Los magistrados de la Sala Constitucional acogieron para estudio una acción de inconstitucionalidad contra la pastilla del día después, un método de anticoncepción de emergencia que se aprobó por primera vez en Costa Rica en abril pasado.
La admisibilidad de la acción se dio el 27 de junio y se trabamita en el expediente 19-010502-0007-CO. Fue presentada por una personas de apellidos Porras León contra el decreto presidencial 41.722-S, del 23 de abril de 2019.
Según confirmó la oficina de prensa de la Sala IV, la acción se admite por reunir los requisitos que establece la Ley de Jurisdicción Constitucional.
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Mientras la queja está en estudio, no se suspende la aplicación del decreto, aclaró la Sala. Esto quiere decir que la pastilla Levonorgestrel seguirá a la venta en las farmacias autorizadas por el Ministerio de Salud.
El Ministerio de Salud confirmó por medio de su oficina de prensa que fueron notificados el 1.° de julio y que trabajan en la respuesta que deben entregar a la Sala IV en 15 días.
El accionante manifiesta que la disposición del Poder Ejecutivo va en contra de los artículos 21 (establece que la vida humana es inviolable), 28, 33, 40, 51 y 75 de la Constitución Política, el 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 19 de la Convención sobre Derechos del Niño.
Porras León, además, afirma que existe riesgo para la salud porque este fármaco se vende sin necesidad de receta médica; basa su afirmación en declaraciones del Colegio de Médicos y Cirujanos.
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A pesar de la evidencia científica presentada por organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), Porras insiste en que el decreto “violenta el derecho a la vida de toda persona no nacida por inexistencia de evidencia científica contundente de que la referida pastilla no es abortiva”.
También, asegura, porque contraviene los principios y valores cristianos del personal de salud que estaría a cargo de la consejería a las usuarias del producto.
El decreto busca facilitar la disposición de este anticonceptivo de emergencia.
Las autoridades han aclarado que no se debe utilizar en sustitución de otros métodos de planificación familiar pues, como su nombre lo indica, se debe usar solamente cuando el método usual fallara (por ejemplo, cuando se rompe el condón o se olvida la pastilla), o cuando la mujer ha estado expuesta a una relación de riesgo, como una violación.
El Ministerio de Salud ha aclarado que esta pastilla no previene las enfermedades de transmisión sexual, una advertencia que también hizo el Colegio de Farmacéuticos recientemente al emitir varias recomendaciones para su uso correcto.
Este producto, que se comercializa desde mediados de junio bajo el nombre de Posterga (Levonorgestrel), se vende sin necesidad de receta médica y bajo consejo farmacéutico a un precio sugerido de ¢18.000 la pastilla.
Para su mayor eficacia, esta pastilla debe tomase dentro de las primeras 12 horas y hasta un máximo de 72 horas posteriores a la relación sexual sin protección.
¿Cómo funciona la pastilla?
FUENTE: OMS || C.F. INFOGRAFÍA / LA NACIÓN.
Ángela Ávalos Rodríguez
Ingresó a La Nación en 1993. Cubre salud. Graduada de la UCR, máster de la Universidad Complutense, con formación en CDC y NIH, entre otros. Redactora del Año de La Nación 1998, premio SIP 1997, Premio Nacional de Periodismo de Salud OPS 2002, Premio Cámara Costarricense de la Salud 2022. Coautora de Comunicación, palanca para la acción en salud.
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