La Sala IV declaró sin lugar un recurso de amparo presentado por un empleado de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) quien fue separado de su puesto sin goce de sueldo desde mayo de 2022 por no vacunarse contra la covid-19.
El recurrente, de apellido Ortiz, alegó una supuesta violación del derecho al salario al reclamar que la entidad lo suspendió por no acatar una circular oficial en la que se estableció que todos los funcionarios de la institución debían aplicarse las dosis contra el nuevo coronavirus. Agregó que esa medida representa una medida cautelar ante causam (antes de llevar a cabo el procedimiento administrativo).
No obstante, los magistrados rechazaron los argumentos y no accedieron a las peticiones de Ortiz. De acuerdo con el fallo dictado el 4 de noviembre, la obligatoriedad de la inoculación contra el virus se sustenta en las potestades legales de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología (CNVE).
En esa línea, los altos jueces recordaron que, desde octubre de 2020, en una sentencia relacionada con la vacunación obligatoria para empleados públicos, subrayaron la importancia de esta “como parte de la asistencia sanitaria esencial que debe garantizar el Estado costarricense”.
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Además, enfatizaron en que la obligatoriedad no fue fijada por los patronos, sino por la CNVE.
Según la resolución, la medida de suspender sin goce de salario a los trabajadores que rechazaron vacunarse contra la covid-19 “radica en la protección de la salud de las personas funcionarias de la CCSS”.
Por último, los magistrados manifestaron que el interés público de preservar la salud, reducir las amenazas epidemiológicas y el riesgo de enfermar prevalece sobre el interés particular.
Consecuencia
En respuesta a este caso, la CCSS declaró que la suspensión sin goce de salario no representa una medida cautelar ante causam, sino una consecuencia de no vacunarse pese a no tener contraindicaciones médicas.
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Semanas atrás, basados en las condiciones actuales de la pandemia, la CCSS aceptó reinstalar a los funcionarios que no se han vacunado. Incluso, el 21 de octubre anterior, se realizó una reunión en el Ministerio de Trabajo en la cual la Caja ratificó la decisión de que estos empleados volvieran a sus labores, pero rechazó cancelar salarios caídos correspondientes al periodo de suspensión.