107 personas trans ya recibieron el cambio de nombre, según su género autopercibido, por parte del Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
De acuerdo con Luis Chinchilla, oficial mayor del Registro Civil, la cifra corresponde a los primeros casos, de los 190 que han presentado la solicitud de cambio tras la respuesta a la Opinión Consultiva que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en enero de este año.
Chinchilla explicó que muchos casos ya fueron notificados e incluidos en los sistemas de consulta del Registro.
"Conforme vamos resolviendo, se notifica y procedemos a hacer la variación en la base de datos del Registro Civil, tal como lo estableció el Tribunal en el acuerdo que dio a conocer sobre la opinión consultiva, es un tramite celeroso que no requiere mucha formalidad", explicó.
Una persona trans es aquella que no siente que su identidad de género esté acorde con su sexo biológico. Nacieron fisiológicamente como hombres, pero se sienten mujeres, o viceversa.
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Para solicitar el cambio, los interesados únicamente deben apersonarse a la sede central o sedes regionales del Registro y firmar un consentimiento informado en donde indiquen que la modificación planteada es en razón de la autopercepción de género.
Posteriormente, ese ente realiza el análisis del trámite y notifica al interesado, luego de un plazo legal que se da en caso de que haya alguna oposición, se aplica en los sistemas.
Además, en caso de que la persona lo desee, posteriormente puede solicitar que se emita un nuevo documento de identidad en donde aparezca su nuevo nombre.
Tal como lo determinó la Corte en la respuesta a la opinión consultiva, en los registros públicos no quedará rastro de que una persona cambió su nombre. Sin embargo, en las bases del Registro Civil si se mantendrá ese antecedente.
Para poder cumplir con ese mandato de la Corte, el TSE debió realizar una reforma en el Reglamento del Registro Civil.
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Con esta resolución se eliminó el "conocido como”, que era la salida que habían encontrado para incluir el nombre con el que se identificaba una persona trans.
La otra medida que aplicará el Tribunal es eliminar la anotación de sexo en la cédula de identidad.
De esta forma, el TSE acata la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), emitida en enero pasado, en la cual ordena reconocer, sin discriminación alguna, los derechos de la población lésbica, gay, bisexual, transexual e intersexual (LGBTI).
El Registro también está esperando un pronunciamiento de la Sala Constitucional para determinar el futuro de los matrimonios entre personas del mismo sexo, que actualmente está prohibido por el inciso 6 artículo 14 del Código de Familia.
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En su respuesta, la Corte IDH ordenó a Costa Rica garantizarles a las parejas del mismo sexo todos los derechos existentes en la legislación, incluido el derecho al matrimonio, sin discriminación alguna frente a las parejas heterosexuales.