La Sala Constitucional ordenó borrar fotografías de niños en riesgo social de un perfil de Facebook, al declarar con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor de 14 menores de edad, cuyas imágenes e información confidencial se compartieron sin autorización.
La gestión fue planteada por Gladys Jiménez Arias, ministra de la Niñez y Adolescencia y presidenta ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), informó la Sala en un comunicado.
En el proceso se constató que en el perfil de Facebook “Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)” existe una campaña titulada “No más PANI”, en la cual se publican fotografías y videos de niños para quienes supuestamente se pide ayuda económica.
En algunos casos incluso se exponen partes íntimas de los menores de edad, así como información de su expediente administrativo (la cual no es de acceso público y está en custodia del Patronato), precisó la Sala.
Los altos jueces concluyeron en sentencia N° 2021-003293 dictada en forma unánime este viernes, que esa divulgación pone a los menores en una posición de vulnerabilidad y lesiona su derecho a la imagen.
“Las personas menores de edad aquí amparadas están en riesgo social, en clara condición de vulnerabilidad. A ellas, tanto el PANI, por mandato legal, como este Tribunal, por mandato constitucional, están llamados a proteger de manera especial, a tenor de lo dispuesto por el ordinal 51 de la Constitución Política”, manifestó el magistrado instructor del expediente, Luis Fernando Salazar.
Los jueces ordenaron a Verónica Lucrecia Peña Ávila, en su condición de administradora del citado perfil en Facebook, eliminar de inmediato de redes sociales que administre cualquier imagen, video, publicación o comentarios relacionados con los hechos denunciados en este amparo, especialmente donde aparezcan los rostros o cualquier otra parte del cuerpo de los menores de edad amparados.
Además, deberá abstenerse de incurrir nuevamente en los hechos objeto de este asunto y, en consecuencia, realizar publicaciones que vulneren el derecho a la imagen de menores de edad.
PANI satisfecho
La ministra Jiménez se declaró satisfecha con el fallo que le otorga la razón al PANI por la forma “irresponsable”, dijo, en que Peña Ávila venía publicando fotografías, videos y datos confidenciales de menores.
“Esta persona ha violentado con su actuar el derecho al honor, a la imagen, a la integridad e intimidad de los niños y niñas. La página ha validado conductas de personas adultas que han vulnerado derechos de las personas menores de edad. Presentamos el recurso de amparo también por la forma en que se llama a desconocer los criterios técnicos para protegerlos”, afirmó la ministra en un video este mismo viernes.
La sentencia, añadió la jerarca, confirmó que el uso de las imágenes se utilizó para obtener réditos.
La Sala advierte a la recurrida de que como establece el artículo 71 de Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de 20 a 60 días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.
Además se condenó a Peña Ávila al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo civil.