La Sala Constitucional admitió para estudio un recurso de amparo contra la suspensión temporal de cinco miembros de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), ordenada por el Consejo de Gobierno debido a un supuesto conflicto de interés.
El amparo fue presentado por representantes sindicales y se tramita bajo el expediente 22-028375-0007-CO. Este 18 de enero, los magistrados informaron al Ministerio de la Presidencia para que responda las objeciones.
Para los sindicalistas, la medida fue “arbitraria”, transgrede el “orden constitucional” y afecta la toma de decisiones como compra de insumos, medicamentos y equipos para clínicas y hospitales. En su criterio es una violación a la autonomía de la Caja.
A partir de su notificación, el Poder Ejecutivo tiene tres días hábiles para responder los alegatos de los sindicalistas y enviar información a la Sala Constitucional.
En la lista de suspendidos están José Luis Loría Chaves, representante de las cooperativas, Martha Rodríguez González, representante de los sindicatos, Maritza Jiménez Aguilar, representante de las asociaciones solidaristas, Carlos Salazar Vargas, representante del Gobierno y Jorge Hernández Castañeda, representante de los empresarios.
Este último renunció al cargo, pese a la inconformidad expresada por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Privado (Uccaep), con la decisión del Consejo de Gobierno.
Conflicto de interés
El cese temporal de los directivos fue anunciado el 7 de diciembre por el presidente de la República, Rodrigo Chaves, y la jerarca de la Caja, Marta Esquivel, quienes argumentaron que el grupo incurrió en un conflicto de interés al aprobar un incremento salarial que también beneficiaba a familiares que laboran en la institución; además mencionaron un presunto nombramiento irregular de un gerente de la entidad.
No obstante, un pronunciamiento firmado por Olger Sánchez Carrillo, auditor de la Caja, concluyó que, al votar a favor del incremento en las remuneraciones, los directivos no cayeron en un conflicto de interés, pues la decisión era un “acto administrativo de alcance general” para los 63.000 trabajadores de la entidad y no específicamente para favorecer a los parientes.
El criterio de la Auditoría se dio en respuesta a la solicitud que planteó la presidenta ejecutiva de la CCSS; fue entregado el lunes 9 de enero.
En su exposición, la Auditoría Interna indica que es “imposible pensar que alguna persona no posea un interés” en decisiones de carácter general. “En este sentido, el interés personal, al ser un acto que afecta a una generalidad, no se concreta, sino que se difumina”, manifestó Sánchez en su escrito.
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El viernes pasado, la presidenta ejecutiva de la CCSS, envió un nuevo oficio a la Auditoría Interna en el que objeta ese pronunciamiento.