el proyecto de ley que se tramita con lentitud en la Asamblea Legislativa.
El jueves 10 de setiembre, el presidente de la República, Luis Guillermo Solís, firmó un decreto —que rige desde el 11 de octubre—, que regula la FIV nuevamente en el país y que buscaba permitir su aplicación en seis meses para la salud privada y en dos años para la CCSS.
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Un mes después, el 11 de setiembre, la Sala Constitucional en una votación divida de sus magistrados, decidió acoger para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de diputados contra el decreto de FIV.
Al acoger la acción para estudio, la aplicación del decreto se suspendió hasta este miércoles, cuando los magistrados decidieron anularlo por completo.
Los abogados de las parejas pidieron a la Corte IDH que avale el decreto en el informe del cumplimiento de sentencia que debe emitir esa instancia, lo que según ellos, dejaría sin efecto cualquier resolución de la Sala Constitucional.
Los jueces de la Corte IDH se reunirán entre el 15 de febrero y el 2 de marzo de este año para deliberar sobre distintos casos, entre los que se encuentra el informe de cumplimiento de sentencia de Costa Rica.
La jueza costarricense Elizabeth Odio, quien inició funciones en la Corte IDH a partir del 1.° de enero de este año, no participará en la decisión del caso FIV que se lleva contra el país por tratarse de un proceso que se resolvió antes de su ingreso a ese alto tribunal.
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El decreto ejecutivo que anuló la corte constitucional, pretendía dotar de recursos a la CCSS para que en dos años se aplicara la técnica reproductiva a parejas infértiles en el sistema de salud pública.