El tiempo para obtener un permiso sanitario de funcionamiento pasará de siete y hasta 25 días, a tan solo un día. Es la promesa del Ministerio de Salud, que eliminó cuatro requisitos para facilitar este trámite, entre ellos, la obligatoriedad de presentar certificaciones de colegios profesionales y resoluciones municipales.
El presidente Carlos Alvarado Quesada y el ministro de Salud, Daniel Salas Peraza, firmaron esta miércoles el decreto ejecutivo que facilitaría esa gestión por medio del Reglamento General para permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorizaciones sanitarias para eventos temporales de concentración masiva de personas, otorgados por el Ministerio de Salud.
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Según explicó Presidencia, el reglamento fusiona dos normas: el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento y el que permitía la habilitación de servicios de salud. El nuevo reglamento empieza a regir cuatro meses después de la publicación del decreto en el diario oficial La Gaceta.
“Esta fusión permite establecer un trámite estándar para las diferentes actividades, unificando el concepto de permiso, incorporando tanto el permiso sanitario de funcionamiento como el certificado de habilitación para establecimientos de salud.
“El nuevo reglamento permite el uso de una declaración jurada, eliminando de esta forma la inspección previa y permitiendo que la misma se realice a posteriori”, explicó Presidencia en un boletín de prensa.
Para Alvarado, el cambio permitirá la reactivación económica. Según el mandatario, “garantiza al sector privado una plataforma de trámites más ágil y competitiva para los procesos requeridos para la apertura y operación de empresas, un paso crucial para la competitividad del país, el clima de negocios y el bienestar de la población.”
”Desde el Ministerio de Salud deseamos que los principios de eficacia y eficiencia continúen guiando el funcionamiento y la buena marcha de la institución, apoyando a las y los ciudadanos que buscan emprender, sin dejar de lado nuestra misión de proteger la salud humana, bajo esa línea es que nace esta nueva reglamentación”, agregó Daniel Salas.
Los cuatro requisitos que elimina el nuevo reglamento son los siguientes:
- Presentar copia de la resolución municipal de ubicación, o nota emitida por el gobierno local, en la que se indique que la actividad está exenta de este documento.
- Presentar lista del personal profesional en ciencias de la salud y del personal técnico que laborará en el establecimiento.
- Presentar certificación del colegio profesional en la que se indique que el profesional responsable técnico está incorporado y activo.
- Presentar copia de regencia vigente emitida por el colegio profesional.
Además, permitirá que los permisos para actividades en casas de habitación se amplíen de dos años a un período máximo de cinco años.
Este decreto forma parte del proyecto interinstitucional Ventanilla Única de Inversión (VUI), que lidera la Promotora de Comercio Exterior (Procomer) junto al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
La VUI permite que el trámite se pueda realizar 100% en línea contando con firma digital, aunque también se mantiene vigente el trámite semipresencial o presencial.
Su objetivo es garantizar al sector privado una plataforma de trámites ágil y competitiva, para los procesos requeridos para la apertura y operación de empresas (nacionales y extranjeras) en Costa Rica.
“La VUI trae beneficios sustanciales al país en temas como mejora al clima de inversiones de Costa Rica, productividad y la competitividad en términos de comercio exterior, reducción de tiempos y costos de transacción asociados con el inicio de operaciones de las empresas que deseen instalarse en el país, promueve y mejora la coordinación interinstitucional de la administración pública y conlleva importantes mejoras en la transparencia de los procesos”, manifestó Presidencia.